LEY 1010

Mapa ley 1010 (Acoso laboral)

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LEY 1010 von Mind Map: LEY 1010

1. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES

1.1. Reiteración de la conducta

1.2. Realizar la conducta por motivo de humillación, capricho o mediante precio, recompensa o promesa remuneratoria.

1.3. Aumentar deliberada e inhumanamente el daño psíquico y biológico causado al sujeto pasivo.

1.4. Cuando la conducta realizada por el victimario causa un daño en la salud física o psíquica de la victima.

1.5. La posición predominante que el autor ocupe en la sociedad, por su cargo, rango económico, ilustración, poder, oficio o dignidad.

1.6. Ejecutar la conducta valiéndose de un tercero o de un inimputable

2. CONDUCTAS QUE CONSTITUYEN ACOSO LABORAL

2.1. Hay muchas cconductas que costituyen acoso laboral, sin restar importancia, se mencionan algunas:

2.2. Actos de agresión física, independientemente de sus consecuencias

2.3. Comentarios hostiles y humillantes de descalificación profesional expresados en presencia de los compañeros de trabajo

2.4. Injustificadas amenazas de despido expresadas en presencia de los compañeros de trabajo

2.5. Burlas sobre la apariencia física o la forma de vestir, formuladas en público

2.6. Trato discriminatorio respecto a los demás empleados

2.7. Envío de anónimos, llamdas telefónicas y mensajes virtuales con contenido injurioso, ofensivo o intimidatorio entre otras.

3. CONDUCTAS QUE NO CONSTITUYEN ACOSO LABORAL

3.1. Las exigencias razonables de fidelidad laboral o lealtad empresarial e institucional.

3.2. La formulación de circulares o memorandos elaborados para solicitar exigencias técnicas o mejorar la eficiencia laboral y la evaluación laboral conforme a indicadores y objetivos generales de rendimiento.

3.3. La solicitud de cumplir deberes extras con la empresa o la institución,cuando sean necesarios para la continuidad del servicio o para solucionar situaciones difíciles en la operación de la empresa o la institución.

3.4. Las actuaciones administrativas o gestiones encaminadas a dar por terminado el contrato de trabajo, con base en una causa legal o una justa causa, prevista en el Código Sustantivo del Trabajo o en la legislación sobre la función pública, entre otras.

4. MEDIDAS PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS DEL ACOSO LABORAL

4.1. Los reglamentos de trabajo de las empresas e instituciones deberán prever mecanismos de prevención de las conductas de acoso laboral

4.2. Deberán establecer un procedimiento interno,confidencial, conciliatorio y efectivo para superar las que ocurran en el lugar de trabajo.

4.3. La víctima del acoso laboral podrá poner en conocimiento del Inspector de trabajo, los inspectores de policía, los personeros municipales o la defensoría del pueblo la ocurrencia de una situación continua de acoso laboral

4.4. La autoridad que reciba la denuncia ordenará preventivamente al empleador para que ponga en marcha los procedimientos adecuados y programe actividades pedagógicas o terapias grupales de mejoramiento de las relaciones entre quienes comparten una relación laboral dentro de una empresa.

4.5. Quien se considere víctima de una conducta de acoso laboral podrá solicitar la intervención de una institución de conciliación autorizada legalmente a fin de que amigablemente se supere la situación de acoso laboral.

5. QUIENES PUEDEN SER SUJETOS ACTIVOS O AUTORES DEL ACOSO LABORAL?

5.1. SUJETOS ACTIVOS O AUTORES

5.1.1. La persona que se desempeñe como gerente, jefe, director,supervisor o cualquier otra posición de dirección y mando en una empresa u organización

5.1.2. La persona que se desempeñe como superior jerárquico o tenga la calidad de jefe de una dependencia estatal

5.1.3. La persona que se desempeñe como trabajador o empleado

5.2. SUJETOS PASIVOS

5.2.1. Los trabajadores o empleados vinculados a una relación laboral de trabajo en el sector privado

5.2.2. Los jefes inmediatos cuando el acoso provenga de sus subalternos

5.3. SUJETOS PARTICIPES DEL ACOSO

5.3.1. La persona que como empleador promueva, induzca o favorezca el acoso laboral

5.3.2. La persona que omita cumplir los requerimientos o amonestaciones que se digan por los inspectores de trabajo en los términos de la presente ley

6. MODALIDADES DE ACOSO LABORAL

6.1. MALTRATO LABORAL

6.1.1. Acto que atente contra la integridad física o moral, (Violencia física o verbal)

6.2. PERSECUCIÓN LABORAL

6.2.1. Conducta reiterada o de evidente atropello mediante la cuál se induce al empleado a la renuncia.

6.2.2. Suele ocurrir a través de la descalificación, la carga excesiva de trabajo y cambios permanentes de horario que puedan producir desmotivación laboral.

6.3. DISCRIMINACIÓN LABORAL

6.3.1. Se denomina discriminación laboral a todo trato diferenciado por razones de raza, género, origen familiar o nacional, credo religioso, preferencia política o situación social.

6.4. ENTORPECIMIENTO LABORAL

6.4.1. Es toda acción que tiende a obstaculizar el cumplimiento de la labor o hacerla más gravosa para el colaborador

6.5. INEQUIDAD LABORAL

6.5.1. Se da cuando el empleador no es equitativo en la asignación de funciones y menosprecia el trabajo de las personas que se encuentran a su cargo.

6.6. DESPROTECCIÓN LABORAL

6.6.1. Toda conducta tendiente a poner en riesgo la integridad y la seguridad del trabajador

6.6.2. A través de órdenes o asignación de funciones sin el cumplimiento de los requisitos mínimos de protección y seguridad para el trabajador

6.7. Actos de irrespeto a la dignidad humana contrario a disciplina y subordinación laboral, ocasión del trabajo, riesgo laboral, seguridad social

7. ACOSO LABORAL

7.1. Toda conducta persistente encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo

8. SANCIONES AL ACOSO LABORAL

8.1. Presunción de terminación del contrato de trabajo con justa causa por parte del trabajo y pago de la indemnización por despido cuando haya dado lugar a la renuncia o el abandono del trabajo por parte del trabajador

8.2. Multa entre 2 y 10 smlm para la persona que lo realice y para el empleador que lo tolere

8.3. Obligación de pagar a las EPS y ARP el 50% del costo del tratamiento de enfermedades profesionales, alteraciones de salud y demás secuelas originadas en el acoso laboral. (ESTA OBLIGACIÓN CORRE POR CUENTA DEL EMPLEADOR)

8.4. Como justa causa de terminación o no renovación del contrato de trabajo, según la gravedad de los hechos, cuando el acoso laboral sea ejercido por un compañero de trabajo o subalterno

9. TEMERIDAD DE LA QUEJA DE ACOSO LABORAL

9.1. Cuando, a juicio del ente o persona encargada del caso la queja de acoso laboral carezca de todo fundamento razonable, se impondrá una sanción de multa entre medio y tres salarios mínimos legales mensuales a quien formuló dicha queja.

9.2. El dinero se descontará sucesivamente de la remuneración que el quejoso devengue, durante los seis (6) meses siguientes a su imposición.

9.3. Los dineros recaudados por tales multas se destinarán a la entidad pública a que pertenece la autoridad que la impuso.

9.4. Igual sanción se impondrá a quien formule más de una denuncia o queja de acoso laboral con base en los mismos hechos.