La Garantía Jurisdiccional: La exigibilidad de derechos del buen vivir.
von Washington Díaz
1. La indiferencia, falsas promesas no tiene sentido conocerlas
2. La sospecha, no importa la innovación sino el origen de la norma o proponente
3. La normativa, se le considera a la Constitución como norma que debe ser respetada (descontextualiza el fenómeno historico y social)
4. La entusiasta, que las normas constitucionales tiene que ver con los derechos reconocidos en la parte doigmática, vinculan y limitan al poder y tinene fuerte poder tranformador
5. Formas de entender la Constitución:
6. Retos:
7. Jueces y juezas garantes jurisdicionales de todos los derechos
8. Argumentos:
9. 1. Especialización constitucional reforzaría la justicia ordinaria.
10. 2. El Estado al establecer que las juezas y jueces conozcan acciones de protección, el 100% de la función judicial es garante de derechos.
11. 3. La calidad de las sentencias pueden ser superados por métodos de enseñanza innovadores.
12. 4. La carga del trabajo se resuelve con una adecuada gestión de despacho judicial.
13. 5. Resolver adecuadamente las acciones de protección de derechos, darles preferencia, atender los requerimientos de la gran mayoría de la población que vive en situación de vulneración de derechos es lo adecuado en un régimen constitucional de derechos.
14. Derechos del buen vivir
15. Es de conocimiento
16. Medidas cautelares provisionales
17. Antes: acción u omisión grave o inminente, sola cabe aplicación de una o varias medidas cautelares
18. Durante: para proteger la violación y repararla cabe medida cautelar, el juez debe detener la violación primero y después reparar.
19. Después: no procede medidas cautelares, el juez declara violación y la reparación integral de los derechos.
20. La conciencia de la realidad de las víctimas
21. Problema principal es que las víctimas no saben que tienen un derecho violado (derecho del buen vivir)
22. Déficit del ejercicio de los derechos a la educación, a la salud, al trabajo, a la seguridad social, a la vivienda
23. Acción de protección
24. El rol activista judicial y la relación entre la judicatura y otros poderes.
25. Reglas de aplicación:
26. 1. La regla se adecua al caso, la situación fue prevista y la solución también
27. 2.- La regla es insuficiente, no se adecua al hecho, el juez debe completar la regla.
28. 3. La regla es inadecuada a la reparación, el juez debe adaptar la regla a los requerimientos del caso
29. 4. No existe regla, el juez debe generar una regla que se adecue al caso en concreto
30. La solución debe adecuarse a cada caso, para cada víctima y en medida también a los responsables
31. No hay recetas, no hay reglas únicas, ni modelos únicos, debe primar la innovación y la creatividad
32. Superación de obstaculos procesales
33. Principios y la interpretación LOGJCC
34. Los principios estan determinados en la Constitución y no se exigirán condiciones o requisitos no establecidos para la ejecución de los derechos y garantías que no estén establecidas en la Constitución y la ley
35. LOGJCC, enuncia los métodos y reglas de interpretación constitucional
36. La legitimación activa
37. Primer aparente obstaculo, la demanda podrá ser presentada por cualquier persona comunidad, pueblo, nacionalidad, colectivo vulnerada o amenazada en uno o más de sus derechos constitucionales, quien actuará por sí misma o a través de un representante o apoderado
38. Actio popularis, nadie puede ser indiferente a la violación de derechos que sufren otras personas y puede denunciarla
39. Vía crucis, se hubiera evitado si se reconocía la legitimidad activa para demandar por otros la violación de "sus" derechos
40. LOGJCC, encontramos las normas que ayudan a interpretarla legitimación activa
41. Distingue entre el accionante que puede ser diferente a la víctima
42. La distinción entre derecho ordinario y constitucional
43. Según Luigi Ferrajoli, existen diferencias:
44. Derechos ordinarios
45. Derechos constitucionales
46. Son derechos reales y de crédito, vinculados a la propiedad
47. Son todos los derechos reconocidos en la carta magna, vinculados a la escencia del ser humano
48. Son disponibles, negociables, alienables y hasta consumibles
49. Tienen por título actos singulares basados en acuerdos de voluntad
50. Son horizontales
51. Son de conquista jurídica y política
52. Para su protección se crea toda la estructura judicial.
53. Secundarios
54. Son indisponibles, inalienables, inviolables, intransigibles
55. Están reconocidos en la Constitución
56. Son verticales
57. Reconocen derechos liberales de forma condicionada
58. La protección de derechos humanos o derechos fundamentales
59. Principales
60. La subsidiariedad
61. Procede cuando no hay una protección ordinaria o existiendo esta, no fuere adecuada ni eficaz y procede:
62. En medidas cautelares
63. Acción de protección de derechos
64. 1. Cuando existen varias vías administrativas y ordinarias
65. 2.- Cuando se interponga en la acción extraordinaria de derechos
66. 1. Cuando el acto administrativo pueda ser impugnado en la vía judicial, salvo que se demuestre que la vía no fuere adecuada ni eficaz
67. 2. Cuando se trate de derechos patrimoniales y contractuales y no existan vías ordinarias adecuadas ni eficaces
68. 3. cuando la pretensión fuere la declaración de un derecho
69. Las políticas públicas
70. Constan en la Constitución, determinado en el Plan Nacional de Desarrollo y contiene políticas, planes y proyectos
71. Deben ser políticas que promuevan y potencien los derechos reconocidos en la Constitución y sujeta a control de constitucionalidad
72. Las políticas públicas cuando provienen del legislativo son a través de leyes y si provienen del ejecutivo a través de actos administrativos
73. El control constitucional de las políticas públicas se da a través: de la acción de protección de derechos, cuando existe la violación de un derecho constitucional y de la acción pública de inconstitucionalidad cuando existe la violación a un norma constitucional que no reconoce un derecho
74. La direccionalidad del proceso, la oralidad y las formalidades
75. El juez:
76. Controla la actividad de los participantes
77. Evita dilaciones innecesarias
78. Dirige los procedimientos
79. Puede interrumpir a los intervinientes
80. Puede solicitar aclaraciones, repreguntar, encausar el debate, tomar acciones correctivas
81. Puede prologar o acortar ña duración de las audiencias, impulsar sanciones a la parte que abuse del derecho
82. Dictar sentencia solo cuando haya hecho criterio de la audiencia
83. La prueba
84. Comisión para recabar pruebas
85. El juez podría ir personalmente o enviar a una persona de confianza para que constate en el lugar de los hechos la violación de forma integral
86. El cumplimiento
87. 1. Las resoluciones deben ser de posible cumplimiento, que sea viable y satisfaga las necesidades de justicia (tiempo, materia y espacio)
88. 2. Tienen que sujetarse, una vez adoptada, por cualquier medio adecuado.
89. El cumplimiento de la sentencia está regulado por ley, debe ser de cumplimiento inmediato y cumplimiento en el tiempo:
90. que las medidas sean adecuadas
91. el uso de la fuerza pública
92. la destitución de la persona servidora pública
93. sanción disciplinaria
94. el seguimiento