1. Jurisdicción ordinaria
1.1. Busca dirimir conflictos y decidir controversias entre particulares a partir del derecho.
1.1.1. Se compone por:
1.1.1.1. Corte suprema de justicia
1.1.1.2. Los tribunales superiores de distrito judicial
1.1.1.2.1. Juzgados según su especialidad
2. Jurisdicción contencioso administrativo
2.1. Soluciona los conflictos que se presentan entre particulares y el Estado y al interior del Estado mismo.
2.1.1. Se compone por:
2.2. Consejo de Estado
2.3. Tribunales administrativos
2.3.1. Juzgados administrativos
3. Jurisdicción constitucional
3.1. vela por la supremacía de la Constitución Política Colombiana y el Estado de Derecho en todo el territorio Nacional.
3.1.1. se compone por
3.1.1.1. Corte constitucional
4. La rama judicial del poder público constituye una pieza central en el funcionamiento del Estado y está encargada fundamentalmente de aplicar las normas para proteger los derechos, el cumplimiento de obligaciones y en general de solucionar conflictos para garantizar una convivencia pacífica.
5. Jurisdicción disciplinaria
5.1. Ejerce la función principal del (i) Consejo de Gobierno Judicial como el órgano de gobierno de la Rama Judicial, encargado de la definición de políticas públicas y (ii) la Gerencia de la Rama Judicial como órgano de administración, técnico y de ejecución, entre ellas de la actividad disciplinaria cuando se presenten faltas de esta índole por parte de los funcionarios y empleados de la Rama Judicial y también se encarga de administrar el presupuesto y la organización de la Rama Judicial.
5.2. Se compone por:
5.2.1. Órgano de gobierno judicial
5.2.2. Consejo superior de la judicatura
6. Jurisdicción especial
6.1. La presente rama judicial reconoce la jurisdicción especial indígena y autoriza a la ley para la creación y administración de jueces de paz al interior del territorio nacional, encargados de resolver conflictos a partir de un criterio de equidad y con la característica especial de ser elegidos por votación popular; esta tradición anglosajona de los jueces de paz representa una importante innovación en el sistema judicial colombiano dado que parte de entender el sentido de justicia para ciertos escenarios como una virtud innata, que nada tiene que ver con la técnica del derecho.
6.1.1. Se compone por:
6.2. Jueces indígenas
6.3. Jurisdicción de paz
6.3.1. Jueces de paz
6.3.2. Jueces de reconsideración
7. Fiscalía General de la Nación
7.1. La Fiscalía es el órgano encargado de la investigación y acusación de personas que cometen delitos al interior del país. La Fiscalía es entonces la responsable de la etapa de investigación penal de los procesos judiciales colombianos. La Fiscalía General de la nación es su máximo estamento, y su representante, el fiscal general, es elegido por la Corte Suprema de Justicia a partir de una terna enviada por el Presidente de la República.
7.1.1. Funciones:
7.1.1.1. 1) Asegurar la comparecencia de los presuntos infractores de la ley penal, adoptándolas medidas de aseguramiento. Además, y si fuere del caso, tomar las medidas necesarias para hacer efectivos el restablecimiento del derecho y la indemnización de los perjuicios ocasionados por el delito. 2) Calificar y declarar precluidas las investigaciones realizadas. 3) Dirigir y coordinar las funciones de policía judicial que en forma permanente cumplen la Policía Nacional y los demás organismos que señale la ley. 4) Velar por la protección de las víctimas, testigos e intervinientes en el proceso. 5) Cumplir las demás funciones que establezca la ley. El Fiscal General de la Nación y sus delegados tienen competencia en todo el territorio nacional. La Fiscalía General de la Nación está obligada a investigar tanto lo favorable como lo desfavorable al imputado, y a respetar sus derechos fundamentales y las garantías procesales que le asisten.
7.1.2. Se compone por
7.1.2.1. Fiscal General de Nación
7.1.2.1.1. El Fiscal General de la Nación será elegido para un período de cuatro años por la Corte Suprema de Justicia, de terna enviada por el Presidente de la República y no podrá ser reelegido. Debe reunir las mismas calidades exigidas para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia.
7.1.2.2. Fiscales delegados
7.1.2.3. Demás funcionarios que determine la ley
7.1.2.4. Estructura:
7.1.2.4.1. Despacho del Fiscal General de la Nación
7.1.2.4.2. Despacho del Vicefiscal General de la Nación
7.1.2.4.3. Despacho del Secretario General
7.1.2.4.4. Dirección Nacional de Fiscalías
7.1.2.4.5. Dirección Nacional del Cuerpo Técnico de Investigación
7.1.2.4.6. Dirección Nacional Administrativa y Financiera
7.1.2.4.7. Entidades Adscritas