EL DERECHO ROMANO EN EL PERÚ:ANTECEDENTES, VISIÓN ACTUAL Y PERSPECTIVA

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1. 3.1.2 DEFINICIÓN: Gramaticalmente significa "hombre", en Roma no todos los hombres eran personas, ni todas las personas eran hombres.

2. 2.1 IDEAS FUNDAMENTALES: El derecho posee un aspecto supremo de incalculable valor cual es servir de substancia al pensamiento jurídico moderno.

3. MARCO TEÓRICO

4. APORTES DEL DERECHO ROMANO EN EL PERÚ

5. 1.1 IDEA DEL DERECHO: Según Jorge Besadre el Derecho es un conjunto de principios definidos y sitematizados. Para Alzamora Silva, se refiero que el derecho es el conjunto de reglas o normas externas, que normalizan la relación de los individuos.

6. 1. EL DERECHO COMO REALDAD

7. 2. EL DERECHO ROMANO: SU RAZÓN DE SER

8. 1.2 DERECHO Y SOCIEDAD: Como ordenamiento de la vida social tiene que organizar la sociedad para que alcance el progreso colectivo.

9. 1.3 DERECHO Y SOCIEDAD PERUANA: Se tuvo diferentes etapas jurídicas y sociales, desde la concepción incaica del derecho y la sociedad hasta la concepción republicana y democrática actual.

10. 2.2 PRIMITIVAS IDEAS JURÍDICAS DE LOS ROMANOS: El derecho romano era formulista porque decían que el derecho era sinónimo de orden o mandato dictada por una autoridad e impuesta por la fuerza. También fue limitado y exclusivo solo para ciudadanos romanos y sus patrimonios, así mismo era estricto por ser un carácter predominante de todo el pueblo romano y finalmente fue rígido o inflexible, no hizo distinción de personas al momento de aplicarse.

11. 2.3 CONCEPTO: Según Manuel Gamarra Pereda expone que, el derecho romano es el conjunto de normas y reglas jurídicas, elaboradas progresivamente por el pueblo romano, desde sus orígenes hasta la muerte del emperador Justiniano.

12. 2.4 SU RAZÓN DE SER VITAL: Las concepciones de los juristas romanos anidan el germen de la ciencia del derecho y los eternos principios racionales romanos.

13. 1. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

14. 1.1 IUS: En latín significa "derecho" pero los romanos lo usaban para denominar a las normas (lex) del ordenamiento jurídico (ius civile, ius gentium)

15. 1.2 IUS Y FAS: Se presentaba de dos formas: como precepto o norma emanado de la religión y sancionado por ella.

16. 1.3 IUSTITIA: La injusticia es la cualidad contraria a la moral, es injusto el que fala a las leyes, el codicioso y el inicuo.

17. 1.4 AEQUITAS: Esta palabra "aequitas y aequum" son de origen griego que significas "equidad, igualdad"

18. 1.5 IURIS PRAECEPTA: Significa los preceptos del derecho. Estos preceptos tienen contenido moral y jurídico, pero corresponden a la esfera del derecho.

19. 1.6 IURISPRUDENTIA: El término jurisprudencia o iurisprudentia, en la era de los jurisconsultos romanos, era como el conocimiento de las cosas divinas y humanas, y la ciencia del derecho( de lo justo y lo injusto)

20. 2. FUENTES DE DERECHO ROMANO

21. 2.1 IDEA GENERAL: Las fuentes son relevantes para el derecho romano. Fuentes son todos los medios que tiene el hombre para adquirir la certidumbre de una realidad, de un hecho histórico.

22. 2.2 FUENTES DE DERECHO ROMANO: Fuente es el órgano de donde germina el derecho.

23. 2.2.1 FUENTES IURISGENÉTICAS: Aquella que crea o genera derecho, es fuente de producción o material.

24. 2.2.2 FUENTES DE EXPRESIÓN: Aquella que expresa o traduce al exterior el contenido de la norma, nació a través de una fuente iurisgénica específica.

25. 3. INSTITUCIONES DEL DERECHO PRIVADO

26. 3.1 LA PERSONA

27. 3.1.1 SIGNIFICADO ETIMOLÓGICO: Phersu es vocablo etrusco, Personae es persona, personaje.

28. 3.1.3 CLASIFICACIÓN

29. a) PERSONAS FÍSICAS, es el hombre dotado de capacidad jurídica. a.1) El comienzo de la existencia, no se puede habar de existencia de un hombre, sino cuando ha nacido vivo, viable y con forma humana. a.2) La capacidad de la persona. a.2.1) Definición, es la aptitud para adquirir derechos o contraer obligaciones. a.2.2) Clases, se tiene capacidad de hecho y capacidad de derecho. a.2.3) Elementos, se tiene el estatus libertatis, estatus civitatis y el status familiae. a.2.4) El capitis deminutio, es la disminución de la capacidad y se clasifica en: capitis deminutio máxima, media y mínima. a.3) Fin de la persona, se produce por 2 causas: muerte o esclavitud. a.4) Legislación, la Constitución Política- derechos fundamentales de la persona y el Código Civil- derechos de las personas.

30. 3.2 LA FAMILIA ROMANA

31. 3.2.1 GÉNESIS: La idea helena era unir a dos seres que no pueden ser completos uno sin otro, ejemplo, la mujer y el hombre para los efectos de la generación.

32. 3.2.2 IDEA GENERAL: Existe la familia cognaticia en contra posición a la familia agnaticia.

33. 3.2.3 MATRIMONIO: Definición según Modestino, él considera que el matrimonio es la unión del macho y de la hembra y consorcio de toda la vida, comunicación de derecho divino y humano. Formas de matrimonio, la primera era llamada confarcatio, era eminentemente religioso, era el matrimonio de los patricios. Luego, la segunda forma era denominado coemptio, osea el matrimonio por compra. La última era por rapto de las sabinas.

34. 3.3 IURE RERUM

35. Los derechos patrimoniales son los referentes a los bienes exteriores de la naturaleza, o sea al patrimonio de una persona.

36. 4. INSTITUCIONES DE DERECHO PÚBLICO

37. 4.1 INSTITUCIONES POLÍTICAS

38. 4.1.1 El Senado, es el organismo de mayor influencia en el Estado. Era una Asamblea de carácter consultivo integrado por ancianos.

39. 4.1.2 El Consulado, luego de dejar la antigua monarquía, el poder se confió a dos cónsules elegidos anualmente entre los patricios.

40. 4.1.3 La Censura, fue encomendad a dos magistrados por cinco años. Ellos determinaban el número de personas que pertenecían a la comunidad, establecer valor de la fortuna de cada ciudadano, etc.

41. 4.1.4 La Pretura, era el cargo del juez, el pretor administraba justicia única y exclusivo para los ciudadanos romanos considerados únicos que gozaban de amparo y protección de las leyes del Estado.

42. 4.1.5 La Cuestura, era el cargo de los magistrados, con el nombre de cuestores tenían por atribuciones, custodiar el erario o tesoro público de Roma y pagar los gastos que demandan los servidores y necesidades civiles y militares del Estado.

43. 4.1.6 La Edilidad, función exclusivamente plebeya en un principio. La función de los ediles consistía en la vigilancia de las obras públicas, restauraciones, ornato y limpieza de templos, etc.

44. 4.1.7 El Tribunado, los romanos eran dotados, esa cualidad permitió resolver, en su hora, el difícil problema de la desigualdad de las clases, se hacían concesiones.

45. 4.1.8 La Dictadura, solo Roma habría previsto que el poder absoluto, en ciertos momentos, es necesario y encontró un expediente para legalizarlo, dentro de un límite de tiempo.

46. 5. INSTITUCIONES JURÍDICAS

47. 5.1 LAS LEYES: LA LEY DE LAS XII TABLAS, ésta reglamentó el derecho público y el privado, los romanos la consideraron como fuente propia de su derecho.

48. 5.2 LOS PLEBISEITOS, decisiones tomadas por la plebe en los concilia plebis sobre la proporción de un tribuno.

49. 5.3 INTERPRETACIÓN DE PONTÍFICES Y JURISCONSUITAS, La elaboración lenta, pero continua llamada interpretatio fue la obra exclusiva del colegio de los pontífices, quienes eran obligados a tocar una multitud de materias jurídicas que tenían conexión con el jus sacrum.

50. 5.4 LA COSTUMBRE, El derecho no escrito toma autoridad en el consentimiento tácito del pueblo que puede hacer ley.

51. 5.5 EDICTO DE LOS MAGISTRADOS, Todos los magistrados, cónsules, censores, tribunos, tenían la costumbre de publicar declaraciones o disposiciones con conexión al ejercicio de sus funciones, llamados edicta. Lo único que se tenía en cuenta era que el estudio son aquellas que emanan de los magistrados encargados de la jurisdicción civil.