Decreto 410 de 1971 Realizado por: Fernanda Canencia
von Fernanda Canencia
1. Los embargos y demandas civiles relacionados con derechos cuya mutación esté sujeta a registro mercantil.
2. Deberes de los comerciantes
2.1. Matricularse en el registro mercantil.
2.2. Llevar contabilidad regular.
2.3. Conservar la correspondencia y demás documentos.
2.4. Denunciar ante el juez pago de sus obligaciones.
2.5. Abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal.
3. Registro mercantil
3.1. Personas, actos y documentos que deben inscribirse.
3.1.1. Las personas que ejerzan profesionalmente el comercio y sus auxiliares.
3.1.2. Los actos, contratos y documentos serán inscritos en la cámara de comercio.
3.2. Reglas para llevar el registro mercantil
3.2.1. La matrícula de los comerciantes y las inscripciones no previstas en el ordinal anterior, se harán en la cámara de comercio.
3.2.2. La inscripción se hará en libros separados, según la materia.
3.2.3. La inscripción podrá solicitarse en cualquier tiempo, si la ley no fija un término especial
3.3. Renovación de la matricula mercantil.
3.3.1. La matrícula se renovará anualmente, dentro de los tres primeros meses de cada año.