CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA DE LA FIDUCIARIA DE OCCIDENTE S.A.

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1. RESPONSABILIDAD

1.1. Es la capacidad de asumir las consecuencias de nuestros actos. Es estar en disposición de cumplir eficazmente las obligaciones asignadas y los compromisos adquiridos.

2. DISCIPLINA: VALOR DE VALORES PARA LA FIDUCIARIA

2.1. Es la capacidad de auto exigirse, de actuar ordenada y perseverantemente para conseguir los objetivos deseados.

3. PRINCIPIO DE PRUDENCIA

3.1. Consiste en la obligatoriedad que tiene o contempla o requiere todo Directivo o Empleado de la Fiduciaria a guardar con celo la información que le ha sido dada a conocer por sus clientes siempre.

3.1.1. No conllevar al encubrimiento y colaboración en actos ilícitos (actos contra la buena fe de terceros, enriquecimiento ilícito, lavado de activos, financiación del terrorismo o cualquier otra actividad de carácter ilícito

4. PRINCIPIO DE LEGALIDAD

4.1. Toda actividad debe ejercitarse respetando la Constitución, las leyes y las normas internas reguladoras de la actividad financiera y cambiaria.

5. PRINCIPIO DE FISCALIZACIÓN

5.1. Indica que las transacciones comerciales, financieras y contables deben tener control permanente sobre la gestión y sobre sus resultados a fin de garantizar razonablemente que se están custodiando los intereses.

6. VALORES

6.1. Los Directivos y Empleados de la Fiduciaria deben tener los siguientes valores como cimientos de su cultura organizacional. Estos valores son las directrices de compromiso que se espera que sigamos en nuestra labor diaria

7. COMPROMISO

7.1. Es un pacto de exigencia con uno mismo y con la Fiduciaria, adoptando con entusiasmo e integridad los objetivos organizacionales.

8. PRINCIPIO DE BUENA FE

8.1. Es un mandato constitucional y significa que en toda transacción o negocio siempre se debe anteponer la buena fe y obrar con honestidad, sinceridad y lealtad.

9. PRINCIPIO DE EQUIDAD

9.1. Se debe otorgar igualdad en el ofrecimiento de servicios y productos sin considerar beneficios personales o de terceros.

9.1.1. Partiendo del principio que no hay dos clientes iguales en cuanto se refiere a necesidades, a magnitud y riesgo, bajo este principio corresponde brindar asesoría a los clientes de acuerdo con los requerimientos de cada uno.

10. PRINCIPIO DE COLABORACIÓN

10.1. Se debe colaborar con las autoridades nacionales en la lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo y otras actuaciones contrarias a la ley.

11. RESPETO

11.1. Es la aceptación del otro, considerando, entendiendo y valorando sus diferencias y contribuciones para lograr la convivencia en armonía, creando un ambiente laboral saludable.

12. COOPERACIÓN

12.1. Es el interés genuino en contribuir al trabajo en equipo, para lograr los objetivos comunes.

13. TENACIDAD

13.1. Es el espíritu de la gente que no se detiene por las circunstancias, siendo ella justamente la fuerza conductora para el crecimiento y la transformación personal y organizacional.

14. TRANSPARENCIA

14.1. Es la claridad, nitidez e integridad de nuestro proceder, en el trabajo y demás actividades dentro y fuera de la organización.