1. Es el conjunto de reglas que gobiernan la edición de los actos administrativos
1.1. Está regulado por la ley federal del procedimiento administrativo
2. ¿Cómo se aplica el procedimiento administrativo?
2.1. Con respecto a su aplicación, esta se generaliza en todos los actos administrativos que se celebren, tanto centralizada como descentralizadamente.
3. ¿Existen excepciones?
3.1. Este ordenamiento no será aplicable a las materias de carácter fiscal, responsabilidades de los servidores públicos, justicia agraria y laboral, ni al ministerio público en ejercicio de sus funciones constitucionales.
4. Supraprincipio del Estado democrátic
4.1. Principio de soberanía popular
4.1.1. Soberanía Nacional Soberanía popular
4.2. Principio de participación
4.2.1. • Iniciativa popular legislativa art. 2 • Referendo. Art. 3, 4 y 5 • La revocatoria del mandato. Art. 6 • El plebiscito. Art. 7 • La consulta polular. Art. 8 • El cabildo abierto. Art. 9 • La audiencia ciudadana Art. 77 • Las veedurías ciudadanas. Art. 100.
4.3. Principio de la integración
4.3.1. por la vía electoral El pueblo a través del voto decide quienes son sus representantes. Art. 3, 107 y ss., 258 C.P.
4.4. Principio del pluralismo
4.4.1. Aceptación de la diferencia y su respeto y tolerancia. Preámbulo, Arts. 1, 7, 8, 10, 13, 246 C.P.
5. Suprprincipio del Estado de Derecho
5.1. Principio de legalidad
5.1.1. Legalidad Formal arts. 121, 122 y ss. C.P. Legalidad teleológica, art. Art. 2, 123 Inc. 2 y 209 C.P. Gobernados: Art. 6 y 95 C.P. Implica una aproximación al concepto sustancial de derecho,lo que recoge la totalidad de normas, principios y valores que inspiran el sistema jurídico.
5.2. Principio de prevalencia del interés general
5.2.1. Carácter finalístico estatal y expresivo de los intereses comunes. Preámbulo, art. 2, 123, 209 C.P.
5.3. Principio de responsabilidad
5.3.1. Organismos públicos y funcionarios, responden de manera general frente al ordenamiento jurídico y de manera personal, cuando desbordan los parámetros definidos para el ejercicio de sus funciones. Art. 6, 124 C.P. (Responsabilidad disciplinaria, fiscal, penal, civil. Art. 90 C.P.
5.4. Principio de la prevalencia y el respeto a los derechos fundamentales
5.4.1. Sistema vinculatorio y obligatorio para las administraciones, de respeto permanente y prevalente de los derechos de los ciudadanos frente al ejercicio de las funciones administrativas. Art. 4, 93, 94 C.P.
5.5. Principio de división de poderes
5.5.1. -Revolución Francesa -Revolución Norteamericana Mecanismo para facilitar el ejercicio del poder, sistema natural de control entre los diferentes órganos y autoridades, evitar la concentración del poder, evitando el absolutismo y el ejercicio individual del poder.
5.6. Principio del control de la actividad pública.
5.6.1. Pesos y contrapesos Sistema y garantizador la estabilidad del estado de derecho. Contralorías –Nacional, departamental, municipal y distrital. Procuraduría, Defensoría, Personería.
6. El derecho constitucional guía al derecho administrativo
6.1. El derecho constitucional estudia los órganos de estado y el derecho administrativo de la acción de estos órganos
6.2. ELEMENTOS DEL SISTEMA • Normas escritas • Precedentes administrativos o judiciales • Costumbres • Principios y valores Introducción
6.3. PRINCIPIOS DEL SISTEMA • Jerarquía normativa • Competencia normativa • Procedimiento • Temporalidad • Separación
7. Estado de Derecho y Estado social de Derecho
7.1. • División de poderes. • Sistema jurídico. • Estructura del Estado. • Estructura jurídica.
8. Supraprincipio del Estado social de derecho
8.1. Principio de la solidaridad
8.1.1. Relación recíproca o de interdependencia que debe existir entre el estado y sus asociados, solidarismo que se relaciona con el pluralismo y la tolerancia.
8.2. Principio del orden económico y social justo.
8.2.1. Redistribución y ruptura de las desigualdades sociales, el estado intervine directa o indirectamente en lo económico, político, cultural, etc., crea condiciones para que la sociedad tenga la iniciativa para lograr el equilibrio de convivencia.