ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

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1. Sistemas de regulación y apoyo del ejecutivo federal

1.1. Órgano Interno de Control en la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal

2. Sistemas sustantivos del Ejecutivo Federal

3. Organismos de la presidencia

3.1. Oficina de la Presidencia de la República

3.2. Secretarías de Estado

3.3. Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal

3.4. Órganos Reguladores Coordinados

4. Concepto de jurisdicción administrativa

4.1. La jurisdicción administrativa consiste en la actividad que despliegan los órganos administrativos tanto en la aplicación de sanciones a los administrados o a los funcionarios o agentes de la propia administración, como en el conocimiento de las reclamaciones y recursos que tienen por objeto asegurar el imperio de la legitimidad dentro de la esfera administrativa.

5. Secretarías de Estado y sus organismos. Fuente: Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Art. 26

5.1. Secretaría de Gobernación

5.1.1. Policía Federal

5.1.2. Instituto Nacional de Migración

5.2. Secretaría de Relaciones Exteriores

5.3. Secretaría de la Defensa Nacional

5.4. Secretaría de Marina

5.4.1. Universidad Naval

5.5. Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana

5.6. Secretaría de Hacienda y Crédito Público

5.6.1. Servicios de Administración Tributaria

5.6.2. Crezcamos juntos

5.7. Secretaría de Bienestar

5.7.1. Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad

5.8. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

5.8.1. Comisión Nacional del Agua

5.8.2. Comisión Nacional Forestal

5.9. Secretaría de Energía

5.10. Secretaría de Economía

5.11. Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural

5.12. Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transporte

5.12.1. Servicio Postal Mexicano

5.13. Secretaría de la Función Pública

5.14. Secretaría de Educación Pública

5.14.1. Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte

5.15. Secretaría de Salud

5.16. Secretaría del Trabajo y Previsión Social

5.17. Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano

5.18. Secretaría de Cultura

5.19. Secretaría de Turismo

6. Jurisdicción de la FGR y su estructura orgánica. Fuente: Ley de la Fiscalía General de la República.

6.1. La Fiscalía General de la República es un órgano público autónomo.

6.2. Tiene como fines la investigación de los delitos y el esclarecimiento de los hechos; otorgar una procuración de justicia eficaz, efectiva, apegada a derecho, que contribuya a combatir la inseguridad y disminuirla; la prevención del delito; fortalecer el Estado de derecho en México; procurar que el culpable no quede impune; así como promover, proteger, respetar y garantizar los derechos de verdad, reparación integral y de no repetición de las víctimas, ofendidos en particular y de la sociedad en general.

6.3. La FGR regirá su actuación por los principios de autonomía, legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, respeto a los derechos humanos, perspectiva de género, interculturalidad, perspectiva de niñez y adolescencia, accesibilidad, debida diligencia e imparcialidad.

6.4. Estructura orgánica

6.4.1. La persona titular de la Fiscalía General (Fiscal)

6.4.2. Fiscalía Especializada de Control Competencial

6.4.3. Fiscalía Especializada de Control Regional

6.4.4. Fiscalía Especializada en materia de Delincuencia Organizada

6.4.5. Fiscalía Especializada en materia de Delitos Electorales

6.4.6. Fiscalía Especializada en materia de Combate a la Corrupción

6.4.7. Fiscalía Especializada en materia de Derechos Humanos

6.4.8. Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia Contra las Mujeres y Trata de Personas

6.4.9. Fiscalía Especializada de Asuntos Internos

6.4.10. Agencia de Investigación Criminal

6.4.11. Órgano Especializado de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias

6.4.12. Oficialía Mayor

6.4.13. Órgano Interno de Control

6.4.14. Las demás unidades administrativas y fiscalías creadas por mandato legal

6.4.15. Las que se determinen en el Estatuto orgánico

7. Competencia de los Tribunales Administrativos, estructura, funciones y organización. Fuente: Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

7.1. Estructura

7.1.1. Sala superior

7.1.2. Las Salas Regionales, que podrán tener el carácter de Salas Especializadas o Auxiliares

7.1.3. Junta de Gobierno y Administración

7.2. Funciones

7.2.1. El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa es un tribunal de lo contencioso- administrativo, dotado de plena autonomía para dictar sus fallos, con la organización y atribuciones que esta Ley establece.

7.2.2. Las Salas Especializadas conocerán de materias específicas, con la jurisdicción, competencia y sedes que se determinen en su Reglamento Interior, de acuerdo a los estudios y propuesta de la Junta de Gobierno y Administración, con base en las necesidades del servicio.

7.3. Organización

7.3.1. Magistrados de Sala Superior

7.3.2. Magistrados de Sala Regional

7.3.3. Magistrados Supernumerarios de Sala Regional

7.3.4. Secretario General de Acuerdos

7.3.5. Secretarios Adjuntos de Acuerdos de las Secciones

7.3.6. Secretarios de Acuerdos de Sala Superior

7.3.7. Secretarios de Acuerdos de Sala Regional

7.3.8. Actuarios

7.3.9. Oficiales Jurisdiccionales

7.3.10. Contralor Interno

7.3.11. Secretarios Técnicos, Operativos o Auxiliares

7.3.12. Director del Instituto de Estudios sobre Justicia Fiscal y Administrativa

7.4. Competencia

7.4.1. Art. 14. El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa conocerá de los juicios que se promuevan contra las resoluciones definitivas, actos administrativos y procedimientos que se indican a continuación:

7.4.1.1. I. Las dictadas por autoridades fiscales federales y organismos fiscales autónomos

7.4.1.2. II. Las que nieguen la devolución de un ingreso de los regulados por el Código Fiscal de la Federación

7.4.1.3. III. Las que impongan multas por infracción a las normas administrativas federales

7.4.1.4. IV. Las que causen un agravio en materia fiscal distinto al que se refieren las fracciones anteriores

7.4.1.5. V. Las que nieguen o reduzcan las pensiones y demás prestaciones sociales que concedan las leyes en favor de los miembros del Ejército, de la Fuerza Aérea y de la Armada Nacional…

7.4.1.6. VI. Las que se dicten en materia de pensiones civiles, sea con cargo al erario federal o al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

7.4.1.7. VII. Las que se dicten en materia administrativa sobre interpretación y cumplimiento de contratos de obras públicas, adquisiciones, arrendamientos y servicios celebrados por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal

7.4.1.8. VIII. Las que nieguen la indemnización o que, por su monto, no satisfagan al reclamante y las que impongan la obligación de resarcir los daños y perjuicios…

7.4.1.9. IX. Las que requieran el pago de garantías a favor de la Federación, el Distrito Federal, los Estados o los Municipios, así como de sus entidades paraestatales.

7.4.1.10. X. Las que traten las materias señaladas en el artículo 94 de la Ley de Comercio Exterior

7.4.1.11. XI. Las dictadas por las autoridades administrativas que pongan fin a un procedimiento administrativo, a una instancia o resuelvan un expediente, en los términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo

7.4.1.12. XII. Las que decidan los recursos administrativos en contra de las resoluciones que se indican en las demás fracciones de este artículo

7.4.1.13. XIII. Las que se funden en un tratado o acuerdo internacional para evitar la doble tributación o en materia comercial, suscrito por México

7.4.1.14. XIV. Las que se configuren por negativa ficta en las materias señaladas en este artículo

7.4.1.15. XV. Las sanciones y demás resoluciones emitidas por la Auditoría Superior de la Federación, en términos de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación

7.4.1.16. XVI. Las señaladas en las demás leyes como competencia del Tribunal.