1. De Goce
1.1. Propiedad
1.1.1. La propiedad es el poder jurídico que tiene una persona individual o jurídica sobre bienes determinados, es directo e inmediato y es oponible frente a terceros.
1.1.2. Diferencia entre propiedad y dominio:
1.1.3. El término propiedad lo usamos para identificar que se tiene una relación directa sobre la cosa, a cambio el término dominio se usará para hacer referencia de poder usar y disponer.
1.2. Modos de adquirir la propiedad
1.2.1. Originario
1.2.1.1. Título constitutivo
1.2.1.1.1. Ocupación
1.2.1.1.2. Accesión
1.2.1.1.3. Prescripción Adquisitiva (usucapión)
1.2.2. Derivado
1.2.2.1. Título traslativo de dominio
1.2.2.2. Compraventa
1.2.2.3. Donación
1.2.2.4. Permuta
1.3. Modos de perder la propiedad
1.4. Voluntario
1.4.1. Abandono o dejación
1.4.2. Enajenación
1.4.3. Involuntario
1.4.3.1. Extinción
1.4.3.2. Expropiación
1.4.3.3. Extinción de dominio
2. De Mero Goce
2.1. Usufructo
2.2. Uso
2.3. Habitación
2.4. Servidumbre
3. De Garantía
3.1. Hipoteca
3.1.1. Es el derecho real que permite gravar para garantizar el cumplimiento de una obligación, es un derecho que le pertenece o es titular el acreedor de la deuda frente al deudor o una tercera persona.
3.1.2. Características
3.1.2.1. Es un derecho real
3.1.2.2. Solo grava bienes inmuebles
3.1.2.3. No hay saldo insoluto
3.1.2.4. Es indivisible, si no se cancela la hipoteca, todavía persiste
3.1.2.5. Es derecho accesorio ya que está basado en un crédito
3.1.3. Elementos
3.1.3.1. Subjetivo
3.1.3.1.1. Deudor: sujeto pasivo y es el dueño de la finca hipotecada
3.1.3.1.2. Acreedor: sujeto activo y es el titular del derecho real de hipoteca
3.1.3.1.3. Garante hipotecario: es el tercero que llega a garantizar el cumplimiento del pago de la deuda, es una persona diferente al deudor.
3.1.3.2. Objetivo
3.1.3.2.1. Bienes inmuebles. se exceptúan aquellos que están destinados al patrimonio, los bienes adquiridos por herencia cuando se especifica esa condición.
3.1.3.3. Formal
3.1.3.3.1. Es la escritura pública que se debe de inscribir en el Registro General de la Propiedad.
3.1.4. Extinción
3.1.4.1. Transcurrió el tiempo de 10 años
3.1.4.2. Ejecución: remate o subasta
3.1.4.3. Se realizó el pago
3.1.4.4. El acreedor renunció
3.2. Garantía mobiliaria
3.2.1. Es el derecho real que se constituye por el deudor a favor del acreedor para garantizar el pago o cumplimiento de la obligación del deudor principal o un tercero.
3.2.2. Características
3.2.2.1. Es accesorio
3.2.2.2. Es un derecho real típico
3.2.2.3. Es indivisible
3.2.2.4. Es conmutativo
3.2.2.5. Tiene diferentes nombres en las demás legislaciones.
3.2.3. Elementos
3.2.3.1. Subjetivo
3.2.3.1.1. Deudor garante
3.2.3.1.2. Acreedor garantizado
3.2.3.1.3. Deudor principal
3.2.3.2. Objetivo
3.2.3.2.1. Bienes muebles presentes o futuros, corporales e incorporales, determinados o determinables, susceptibles de valoración pecuniaria.
3.2.3.3. Formal
3.2.3.3.1. Es una escritura pública en documento privado y se realiza la inscripción en el Registro de Garantías Mobiliarias.
3.2.4. Se dividen en 2:
3.2.4.1. Posesoria
3.2.4.1.1. Se da cuando la tenencia del bien que se dio en garantía es transmitida por el deudor garante al acreedor garantizado
3.2.4.2. Sin posesión
3.2.4.2.1. Se da cuando el deudor garante continúa con el bien