1. ATRIBUCIONES
1.1. Para la realización de mesa de aprobación microcrédito se asignarán los siguientes límites de aprobación de acuerdo con cada cargo, así:
1.1.1. Coordinador Comercial
1.1.1.1. Nuevo
1.1.1.1.1. 4 SMMLV
1.1.1.2. Antiguo o Preferencial
1.1.1.2.1. 6 SMMLV
1.1.2. Gerente de Oficina
1.1.2.1. Nuevo
1.1.2.1.1. 10 SMMLV
1.1.2.2. Antiguo o Preferencial
1.1.2.2.1. 10 SMMLV
1.1.3. Gerente Zonal
1.1.3.1. Nuevo
1.1.3.1.1. 25 SMMLV
1.1.3.2. Antiguo o preferencial
1.1.3.2.1. 25 SMMLV
1.1.4. Gerente Regional
1.1.4.1. Nuevo
1.1.4.1.1. 39 SMMLV
1.1.4.2. Antiguo o preferencial
1.1.4.2.1. 39 SMMLV
1.1.5. Vicepresidente Comercial Banca Microcrédito y Consumo
1.1.5.1. Nuevo
1.1.5.1.1. 52 SMMLV
1.1.5.2. Antiguo o preferencial
1.1.5.2.1. 52 SMMLV
2. PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACIÓN Y DESEMBOLSO DE CRÉDITOS
2.1. Procedimiento
2.1.1. Se realizara de acuerdo a
2.1.1.1. GCO-35-0002 Manual de colocación.
2.1.1.2. GCO-35-0001 Manual de productos del activo.
2.1.1.3. GCO-35-0004 Desembolso de crédito.
2.2. Créditos en la misma unidad familiar
2.2.1. se pueden financiar hasta (2) dos clientes y máximo se pueden otorgar (4) cuatro créditos.
2.2.1.1. Diferentes fuentes de ingresos. Cuando se trata de actividades agrícolas
2.2.1.1.1. estas deberán estar ubicadas en lotes productivos diferentes.
2.2.1.2. Garantías independientes.
2.2.1.3. Capacidad de pago evaluada de manera independiente.
3. GARANTÍAS
3.1. Tipo de garantías
3.1.1. Con el fin de minimizar los riesgos, la Corporación realizará un análisis del crédito. Aspectos como la confiabilidad, la capacidad de pago, las condiciones económicas y las garantías se toman en consideración en el momento de la aprobación del desembolso.
3.1.1.1. GCC-35-0006 Manual Administración y Custodia de Garantías
3.1.1.2. GCC-35-0008 Constitución de Garantías Reales
4. SEGUIMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DE CARTERA
4.1. Es responsabilidad del Asesor de Crédito realizar la gestión de la cobranza de cartera hasta que el crédito sea castigado, que no se encuentre en gestión de una casa de cobranza
4.2. La Gerencia Zonal, la Gerencia de Oficina y las Coordinaciones Comerciales de Oficina
4.2.1. Según el caso
4.2.1.1. realizan el seguimiento de acuerdo con los resultados de los indicadores y las condiciones del manual GCC-35-0007 Administración de Cobranza.
5. PREVENCIÓN DEL SOBREENDEUDAMIENTO
5.1. La aplicación correcta de la Colocación de Cartera y/o Originación del crédito
5.2. Un cliente puede tener hasta tres (3) créditos internos con Contactar, y máximo dos (2) vinculaciones con la Corporación.
5.3. en el analisis se debe incluir todas las obligaciones incluyendo aquellas que no se reportan en las Centrales de Riesgo.
6. PROVISIÓN
6.1. A efectos de normalizar el impacto de aquellas partidas/cartera irrecuperable sobre los resultados de un período
6.1.1. SRC-35-0002 Modelo Interno Provisión.
7. EXPOSICIÓN DE CARTERA
7.1. Sector rural
7.1.1. Municipios intermedios 314
7.1.2. Municipios rurales 373
7.1.3. Municipios rural disperso 318
7.1.3.1. Faltas graves merecedoras para sanción.
7.2. Sector urbano
7.2.1. Ciudades y aglomeraciones 117
8. INHABILIDADES PARA EL ACCESO AL CREDITO
8.1. Cultivos ilicitos
8.2. actividades que implican trabajo forzoso o infantil.
8.3. El comercio de la vida silvestre o vida salvaje.
8.4. La producción o comercio de armas y municiones
8.5. Juegos de azar no legalizados, casino y casas de apuestas.
8.6. Actividades ilegales, casas de lenocinio y/o establecimientos de mala reputación.
8.7. Producción o comercio de especialidades farmacéuticas sujetas a retirada escalonada o prohibición a nivel internacional.
8.8. El comercio transfronterizo de los desechos y residuos.
9. GENERALIDADES
9.1. Se otorgará créditos para capital de trabajo, adquisición de activos fijos y libre inversión, de acuerdo con la necesidad de recursos que serán definidos con el Asesor de Crédito y el (los) Microempresario (s), y Empleados dependientes. La cobertura se extenderá al radio de acción establecido por Contactar
9.1.1. Objetivos
9.1.1.1. :door: Establecer lineamientos que permitan lograr resultados de calidad.
9.1.1.1.1. Plan para la dirección del proyecto
9.1.1.1.2. Acta de constitución del proyecto
9.1.1.1.3. Factores ambientales de la empresa
9.1.1.1.4. Activos de los procesos de la organización
9.1.1.2. :wrench: Contribuir a la prestación de servicios y productos de calidad a los clientes
9.1.1.2.1. Juicio de expertos
9.1.1.2.2. Reuniones
9.1.1.3. :blue_book: Especificar los términos, condiciones y requerimientos de los créditos.
9.1.1.3.1. Plan de gestión del alcance
9.1.1.3.2. Plan de gestión de los requisitos
9.1.2. Alcance
9.1.2.1. :door: Gestión Comercial de Originación de Crédito , de la línea banca microcrédito y consumo,
9.1.2.2. Proceso de Riesgo Crediticio
9.1.2.3. Subprocesos que la componen.
9.1.3. Responsable
9.1.3.1. Todos los colaboradores
10. CARACTERÍSTICAS DEL FINANCIAMIENTO
10.1. SECTORES ECONÓMICOS
10.1.1. Productivo
10.1.1.1. Agricolas
10.1.1.2. Pecuarias
10.1.1.3. Produccion
10.1.2. Comercio
10.1.2.1. Actividades desarrolladas con el objetivo de facilitar la compra o venta de una determinada mercancía o producto, para el funcionamiento de la economía.
10.1.3. Servicio
10.1.3.1. Conjunto de actividades que se llevan a cabo para satisfacer las necesidades de un cliente.
10.1.4. Asalariados
10.1.4.1. En este sector se encuentran los empleados y pensionados que reciben una contraprestación a cambio de una actividad laboral.
10.2. PERFILES DE CLIENTES
10.2.1. Para todos los perfiles debe ser mayor de 18 años y menor de 75 años (aplica también para deudor solidario).
10.2.1.1. Cliente microcredito
10.2.1.2. Clienete dependienete
10.2.1.2.1. Tipo de contrato
10.3. TIPOS DE CLIENTES
10.3.1. Nuevo
10.3.1.1. Cliente que tiene acceso a crédito por primera vez con la Corporación.
10.3.2. Antiguo
10.3.2.1. Cliente que mantiene su relación crediticia con la Corporación por más de una vez
10.3.3. Inactivo
10.3.3.1. Cliente que ya ha manejado crédito con la Corporación y no ha renovado su crédito
10.3.4. Preferencial
10.3.4.1. s clientes de productos de microcrédito que han cumplido mínimo las siguientes condiciones de permanencia.
10.3.4.1.1. Beneficios
10.4. CAPACIDAD DE PAGO
10.4.1. Para microempresarios
10.4.1.1. De este resultado se toma el 70% que corresponde a la capacidad de pago
10.4.2. Para empleados o pensionados
10.4.2.1. 70% salario devnegado, menos gastos familiares y obligaciones financieras.
11. MODALIDADES Y TIPOS DE CREDITO
11.1. Modalidaes de credito
11.1.1. Microcrédito
11.1.1.1. Para otorgar un Microcrédito el saldo de endeudamiento del deudor no podrá exceder de ciento veinte (120) SMML V
11.1.1.2. Se pueden otorgar microcréditos (uno o varios) por un monto superior 25 SMML V siempre y cuando se cumpla la condición de endeudamiento.
11.1.2. Consumo
11.1.2.1. otorgados a personas naturales para financiar la adquisición de bienes de consumo o el pago de servicios para fines no comerciales o empresariales, distintos a los otorgados bajo la modalidad de microcrédito.
11.2. Montos mínimos y máximos
11.2.1. Microcrédito
11.2.1.1. Monto minimo $500.000
11.2.1.2. Monto máximo 52 SMMLV
11.2.2. Consumo
11.2.2.1. Monto mínimo 1SMMLV
11.2.2.2. Monto maximo 20SMMLV
11.3. Tipos de crédito
11.3.1. Credito normal
11.3.1.1. Crédito que se otorga por primera o más veces y puede utilizarse en cualquier producto, modalidad y para cualquier línea de crédito.
11.3.2. Credito paralelo
11.3.2.1. Unicamente a Microempresarios, que cumplan con las condiciones.
11.4. Tipos de solicitud
11.4.1. Nuevo
11.4.2. Renovación
11.4.2.1. Crédito que se otorga por segunda o más veces, a clientes que han cancelado la totalidad de su crédito.
11.4.3. Ampliación
11.4.3.1. Crédito que se otorga a clientes con crédito vigente que desean recoger el saldo de su deuda, entregándose el valor excedente del nuevo crédito aprobado.
11.4.4. Reestructuración
11.4.4.1. Consiste en otorgar un nuevo crédito, capitalizando el saldo del capital del crédito y demás gastos causados del (los) crédito(s) vigente(s),
11.4.5. Medidas en materia de crédito ley de víctimas 1448 de 2011
11.4.6. Medidas en materia de crédito ley de víctimas 1448 de 2011
11.4.6.1. Los créditos otorgados por parte de la Corporación a las víctimas que trata la ley 1448 de 2011 y que como consecuencia de los hechos victimizantes hayan entrado en mora o hayan sido objeto de refinanciación, reestructuración o consolidación, quedarán clasificados en una categoría de riesgo especial de acuerdo con la reglamentación que expida la Superintendencia Financiera.
11.4.7. Nuevo
11.4.7.1. se otorga por primera vez en cualquiera de los sectores