concepto de derechos sucesorio
von Cornelia Esther Serpas Galindo
1. SUCESIÓN: La sucesión por causa de muerte es un modo de adquirir dominio del patrimonio de la persona difunta, o sea es el conjunto de derechos y obligaciones transmisibles o una cuota de dicho patrimonio, como u tercio o un medio e en especies o cuerpos inciertos coso tal cosa, tal caballo etc. https://latam.tirantonline.com/cloudLibrary/ebook/show/9788413975153?showPage=0
1.1. SUCESIÓN Es la herencia dejada es susceptible a trasmisión y tiene dos factores uno activo bienes y derechos y el pasivo que son las obligaciones cargas duedas y que hay que liquidar previo a la partición. https://latam.tirantonline.com/cloudLibrary/ebook/show/9786124146671?showPage=44
1.2. Explicación: La sucesiones son aquellas que surgen después de que las personas ha muerto, y esta vela por el cuidado de del patrimonio.
2. SUCESIÓN TESTAMENTARIA: se inicia siempre por u testamento que es el acto personalísimo, revocable y libre por el cual una capaz dispone de sus bienes y derechos o cumple deberes para después de su muerte. Introducción al Estudio Del Derecho y Nociones De Derecho Civil. Clemente Soto Álvarez pag 108)
2.1. Es un acto previo que las personas en vida hace, donde estipulan como quedara distribuido sus bienes en general y constituyen los herederos y legatarios
3. sucesión legitima o intestada: cuando no hay testamento o el que se otrogo es nulo o a perdido su validez )Introducción al Estudio Del Derecho Y Nociones De Derecho Civil. Clemente Soto Álvarez pag 108.
3.1. Esta es cuando la persona no preparo ni estableció como quedara su patrimonio, y serán los llamados a la herencia quienes reclamaran su derecho como herederos o legatarios
3.2. Albacea: es la persona nombrada por el testador, por los herederos o por el juez que tiene como misión ejecutar y cumplir lo ordenado por el testamento. (Introducción al Estudio Del Derecho Y Nociones De Derecho Civil. Clemente Soto Álvarez pag 109)
3.2.1. Es la persona que hace cumplir los deseos del causante.
4. causante es un término utilizado para referirse a la persona de la que proviene un bien o derecho que otra persona posee. https://www.conceptosjuridicos.com/causante/
4.1. ES la persona que en vida fue la que tenia el patrimonio, al morir esta persona se convierte en causante.
4.2. Sucesores son los beneficiarios que sean testamentarios o intestados y los bienes dejados a defunción por un causante
4.3. Quienes se quedan con los bienes y de la persona fallecida.
4.4. La sucesión universal es la sucesión en la herencia, entendida como sucesión global, tanto en el activo como en el pasivo del patrimonio dejado por el fallecido o causante (patrimonio hereditario) iuma.uma.es/xmlui/bitstream/handle/10630/10027/ESQUEMAS%20DE%20DERECHO%20DE%20SUCESIONES%20BLOQUE%201%20CUESTIONES%20GENERALES%201.pdf?sequence=1
4.5. Este viene a suceder en todos los derechos y obligaciones del causante.
4.6. La sucesión a título particular o en concepto de legatario es siempre voluntaria, en cuanto que el llamamiento proviene del testamento. iuma.uma.es/xmlui/bitstream/handle/10630/10027/ESQUEMAS%20DE%20DERECHO%20DE%20SUCESIONES%20BLOQUE%201%20CUESTIONES%20GENERALES%201.pdf?sequence=1
4.7. Estos son los llamados legatarios los cuales solo gozan de un bien dejado por el causante sin otra responsabilidad,
5. Tratándose de la sucesión mixta, la cual se reconoce en el artículo 953 inciso 2° del Código Civil, que ESTABLECE: “La sucesión en los bienes de una persona difunta puede ser parte testamentaria, y parte intestada.”
5.1. cuando el causante formulo en vida el testamento pero no incluyo todos sus bines ya sea porque el testamento lo hizo antes de tener esos bienes por olvido etc.
6. HERENCIA: es el medio de adquirir la propiedad a titulo universal, gratuito y por causa de muerte. Herencia es tanto hecho de la trasmisión de bienes a los herederos por causa de muerte como conjunto de bienes que conforman el patrimonio que se trasmite por la muerte de una persona (Introducción al Estudio Del Derecho Y Nociones De Derecho Civil. Clemente Soto Álvarez pag 107)
6.1. la herencia es todo el patrimonio que la persona deja después de la muerte
7. PATRIMONIO: esta constituido por un conjunto de bienes y derechos, obligaciones y cargas apreciables de dinero y que constituyen una universalidades de derecho. Introducción al Estudio Del Derecho Y Nociones De Derecho Civil. Clemente Soto Álvarez pag 82
7.1. explicación: Son todo los bienes ya sean en bienes muebles, inmuebles, derechos y obligaciones que una persona adquiere durante su vida.
7.2. Trasmisión: es el acto por medio del cual el patrimonio de una persona fallecida se adjunta al patrimonio de su heredero. Clase semana uno diapositiva
7.3. cuando el heredero posee ya un patrimonio y con la herencia viene a aumentar su patrimonio.
7.4. Transferencia: se llama transferencia a cualquier enajenación jurídica que se puede hacer sobre un bien entre vivos, clase semana uno diapositiva.
7.5. la persona que tiene el dominio, posesión y goce, en vida da venta, donación etc a otros.