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SARLAFT Sistema para la administración del riesgo de lavado de activos y de la financiación del terrorismo por Mind Map: SARLAFT Sistema para la administración del riesgo de lavado de activos y de la financiación del terrorismo

1. El “Lavado de activos”, se define como aquella práctica en la cual a través de transacciones financieras y comerciales se encubren las actividades ilícitas que han originado la real procedencia de dichos recursos

1.1. Pueden ser en dinero nacional o en moneda de otro país, la cual tiene por objeto ingresarlos como recursos legales a las arcas de un país determinado.

1.1.1. La mayoria de estos recursos provienen de acciones tales como el narcotráfico, prácticas de secuestro y extorsivas, amenazas, la evasión de impuestos o dinero procedente de empleados deshonestos tanto del sector particular como del estado

1.2. Diferentes riesgos asociados al lavado de activos y financiación del terrorismo

1.2.1. * RIESGO REPUTACIONAL Caída de una empresa por desprestigio , mala imagen , publicidad negativa , que pueda ser cierta o simplemente lo hagan por difamación de la empresa.

1.2.2. * RIESGO LEGAL Es el peligro al que se ve abocada una empresa cuando es requerida o conminada a sanciones, multas e indemnizaciones por no cumplir con las normas, establecidas como responsabilidad en su accionar legal.

1.2.3. *RIESGO CONTAGIOSO Es el evento de pérdida por el ejercicio o práctica de otra institución que tenga relación o algún vínculo con la empresa y la afecte por el sistema de rebote.

2. Normatividad del SARLAFT

2.1. LEY 526 DE 1999

2.1.1. LEY 793 DE 2002

2.1.1.1. LEY 1121 DE 2006

2.2. LEY 1621 DE 2013

2.2.1. DECRETO 1068 DE 2015

2.2.1.1. DECRETO 1674 DE 2016

3. Elementos del SARLAFT:

3.1. Políticas: Lineamientos o condicionamientos generales en los que se debe basar cada organización vigilada para dar cumplimiento a las normas que regulan el SARLAFT.

3.1.1. Infraestructura tecnológica: Toda organización implicada en el LA/FT. Debe contar con software o tecnología necesaria para administrar el riesgo que le ocasione la actividad económica relacionada según sus operaciones y tamaño.

3.2. Procedimientos: Cada entidad dependiendo su actividad, tamaño y/o Objetos social, debe establecer los procedimientos apropiados para el desarrollo de cada fase del proceso donde se puedan aplicar claramente las políticas y normas del SARLAFT, se sugiere revisar la circular.

3.2.1. Órganos de control: En toda entidad responsable debe establecerse un mecanismo adecuado para evaluar los riesgos ocasionados en la actividad económica y que permitan medir fallas o debilidades de SARLAFT, para que puedan ser informadas consecuentemente, al tiempo de emprender las acciones pertinentes a su debido tiempo.

3.3. Estructura organizacional: Según el organigrama institucional de cada entidad y de acuerdo a cada jerarquía se deben asignar facultades y funciones relacionadas con el SARLAFT, donde cada funcionario a cargo de puestos de dirección, gerencia y control pueda cumplir y hacer cumplir las políticas y normas institucionales y oficiales en este asunto.

3.3.1. Divulgación de información: Toda entidad debe contar con un plan de comunicación que permita divulgar de forma efectiva, eficiente y oportunamente los reportes tanto internos como externos que certifiquen el funcionamiento de sus procedimientos, políticas y requerimientos de las autoridades competentes.

3.4. Capacitación: Las entidades con el fin de que todos los involucrados conozcan las políticas, procesos y requerimientos deben diseñar, programar y capacitar a todas las áreas y funcionarios implicados en todo lo relacionado con el SARLAFT.