Organización Política de la colonia
par Naz Rodríguez Posadas

1. la familia: el padre tiene todos los derechos sobre los hijos; el municipio era la base territorial y estaba dominado por la nobleza, las atribuciones del municipio eran muy amplias, mayores que las del Estado; el corregidor era una especie de gobernador civil con mayores poderes, su función era ejercitar por la baja y los medios nobles; el señorío territorial y señorial representaba la delegación del poder real en favor de un particular (más de la mitad de las villas de España estaban sometidas al régimen señorial). el Rey: la autoridad real recibió una sanción religiosa y civil, tenía carácter absoluto (no estaba obligado a las órdenes ordinarias, solo a las morales y divinas); los poderes públicos de que estaba en proceso la sociedad se contraponía a la suprema autoridad que poseía el rey; las Cortes representaban el reino y eran el órgano de colaboración con él, hacían jurar los fueros a los ojos y votaban los impuestos extraordinarios; Los consejos fueron órganos asamblearios consultantes encargados de asuntos específicos: Consejo de Estado, Consejo de Castilla, Consejo de Indias, Consejo de Hacienda; la Iglesia: el regalismo se cifró en la confrontación permanente entre el poder monárquico y el pontificio por el control de títulos discutibles: retención de bulas, inmunidades, patronato sobre las iglesias, recursos de fuerza, los reyes de España reclamaban a la Iglesia los derechos de presentación de cargos eclesiásticos, pase regio y recursos de fuerza. Las interferencias entre la Iglesia y el Estado fueron jurisdiccionales, económicas y políticas.
2. ORGANISMOS DE GOBIERNO METROPOLITANOS
2.1. La Casa de Contratación de las Indias (1503) La Corona castellana, al monopolizar los derechos de descubrimiento y soberanía sobre los nuevos territorios, quiso controlar también la emigración a ultramar. El tráfico castellano con América se centralizó en Sevilla, donde el rey tuvo un representante y pronto creó su Casa de la Contratación de las Indias occidentales en 1503, a imitación del modelo lusitano de la Casa de Guiné e Mina, más tarde Casa de India.
2.2. El Consejo de Indias (1517) - Consejo Real y Supremo de las Indias Los orígenes de este máximo órgano consultivo del gobierno de Indias se remontan a 1517, fecha en la que los responsables de la política americana se independizaron del Consejo de Castilla. Pero el Consejo Real y Supremo de Indias no adquirió su forma definitiva hasta el reinado de Felipe II. Creado en 1524 para atender los temas relacionados con el gobierno de los territorios españoles en América. En 1834 resultó definitivamente suprimido.
3. ORGANISMOS DE GOBIERNO AMERICANOS
3.1. Los CABILDOS La base política de la colonia la formaban los cabildos, instituciones municipales que en su día constituirían la base de los movimientos emancipadores. Ya dijo algún autor que España sembró cabildos en toda Hispanoamérica y recogió más tarde naciones.
3.2. Las AUDIENCIAS Como eslabón intermedio entre los cabildos y el virrey, estaban las audiencias, que eran un organismo colegiado integrado por jueces, denominados oidores, con la función de administrar justicia y actuar como tribunales de apelación en las diferentes provincias. Más tarde se añadió un fiscal. En el orden jerárquico, ocupaba un lugar por debajo del virrey, aunque mantenía un alto nivel de independencia. Las audiencias americanas tuvieron mayores competencias que las españolas, que sólo actuaban como tribunales de justicia.
3.2.1. Audiencias en el siglo XVI: La Audiencia de Santo Domingo (actual República Dominicana) actuó desde 1524 hasta 1527. La Audiencia de México (1527) La Audiencia de Panamá (1530) La Audiencia de Lima (1542) La Audiencia de Los Confines o Guatemala (1543) La Audiencia de Santa Fe de Bogotá (Colombia) (1549) La Audiencia de Nueva Galicia o Guadalaja (México) (1548) La Audiencia de Charcas (1559) La Audiencia de Buenos Aires (1561) La Audiencia de Quito (1563) La Audiencia de Chile (1563) Al final se formaron once audiencias en tierras americanas y una en Manila (Filipinas).