LOS PRINCIPIOS QUE RIGEN LA BIOÉTICA

BIOÉTICA

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LOS PRINCIPIOS QUE RIGEN LA BIOÉTICA par Mind Map: LOS PRINCIPIOS QUE RIGEN LA BIOÉTICA

1. RESPETO DE LA AUTONOMÍA

1.1. Es la capacidad de las personas de deliberar sobre sus finalidades personales y de actuar bajo la dirección de las decisiones que pueda tomar.

2. NO-MALEFICENCIA

2.1. Afirma, la obligación de no hacer daño intencionalmente. Es el fundamento de la ética médica y de todo sistema moral.

3. Teorías para la autonomía

4. Libertad externa

5. Agencia o libertad interna

6. Personas autónomas y acciones autónomas

7. Las personas autónomas hacen ocasionalmente decisiones que no son autónomas, por ignorancia, porque están deprimidas o por otros factores internos o externos.

8. Una acción es autónoma si el agente moral obra

9. Intencionalmente

10. Con comprensión

11. Sin influencias externas que determinen o controlen su acción.

12. El principio de respeto por la autonomía: su contenido normativo

13. El respeto por la autonomía exige que se reconozca el derecho del sujeto moral:

14. Tener sus propios puntos de vista

15. Hacer sus propias opciones

16. Obrar en conformidad con sus valores y creencias personales.

17. Personas con autonomía disminuida

18. Las obligaciones que dimanan del principio de respeto por la autonomía no se extienden a las personas que no pueden obrar de manera suficientemente autónoma y que tampoco pueden llegar a hacerlo por diversas razones (inmadurez, discapacidad, etc).

19. La distinción entre la beneficencia y la no-maleficencia

20. El concepto de daño

21. Algunas normas morales que se apoyan en el principio de no-maleficencia

22. El principio de no-maleficencia impone, siempre, una obligación negativa: la prohibición de hacer el mal o daño.

23. "Dañar" significa, frustrar o perjudicar los intereses de alguien, sin que constituya necesariamente un agravio o injusticia al perjudicado.

24. No matar

25. No causar dolor o sufrimiento

26. No causar discapacidad

27. No ofender

28. No privar a otras personas de los bienes de la vida.

29. BENEFICENCIA

30. JUSTICIA

30.1. Justicia distributiva: distribución equitativa de los derechos, beneficios y responsabilidades o cargas en la sociedad.

31. Exige que pongamos actos positivos para promover el bien y la realización de los demás.

31.1. Beauchamp y Childress examinan dos principios bajo el título de beneficencia:

31.1.1. 1) Beneficencia positiva: nos obliga a obrar benéficamente en favor de los demás.

31.1.2. 2) Principio de utilidad: nos obliga a contrapesar los beneficios y los inconvenientes, estableciendo el balance más favorable posible.

32. El concepto de beneficencia

32.1. Realización de actos de misericordia, bondad y caridad. Los autores clasifican como “beneficencia” cualquier acción humana llevada a cabo para beneficiar a otra persona.

33. Beneficencia obligatoria y beneficencia ideal

33.1. Principios de beneficencia obligatoria

33.1.1. 1. Proteger y defender los derecho ajenos

33.1.2. 2. Prevenir los daños que podrían afectar a terceras personas.

33.1.3. 3. Eliminar las condiciones o situaciones que pudiesen dañar a otros.

33.1.4. 4. Ayudar a las personas con incapacidades o deficiencias.

33.1.5. 5. Rescatar a las personas que están en peligro.

33.1.6. Beneficencia ideal: no recoge un principio de beneficencia que exija sacrificios notables a los sujetos morales.

34. Beneficencia general y específica

34.1. Beneficencia específica: nos obliga a obrar beneficentemente hacia las personas con las que nos vinculan relaciones especiales, como cónyuges, hijos, amigos, pacientes, etc.

34.2. Beneficencia general: nos obliga a obrar beneficentemente más allá de las relaciones especiales, con todas las personas.

35. Beneficencia y no-maleficencia: sus diferencias

35.1. Las obligaciones de no-maleficencia prohíben hacer el mal universalmente: no podemos dañar intencionalmente a nadie, nunca. (Obligaciones perfectas).

35.2. La beneficencia permite que se favorezca a las personas con las que se tiene una relación especial (obligaciones imperfectas).

36. Problemas éticos en torno al principio de beneficencia: el paternalismo

36.1. Se obra de manera paternalista cuando se sobrepasan las preferencias y decisiones de una persona, anulando o coartando su autonomía, por el bien de la persona cuya autonomía ha sido violentada.

37. El criterio formal de la justicia distributiva.

37.1. Nos dice que las personas que sean iguales en cuanto a las características o circunstancias relevantes en la situación, deben recibir un trato igual.

38. Criterios materiales de justicia.

38.1. Especifican e identifican las características relevantes para recibir un trato igualitario.

39. Las propiedades relevantes para participar en la distribución de cargas o beneficios

39.1. Las propiedades relevantes han sido establecidas por la tradición

39.2. La complejidad de la aplicación concreta del principio de justicia formal ha hecho necesario la elaboración de teorías de la justicia distributiva.

40. 1. A cada persona una porción igual

41. 2. A cada persona según sus necesidades.

42. 3. A cada persona según sus esfuerzos.

43. 4. A cada persona según su aportación.

44. 5. A cada persona según su mérito.

45. 6. A cada persona según las reglas de intercambio en un mercado libre.

46. igualitarias

47. comunitaristas

48. utilitaristas

49. Libretarias