Mi Nuevo Mapa Mental
par Stephanie Silva
1. Proceso y realidad.
1.1. La utilidad que puede derivarse de una teoría general del proceso para la operación especifica de las instituciones procesales en la realidad plantean la conveniencia y la necesidad de hacer aterrizar la teoría en necesidades especificas.
1.1.1. j
2. Elaboraciones teóricas de la disciplina procesal.
2.1. Un primer aspecto a destacar es que una teoría del proceso común comprende principios y garantías que pueden beneficiar a los distintos procesos específicos.
2.1.1. j
2.2. La unidad de una teoría del proceso hace posible que se adopten con mayor facilidad en uno u otro tipo de proceso los grandes principios rectores del otro.
2.2.1. j
2.3. Asegura la eficacia de la norma material y regula el mecanismo para su aplicación y cumplimiento.
2.3.1. j
2.4. La unificación respecto al fin del proceso, según la cual el fin del proceso es resolver un conflicto intersubjetivo declarando las consecuencias jurídicas de dicho acto.
2.4.1. j
3. Definición
3.1. La teoría del proceso puede definirse como el conjunto de conceptos, instituciones y principios comunes a las distintas ramas del enjuiciamiento.
4. Los tipos de proceso, similitudes entre proceso penal y civil.
4.1. En ambos procesos las partes dependen de un participante heterónomo que va a realizar la adjudicación.
4.1.1. j
4.2. Las partes deben estar dispuestas como adversarios, es decir cada una debe estar en posición de enterarse de los planteamientos de la otra y refutarlos con defensa.
4.2.1. j
4.3. En ambos procesos hay que mostrarle al juez que los hechos ocurrieron de determinada manera.
4.3.1. j
4.4. En ambos procesos funciona de igual manera el razonamiento del juez. fijación,interpretación y calificación de los resultados.
4.4.1. j