PRINCIPIOS DEL DERECHO ELECTORAL
par Valeria Bass
1. CONCEPTO DE LOS PRINCIPIOS DEL DERECHO ELECTORAL
1.1. PRINCIPIO DE MAYORÍA Un principio esencial de este derecho es el de mayoría. Está vinculado con el sistema democrático que sustenta la ideología liberal, según la cual el derecho de gobernar sólo puede derivar del consentimiento de los gobernados.
1.2. PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL Este principio siempre actúa en combinación con el de mayoría. La idea que lo inspira es que un cuerpo colegiado representativo debe de estar conformado de modo que sus miembros reflejen la composición del electorado,
1.3. PRINCIPIO DE LIBERTAD DEL VOTO: Se refiere a que no deben de existir condicionamientos o presiones de ningún tipo sobre la persona que emite el sufragio.
1.4. PRINCIPIO DE SECRECÍA DEL VOTO: Tiene por objeto garantizar la libertad del voto. El sufragio secreto implica que no se conozca, sin consentimiento del votante, el sentido en el que manifestó su voluntad.
1.5. PRINCIPIO DE INMEDIATEZ DEL VOTO: Implica que no exista ningún elector intermedio entre el sufragante y la autoridad que debe de surgir de los comicios. Este principio se aplica en el derecho mexicano.
1.6. PRINCIPIO DE UNIVERSALIDAD DEL SUFRAGIO Responde a la idea de que todos los que cumplen los requisitos mínimos de edad deben poder participar, con independencia de cualesquiera otras características subjetivas, como la posesión de riquezas o de conocimientos, o la pertenencia a un género determinado.
1.7. Principio de personalidad e instranferibilidad del derecho del voto Este principio no está expresamente señalado en el texto constitucional, pero se contiene en el artículo 4, párrafo 2, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Consiste en que el elector no puede ceder su derecho a votar a ninguna persona. Es decir, no se puede vender el derecho a emitir el sufragio, ni otorgar poder a otra persona para que vote en nombre de quien debe de ejercer esa prerrogativa por sí mismo, de manera personal. Tampoco se puede transferir el voto que se haya emitido a favor de un candidato, hacia otro.ART. 38 (SUSPENSIÓN DE DERECHOS DE LOS CIUDADANOS).
1.7.1. PRINCIPIO DE PERSONALIDAD E INTRANSFERIBILIDAD DEL VOTO