1. "Seguimiento al manejo de residuos, independientemente de su naturaleza, desde su punto de origen hasta su disposición final."
2. Esto incluye su clasificación, envasado, almacenamiento temporal, recolección interna y externa, y su disposición final.
3. Gestión de Residuos
4. Programa Nacional para la prevención y gestión de recursos
4.1. Consta en formular, conducir y evaluar la política nacional en materia de residuos, así como elaborar el Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.
4.2. Con estos instrumentos de política, los Estados y Municipios pueden conocer la situación actual que guarda la generación y manejo de los residuos en su territorio.
4.2.1. El artículo 26 de la LGPGIR, establece que las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias y en coordinación con la Federación, deberán de:
4.2.1.1. Elaborar e instrumentar los programas locales para la prevención y gestión integral de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial.
4.2.1.2. Proponer ideas y estrategias para ser viables ante la población
4.2.1.3. Mantener el bienestar del entorno
4.2.1.4. Contemplar que recursos necesitan un enfoque mas meticuloso que otros (aquellos mas escasos)
4.2.1.5. Explotar el potencial del recurso mas abundante con la estrategia implemetada
4.3. Estados participantes: Aguascalientes, Colima, Jalisco, Querétaro, Baja California, Distrito Federal, Michoacán, Quintana Roo, Baja California Sur, Durango, Morelos , Sonora, Chiapas, Estado de México, Nayarit, Tamaulipas, Chihuahua. Guerrero, Nuevo León, Veracruz, Coahuila, Guanajuato, Oaxaca, Yucatán y Hidalgo.
4.3.1. Para poder otorgar apoyos de SEMARNAT los estados deberán de presentar las estrategias de manera estructurada, clara y concisa en un lapso de tiempo aceptable.
5. Diagnóstico Básico para la Gestión Integral de los Residuos
5.1. Instalaciones y activos de PEMEX
5.1.1. 28,396 en México
5.2. Generan mayor cantidad de hidrocarburos como residuo
5.2.1. No cumplen los estándares
5.2.2. Campeche, Coahuila, CDMX, Nuevo León, Tabasco, Tamaulipas y Veracruz
5.3. Retos de los hidrocarburos:
5.3.1. Más de 20,000 instalaciones
5.3.1.1. Necesita regulación y supervisión
5.3.2. Reportes de información falsa
5.3.3. Poco uso de inventarios de RP
6. Programa Nacional de Remediación de Sitios Contaminados
6.1. Fuentes contaminantes de Hidrocarburos:
6.1.1. Derrames, fugas y filtraciones
6.2. Durango en proceso de remediación
6.2.1. Contaminante: combustóleo
6.3. SEMARNAT y CONAGUA
6.3.1. Encargados de remediación
6.4. Costo de la remediación
6.4.1. $20,000,000 y $150,000,000 MXN
6.5. 57.76% de los sitios contaminados en México
6.5.1. Sin responsable identificado
6.6. Colima
6.6.1. Mayor número de Sitios Contaminados
6.7. Chihuahua
6.7.1. Más sitios contaminados sin identificación de responsable.
6.8. 39.93% sitios contaminados con hidrocarburos
6.8.1. Sin responsable identificado
6.9. PROFEPA
6.9.1. Programa, ordena y realiza visitas de inspección para vigilar y evaluar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas para suelos contaminados por RP y descargas de agua residual.
7. Proyectos Registrados:
7.1. Manejo de Cenizas de Incineradores de Residuos
7.2. Sistema Nacional de Información de Calidad del Aire
7.3. Perfil Vertical de
8. Gestión Ambiental, específicamente prevención y control en lo que respecta a Contaminación Atmosférica y Residuos Peligrosos
8.1. Procesos de Investigación y Capacitación como apoyo.
9. Centro Nacional de Investigación y Capacitación Ambiental
10. CENICA
11. 3. Autoridades contarán con información, inventarios, infraestructura y disposiciones judiciales pertinentes.
11.1. 2. Integración de órganos de consulta para asesoría, evaluación y seguimiento, al igual que la emisión de opiniones y observaciones.
12. 1. Gobierno Federal y vertientes se encargarán de promover participación en la prevención de generación, gestión y valorización de residuos.
13. Participación Social
14. Obligaciones de Generadores
15. Gran Generador
16. Pequeño Generador
17. Microgeneradores
18. Categorización de Contaminadores
19. - Prevenir, controlar o reducir la contaminación causada, al igual que gastos por proceso de remediación.
20. - Notificar a autoridades o Secretaría pertinentes.
21. 2. Regulación de manejo y gestión integral de residuos peligrosos.
22. 1. Definir responsabilidades de productores, importadores y autoridades, con respecto a gestión de residuos.
23. Actividades Propuestas
24. Ley Federal de Responsabilidad Ambiental
24.1. Art. 1: Regula los daños ocasionados al ambiente, su reparación y compensación.
24.1.1. Exigible a través del Art. 17 constitucional para procesos judiciales.
24.1.1.1. Solución de controversias
24.1.1.2. Procedimientos administrativos
24.1.1.3. Delitos contra el ambiente y gestión ambiental
24.2. Art. 8: Garantías financieras obtenidas al hacer frente a la responsabilidad ambiental.
24.2.1. Cubrir la responsabilidad ambiental
24.2.1.1. Económica
24.2.1.2. Productiva
24.2.1.3. Profesional
24.3. Art. 12: Será objetiva la responsabilidad ambiental cuando...
24.3.1. I. Acción u omisión en relación a material peligroso.
24.3.2. II. Uso de embarcaciones en arrecifes.
24.3.3. Supuestos y conductas expresados en el Art. 1913 del Código Civil Federal.
24.4. Art. 13: La reparación de los daños debe enfocarse a restituir el hábitat, ecosistema, elementos y recursos naturales
24.4.1. Factores Físico-químicos
24.4.2. Factores Biológicos.
24.4.3. En caso de que esta no sea posible, se recurre al Art. 14 (excepciones).
24.5. Art. 24 - 26: Las personas morales serán responsables del daño al ambiente ocasionado en trabajos bajo su representación. Al acreditar el daño por 2 o más personas sin saber la contribución de cada una, todos serán responsables.
24.5.1. Art. 27: Personas e instituciones legitimadas pueden demandar responsabilidad ambiental los cumplimientos debidos.
24.5.2. Art. 28: Se reconoce de legitimidad a personas que...
24.5.2.1. I. Físicas adyacentes a una comunidad dañada.
24.5.2.2. II. Personas morales mexicanas sin fines de lucro.
24.5.2.3. III. Federación a través de la procuraduría.
24.5.2.4. IV. Procuraduría o instituciones con funciones de protección ambiental del Distrito Federal y Entidades Federativas.
24.6. Art. 37-41 Obligación de compensar y reparar el medio, así como pagar los montos correspondientes con base a los términos acordados por el juez y en el plazo otorgado por este.
24.7. Art. 45-46: En el Fondo de responsabilidad, el objeto será el pago de la reparación de daños y los estudios e investigaciones a llevar a cabo.
24.7.1. El Fondo será vigilado y supervisado, con un patrimonio integrado por:
24.7.1.1. Sanciones económicas
24.7.1.2. Recursos necesarios.