PROCESO DE TRÁMITE DE DENUNCIA

Lancez-Vous. C'est gratuit
ou s'inscrire avec votre adresse e-mail
PROCESO DE TRÁMITE DE DENUNCIA par Mind Map: PROCESO DE TRÁMITE DE DENUNCIA

1. Cualquier persona, por sí misma o en representación de otra, puede presentar una denuncia o petición ante la Comisión para denunciar una violación a los derechos humanos. También pueden presentar peticiones un grupo de personas o una organización no gubernamental (ONG)

2. La persona que presenta una denuncia a la Comisión debe mostrar que hubo una violación de la Convención Americana, de la Declaración Americana, u otro de los instrumentos mencionados

3. CONDICIONES PARA PRESENTAR LA DENUNCIA:

3.1. Primera, debe referirse a la supuesta violación por parte de un Estado de los derechos establecidos en la Convención Americana

3.2. Segunda, el peticionario deberá haber agotado todos los recursos legales disponibles en el Estado donde ha ocurrido la violación y la denuncia o petición a la Comisión debe presentarse dentro de los seis meses siguientes a la fecha de notificación de la decisión final sobre el caso por parte del tribunal nacional (

3.3. Tercera, la denuncia no deberá estar pendiente de otro procedimiento internacional, como el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas.

4. CUÁNDO PUEDE PRESENTARSE UNA DENUNCIA:

4.1. La denuncia o petición deberá presentarse dentro de los seis meses siguientes de la fecha de notificación de la decisión final sobre el caso por los tribunales nacionales.

5. QUÉ DEBE INCLUIR UNA DENUNCIA:

5.1. Toda denuncia o petición debe presentarse por escrito. La petición deberá contener toda la información disponible. Si el peticionario es una persona o un grupo de personas, la petición deberá incluir el nombre del peticionario, nacionalidad, ocupación o profesión, dirección y firma(s)

5.1.1. Es también importante explicar cómo el Estado tiene relación con el hecho, y de qué manera su acción u omisión pudo haber violado el derecho en cuestión

6. TRÁMITE QUE SIGUE LA DENUNCIA

6.1. Si las partes no llegan a una solución amistosa del caso, la Comisión decidirá entonces los méritos del caso, es decir, si hubo o no violación de derechos humanos. Si la Comisión concluye que hubo una o varias violaciones de derechos humanos, dicta recomendaciones y las transmite al Estado, dándole un plazo para cumplirlas

6.2. La Comisión recibe una denuncia o petición por medio de su Secretaría Ejecutiva. La denuncia o petición es examinada para determinar si se han cumplido los requisitos necesarios para iniciar el trámite. Si se han cumplido, se envía al Estado para que responda la petición.

6.2.1. En caso de ser admisible, la denuncia o petición se transforma en un caso.

7. REPRESENTACIÓN LEGAL:

7.1. Debido a que la preparación, presentación y procesamiento de la denuncia o petición es un trámite relativamente simple, el peticionario puede hacerlo por sus propios medios sin que sea necesaria la asistencia de un profesional. Sin embargo, es útil el apoyo de un abogado o de una organización no gubernamental