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CODIGO CIVIL ART 7 par Mind Map: CODIGO CIVIL ART 7

1. Cuando una ley que estaba primero se ve bloqueada o interferida por una nueva se procede con lo siguiente.

1.1. 1. Las ley que se establece o modifica sobre la que ya existía es la que prevalecerá y se le dará estricto cumplimiento desde la fecha en la que se defina el inicio de su ejecución.

1.2. 2. A pesar de la renovación de una ley, la anterior no va a desaparecer y será tomada en cuenta para situaciones críticas con efecto a tomar una decisión final en el caso.

1.3. 3. Los bienes con objetivo de usufructo en base a una ley previa y si se efectúa alguna reestructuración de la misma serán regidos y dar cumplimiento a la nueva desde su ejecución

1.4. 4. Si se concibe un hijo bajo la vigencia de una ley antigua serán regidos por aquella más no por alguna nueva o si existe alguna modificación igual será nula. Entonces se podrán tener privilegios y usos únicamente de la ley anterior.

1.5. 5. Si un hijo accede a derecho de alimentos estará sujeto a la ley anterior todos sus beneficio y en caso de entrar una nueva ley en vigencia se tendrá en cuenta el periodo de duración para continuar con la ejecución del derecho, es decir la nueva ley va a determinar el tiempo de permanencia.

1.6. 6. Si la ley no determina un derecho no se podrá mal interpretar o direccionar un pensamiento que no esté plasmado y justificado por una ley en vigencia para ser considerado un derecho y ser respetado como tal.

1.7. 7. Aquellos que hayan adquirido el poder de administrar bajo una ley, no se verá afectada la continuidad en caso de que una nueva ley entre en vigencia esta será la que domine y se de cumplimiento al derecho de administrar.

1.8. 8. Si se reciben vienes ajenos para su administración que fueron aprobados su capacidad de obtenerlos en base a una ley anterior no se perderán por una nueva ley en vigencia pero si estará sujeto a su evaluación en base a la ley anterior para verificar la validez en su capacidad de administrar.

2. Respecto a las sentencias ya sean por descuido o errores administrativos se viera afectada se sujetará a la ley que sea considerada la menos rigurosa. Sin embargo los fallos cometidos bajo el regimiento de una nueva ley estarán sujetos a las misma.

2.1. 9. Los derechos adquiridos bajo en reglamento de una ley antigua seguirán prevaleciendo y disfrutando de sus beneficios hasta que la nueva ley regule su permanencia en el tiempo.

2.2. 10. Si se adquiere una posesión bajo una ley anterior el que entre en vigencia no afectara su perdida, renovación o retención, pero si será afectada por los requisitos que la nueva ley especifique.

2.3. 11. Aquellos derechos que se hayan concedido bajo el regimiento de una ley posterior y que sean considerados incorrectos por la nueva ley, seguirán en vigencia por el plazo que la ley anterior los estipule si no serán considerados como fallidos en caso del vencimiento de su plazo.

2.4. 12. Cuando una nueva ley prohíbe el beneficio de usufructos sucesivos en caso de no existir beneficiarios posteriores , se seguirá gozando de sus beneficios bajo el reglamento de la nueva ley y esta sujeto a cumplimiento y vigencia de esta.

3. La misma regla es aplicable a los derechos de uso o habitación sucesivos, y a los fideicomisos.

3.1. 13. El personal que haya sido contratado bajo una ley posterior se verán afectados y regidos en caso de que una nueva entre en vigencia estarán sujetos a la posterior.

3.2. 14. La validez de un testamento se sujetará a la ley en el que este haya sido otorgado pero las pautas que este contengan estarán sujetas a la nueva ley que esté vigente en el momento del fallecimiento de la persona principal.

4. Prevalecerán sobre las leyes anteriores a la muerte del testador las que regulen la incapacidad o indignidad de los herederos y desheredaciones.

4.1. 15. Si un testamento posee información que no debió darse esa disposición en base a la ley en el cual se otorgo, se dará a pesar de eso cumplimiento al mismo siempre y cuando no tengan inconsistencias en base a la nueva ley en vigencia el momento del fallecimiento del hereditario.

4.2. 16. En caso de que exista el otorgamiento de un testamento por la fuerza se regirá a las leyes de ese momento pero su verificación estará sujeta en la ley que este vigente cuando el hereditario muera.

5. Si el suceso ocurre bajo el reglamento de una ley y el testamento es otorgado bajo la vigencia de otra en caso de faltar el asignatario se otorgará el beneficio regido por la ley en la cual se entregó el testamento.

5.1. 17. En caso de una herencia se observará todo lo estipulado y será regido por la ley en vigencia.

5.2. 18. En los contratos se verán afectados por la leyes que rigen en la actualidad y estarán sujetos a las mismas.

5.3. 19. Aquellos contratos que sean verificados y aprobados por una ley posterior seguirán siendo aprovechados sin embargo estarán al mando de la ley que esté vigente en ese momento.

6. Las leyes de interés a reclamar en un juicio los derechos y las que dictaminen penas en caso de cometer irrespeto en el contrato será castigada en base al reglamento de la ley en el cual se haya cometido el acto.

6.1. 20. Las leyes que permanecen a ser formalizadas en juicios prevalecen sobre las anteriores desde el momento en que deban comenzar a tener vigencia.

6.2. 21. La persona que prescriba en regimiento de una ley posterior y no se llega a culminar la prescripción y entre en vigencia una nueva, estará en sus manos la decisión si regirse por la anterior o la actual pero si decidiera ir por la actual se deberá esperar un estimado de dos años.

7. En las cuestiones judiciales pendientes a la época de la promulgación de la ley que modifique el plazo para la prescripción, regirá la ley vigente a la época en que se trabó la litis.

7.1. 22. Lo que una ley posterior declara absolutamente imprescriptible no podrá ganarse por tiempo, bajo el imperio de la nueva ley, aunque el prescribiente hubiere principiado a poseer conforme a la ley anterior que autorizaba la prescripción. (Complicación en la interpretación)

7.2. 23. La leyes que se limiten a dar cumplimiento a otras leyes se tendrá por entendido que estás son parte de la misma debido a su participación pero no tendrá impacto en las sentencias.