Estatutos de la Organización Mundial del Turismopar Jhoan Ramos
1. Artículo 8. Los órganos de la Organización son los siguientes: a ) la Asamblea General, denominada desde ahora la Asamblea, b) el Consejo Ejecutivo, denominado desde ahora el Consejo, c ) la Secretaría.
2. Miembros
3. Artículo 4. a ) Los Miembros Efectivos, b) Los Miembros Asociados, c ) Los Miembros Afiliados.
4. Órganos
5. Asamblea General
6. Artículo 9. 1.La Asamblea es el órgano supremo de la Organización y se compondrá de los delegados representantes de los Miembros Efectivos. 2. En cada reunión de la Asamblea, cada Miembro Efectivo y Asociado estará representado por cinco delegados como máximo, uno de los cuales será designado jefe de la delegación por el Miembro. 3. El Comité de Miembros Afiliados podrá designar hasta tres observadores y cada Miembro Afiliado puede nombrar un observador que podrá participar en el trabajo de la Asamblea.
7. Secretaría
8. Artículo 21 La Secretaría está compuesta por el Secretario General y el personal que la Organización pueda necesitar. Artículo 22 El Secretario General será nombrado por recomendación del Consejo y por una mayoría de dos tercios de los Miembros Efectivos presentes y votantes en la Asamblea, para un período de cuatro años. Dicho nombramiento será renovable.
9. Capacidad jurídica, privilegios e inmunidades
10. Lenguas e interpretación
10.1. Artículo 38. Las lenguas oficiales de la Organización serán el español, el árabe, el francés, el inglés y el ruso.
11. Sede
12. Constitución
13. Fines
14. Artículo 1². La Organización Mundial del Turismo, que en adelante se denominará « la Organización », es una organización de carácter intergubernamental procedente de la transformación de la Unión Internacional de Organismos Oficiales de Turismo.
15. Artículo 3. El objetivo fundamental de la Organización será la promoción y desarrollo del turismo con vistas a contribuir al desarrollo económico, la comprensión internacional, la paz, la prosperidad y el respeto universal, y la observancia de los derechos humanos y las libertades fundamentales para todos, sin distinción de raza, sexo, lengua o religión
16. Consejo Ejecutivo
17. Presupuesto y gastos
18. Artículo 25 1. El presupuesto de la Organización destinado a cubrir las actividades administrativas y las del programa general de trabajo será financiado por las contribuciones de los Miembros Efectivos, Asociados y Afiliados, según la escala de valoración aceptada por la Asamblea, así como por todas las otras posibles fuentes de ingresos de la Organización, en conformidad con las disposiciones de las Reglas de Financiación anexas a los presentes Estatutos.
19. Artículo 31 La Organización tendrá personalidad jurídica. Artículo 32 La Organización gozará en los territorios de sus Estados Miembros, de los privilegios e inmunidades requeridos para el ejercicio de sus funciones. Dichos privilegios e inmunidades podrán ser definidos por acuerdos concluidos por la Organización.
20. Artículo 2. La sede de la Organización será determinada y podrá ser cambiada en todo momento por decisión de la Asamblea General.
21. Artículo 14. 1. El Consejo se compondrá de los Miembros Efectivos elegidos por la Asamblea a razón de un Miembro por cinco Miembros Efectivos, de conformidad con el Reglamento establecido por la Asamblea y con vistas a alcanzar una distribución geográfica justa y equitativa. 2. Un Miembro Asociado, elegido por los Miembros Asociados de la Organización, podrá participar en los trabajos del Consejo, sin derecho a voto. 3. Un representante del Comité de Miembros Afiliados podrá participar en los trabajos del Consejo, sin derecho a voto