1. Carta de crédito stand by
1.1. Especie de garantía bancaria, se utiliza para cubrir obligaciones financieras por falta de pago. El banco al emitir la carta, retiene el vendedor que, proporciona al cliente condiciones de cuenta abierta. Si el pago se lleva a cabo de acuerdo con las condiciones estipuladas por el vendedor, la carta de crédito no se emite.
1.1.1. Generalmente caduca después de doce meses.
1.1.1.1. Ejemplo de estas son las que tiene que ver con obligaciones de tipo comercial, de tipo financiero y de servicios.
2. Carta de crédito confirmado
2.1. Añade una segunda garantía de otro banco. El banco avisador, la sucursal o el banco corresponsal mediante el banco emisor envía la carta de crédito, añade su obligación y compromiso de pago.
3. Carta de crédito con cláusula verde.
3.1. Tiene los mismos alcances de la cláusula roja, excepto que bajo la carta de crédito emitida con cláusula verde el pago anticipado es efectuado contra presentación de un certificado de depósito o warrant, que asegure que la mercancía (total o parcial) está a disposición del importador (comprador).
3.1.1. Esta cláusula tiene un menor riesgo para el importador.
4. Carta de crédito de importación
4.1. Instrumento que formaliza el acuerdo en virtud del cual un banco, actuando a solicitud de un importador y de conformidad con sus instrucciones, se compromete a efectuar el pago a un exportador, contra la presentación de una serie de documentos exigidos dentro de un tiempo límite especificado.
4.1.1. Ejemplo son para empresas mexicanas que importan bienes y/o servicios (materias primas, insumos o componentes para sus procesos de producción y/o productos terminados).
5. Carta de crédito de exportación
5.1. Es un instrumento de pago que recibe un (exportador/ vendedor/ beneficiario) por medio de un banco confirmador/notificador con el compromiso de honrar el pago a su favor, contra la presentación conforme de documentos relativos a la venta de mercancías o prestación de servicios
5.1.1. Ejemplos de estas son las que realizan las empresas mexicanas exportadoras.
6. Carta de crédito revocable
6.1. Permite reformas, modificaciones y cancelaciones en cualquier momento y sin el consentimiento del exportador o beneficiario de los términos explicados en la carta de crédito.
7. Carta de crédito transferible
7.1. Se usan a menudo cuando el exportador es el agente del importador o un intermediario entre el proveedor y el importador, en lugar de ser el proveedor real de la mercancía.
7.1.1. Ejemplos de esta son para garantizar el suministro de materias primas
8. Carta de crédito único y rotativo
8.1. Se renueva en su valor y utilidad bajo los términos y condiciones inicialmente establecidas, sin que sea necesaria una modificación específica de la carta de crédito o la expedición de una nueva.
8.1.1. Ejemplo; embarques mensuales.
9. ¿Qué son?
9.1. Una promesa de un banco o instituto de crédito de pagar una cierta suma de dinero.
10. Carta de crédito comercial
10.1. Documento emitido por un banco (emisor) a petición de un cliente (ordenante/importador), que autoriza al beneficiario (exportador) a girar, contra dicho banco o contra otra entidad bancaria designada en la carta.
10.1.1. Efectos que éstos se comprometen a pagar si están emitidos conforma a las condiciones de apertura y van acompañados de los documentos señalados en la misma.
10.1.1.1. Ejemplos de estas son las que son de nivel local o internacional -de importación o de exportación-.
11. Carta de crédito no confirmado
11.1. El documento soporta sólo la garantía del banco emisor. El banco avisador simplemente informa al exportador los términos y condiciones de la carta de crédito. El exportador asume el riesgo de pago del banco emisor, que normalmente se encuentra en un país extranjero.
12. Carta de crédito con cláusula roja.
12.1. Permite que el exportador obtenga los cobros anticipados a cuenta y riesgo del comprador. El banco pagará un porcentaje del importe total del crédito.
13. Carta de crédito nacional
13.1. Instrumento de pago en transacciones comerciales en las que el ordenante y el beneficiario se encuentran en el mismo país
13.1.1. Ejemplo son las que realizan las empresas compradoras o vendedores de bienes y/o servicios
14. Carta de crédito irrevocable
14.1. Requiere el consentimiento del banco emisor, del beneficiario o exportador y el solicitante para rendir cualquier reforma, modificación o cancelación de los términos originales
14.1.1. Es la que más se usa y la preferida por los exportadores o beneficiarios, debido a que el pago siempre está asegurado y presentados los documentos.
14.1.1.1. Ejemplo; contrato de compra - venta internacional.