Ley de AIP (Acceso a la Información por su sigla)

Hecha por José Manuel Quintanilla Henriquez, tomado desde la ley de Acceso a la Información Pública

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Ley de AIP (Acceso a la Información por su sigla) par Mind Map: Ley de AIP (Acceso a la Información por su sigla)

1. Lo que expone en sus artículos

1.1. La ley de AIP establece que cualquier persona es libre de obtener información

1.1.1. Esto para tener una transparencia

1.1.2. Un gobierno más democrático en post de su comunidad

2. Lo que ofrece

2.1. Obtener información verídica según lo que solicitante pida

2.2. Pero excluye datos o información clasificada

2.2.1. Información que ha sido reservada como clasificada

2.2.1.1. No puede ser publicada debido a cierto grado, solo personas jurídicas o con cargos asignado puede ver la información reservada

2.2.1.2. Cualquier información filtrada al publico será sancionada con las respectivas autoridades

2.2.2. Documentos que por contenido no sea para el publico en general

2.2.3. Datos personales, solo se hará publico con el consentimiento de la persona en cuestión, pero si no es así, no podrá darse la información, esto es propiamente dicho en el artículo 24

3. Como esta constituida un instituto de AIP

3.1. ¿Cómo se crea?

3.1.1. Esto se establece en el articulo 51 en adelante la creación del Instituto de Acceso a la Información Pública

3.1.1.1. Articulo 52 "Estará integrado por cinco Comisionados y sus respectivos suplentes, quienes serán nombrados por el Presidente de la República. Durarán en sus cargos seis años y no podrán ser reelegidos"

4. Incumplimiento

4.1. Cualquier agente que no ofrece los servicios o que no cumpla con los artículos que integren dar información de contenido publico y que no de justificación será una sanción a su persona

4.1.1. No dar información o que no tengan intención de proporcionarla

4.1.1.1. Articulo 76 inciso a) dice lo siguiente Sustraer, destruir, ocultar, inutilizar o alterar, total o parcialmente, información que se encuentre bajo su custodia o a la que tengan acceso o conocimiento con motivo de su empleo, cargo o comisión

5. Sanciones para los agentes

5.1. Esta será proporcional a las infracciones, por lo que se le suspenderá de acuerdo a ella

5.1.1. Destitución

5.1.1.1. Solo se dará cuando la falta sea demasiado grande, y el encargado de destituir a un funcionario como un comisionado es el presidente de la republica esto propiamente dicho en el articulo 56

5.1.2. Suspensión

5.1.2.1. Esto según el artículo 77