1. Principio constitucional de igualdad y no discriminación
1.1. Los enfoques de igualdad corresponden a los procesos de búsqueda de formas para eliminar las inequidades respetando la diversidad. La Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo –Senplades-, se ha integrado como uno de los fundamentos de las políticas públicas sectoriales el “Enfoque basado en los Derechos Humanos”, que busca garantizar el buen vivir de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.
1.1.1. En un enfoque basado en derechos humanos, se pone en el centro del proceso de planificación a los seres humanos como titulares de derechos. Esto permite identificar inequidades en torno a la edad, el género, discapacidad, etnia, origen nacional, y otras formas contrarias al principio de igualdad determinadas en el artículo 11 de nuestra constitución.
1.1.2. ELEMENTOS TRANSVERSALES DE ANALISIS
1.1.2.1. Territorial
1.1.2.2. Interinstitucional
1.1.2.3. Participacion
1.1.2.4. Optimizacion de los recursos
1.1.3. ENFOQUES DE IGUALDAD
1.1.3.1. - Genero
1.1.3.2. - Discapacidad
1.1.3.3. - Interculturalidad
1.1.3.4. - Intergeneracionalidad
1.1.3.5. Movilidad Humana
2. Derechos Colectivos
2.1. Garantizan la protección de aquellos grupos que requieren de un tratamiento especial (mujer, pueblos indígenas y afrodescendientes, niños y niñas etc.) y establecer el papel de las Fuerzas Armadas en relación con estos colectivos.
3. Pueblos Indigenas
3.1. El Estado Ecuatoriano al reconocerse como un Estado plurinacional, reconoce y admite la existencia de múltiples nacionalidades y pueblos culturalmente diferentes que lo conforman como Estado.
3.2. Pueblos Indigenas en la actualidad
3.2.1. La actual Constitución de la República del Ecuador marcó un importante hito en la historia del país, por ser la primera en garantizar la vigencia y promoción de derechos, tanto de las personas como de los pueblos, las nacionalidades indígenas y la naturaleza.
3.2.2. El Consejo de Desarrollo de las Nacionalidades y Pueblos del Ecuador, define a los pueblos y nacionalidades indígenas como: “conjunto de pueblos milenarios anteriores y constitutivos del Estado ecuatoriano.
3.2.3. Existen al menos 14 nacionalidades indígenas. Cada una mantiene su propio idioma y cultura.
4. Las Fuerzas Armadas y la garantía de los derechos colectivos de los pueblos y nacionalidades del Ecuador
4.1. El respeto y el cumplimiento de los derechos son responsabilidad del Estado ecuatoriano y todas sus instituciones, también son responsabilidad de las Fuerzas Armadas.
4.2. La actual constitución describe a las FF.AA. como una institución de protección de los derechos, entre los que se encuentran los Derechos Colectivos de Pueblos y Nacionalidades reconocidos en la Constitución e Instrumentos Internacionales ratificados por el Ecuador.
5. Constitución 2008, Art.57, numeral 20
5.1. La Intervención de Fuerzas Armadas en comunidades indígenas y afroecuatorianas, cumple con lo que la Constitución ordena.
5.2. Que se limiten las actividades militares en territorios, las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas y del pueblo afroecuatoriano.
5.3. También manifiesta que el Estado deberá celebrar consultas eficaces con los pueblos indígenas interesados, utilizando procedimientos apropiados y en particular de sus instituciones representativas, antes de utilizar los territorios para actividades militares.
5.3.1. El decreto No. 433 de 21 de junio del 2007, que entregó a las FF.AA. el control de Espacios Geográficos Nacionales Reservados, puede llevar a que zonas de control militar coincidan con el control que ejercen pueblos indígenas y/o afro- ecuatorianos sobre sus territorios.
5.3.1.1. Esto ocurre principalmente en comunidades ubicadas en las fronteras.