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Organismo Ejectutivo par Mind Map: Organismo Ejectutivo

1. Ministerios

1.1. Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

1.1.1. Funciones

1.1.1.1. Formular y ejecutar participativamente la política de desarrollo agropecuario, de los recursos hidrobiológicos

1.1.1.2. Proponer y velar por la aplicación de normas claras y estables en materia de actividades agrícolas, pecuarias y fitozoosanitarias, y de los recursos hidrobiológicos

1.1.1.3. Formular la política de servicios públicos agrícolas, pecuarios, fitozoosanitarios y de los recursos hidrobiológicos, estos últimos en lo que le ataña, y administrar descentralizadamente su ejecución

1.2. Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda.

1.2.1. Funciones

1.2.1.1. Administrar en forma descentralizada y subsidiaria o contratar la provisión de los servicios de diseño, construcción, rehabilitación, mantenimiento y supervisión de las obras públicas e infraestructura a su cargo.

1.2.1.2. Proponer al Organismo Ejecutivo las normas técnicas relativas a las obras públicas

1.2.1.3. Financiar subsidiariamente el diseño, construcción, rehabilitación y mantenimiento de las obras públicas.

1.3. Ministerio de Cultura y Deportes

1.3.1. Funciones

1.3.1.1. Formular, ejecutar y administrar descentralizadamente la política de fomento, promoción y extensión cultural y artística, de conformidad con la ley.

1.3.1.2. Formular, ejecutar y administrar descentralizadamente la política de preservación y mantenimiento del patrimonio cultural de la Nación

1.3.1.3. Formular, ejecutar y administrar descentralizadamente la política de preservación y mantenimiento del patrimonio cultural de la Nación

1.4. Ministerio de Economía

1.4.1. Funciones

1.4.1.1. Formular y ejecutar dentro del marco jurídico vigente, las políticas de protección al consumidor, de fomento a la competencia y de represión legal de la competencia desleal

1.4.1.2. Formular y ejecutar dentro del marco jurídico vigente, la política de inversión nacional y extranjera, de promoción de la competitividad, del desarrollo industrial y comercial, y proponer las directrices para su ejecución

1.4.1.3. Proponer al Organismo Ejecutivo, en coordinación con los otros ministerios y organismos del Estado, las especificaciones y normas técnicas y de calidad de la producción nacional.

1.5. Ministerio de Educación.

1.5.1. Funciones

1.5.1.1. Formular y administrar la política educativa, velando por la calidad y la cobertura de la prestación de los servicios educativos públicos y privados, todo ello de conformidad con la ley.

1.5.1.2. Coordinar con el Ministerio de Comunicaciones, Transporte, Obras Públicas y Vivienda las propuestas para formular y poner en vigor las normas técnicas para la infraestructura del sector.

1.5.1.3. Formular la política de becas y administrar descentralizadamente el sistema de becas y bolsas de estudio que otorga el Estado.

1.6. Ministerio de Energía y Minas

1.6.1. Funciomes

1.6.1.1. Estudiar y fomentar el uso de fuentes nuevas y renovables de energía; promover su aprovechamiento racional y estimular el desarrollo y aprovechamiento racional de energía en sus diferentes formas y tipos

1.6.1.2. Formular la política, proponer la regulación respectiva y supervisar el sistema de exploración, explotación y comercialización de hidrocarburos y minerales.

1.6.1.3. Ejercer las funciones normativas y de control y supervisión en materia de energía eléctrica que le asignen las leyes.

1.7. Ministerio de Finanzas Públicas.

1.7.1. Funciones

1.7.1.1. Formular la política fiscal y financiera de corto, mediano y largo plazo, en función de la política económica y social del Gobierno.

1.7.1.2. Formular las normas para la desconcentración en la percepción de los ingresos y en la ejecución de los egresos.

1.8. Ministerio de Gobernación.

1.8.1. Funciones

1.8.1.1. Compilar y publicar ordenadamente los códigos, leyes y reglamentos de la República.

1.8.1.2. Ejercer la vigilancia y supervisión de los montes de piedad, rifas y loterías, salvo lo dispuesto por leyes específicas.

1.8.1.3. Dar cumplimiento a las resoluciones emanadas de los tribunales de justicia en lo que le compete.

1.9. Ministerio de la Defensa Nacional.

1.9.1. Funciones

1.9.1.1. Atender lo relacionado con información y comunicaciones internacionales de carácter oficial.

1.9.1.2. Otras relacionadas con el desarrollo político, social, cultural y con el proceso de globalización política.

1.10. Ministerio de Relaciones Exteriores

1.10.1. Funciones

1.11. Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

1.11.1. Funciones

1.11.1.1. Proponer la normativa de saneamiento ambiental y vigilar su aplicación.

1.11.1.2. Realizar estudios y proponer las directrices para la ejecución de programas de vigilancia y control epidemiológico.

1.12. Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

1.12.1. Funciones

1.12.1.1. Formular la política laboral, salarial y de salud e higiene ocupacional del país.

1.12.1.2. Velar por el cumplimiento de la legislación laboral en relación con la mujer, el niño y otros grupos vulnerables de trabajadores.

1.13. Ministerio de Ambiente y Recursos naturales

1.13.1. Funciones

1.13.1.1. Formular participativamente la política de conservación, protección y mejoramiento del ambiente y de los recursos naturales

1.13.1.2. Formular las políticas para el mejoramiento y modernización de la administración descentralizada del sistema guatemalteco de áreas protegidas,

1.13.1.3. Diseñar, en coordinación con el Ministerio de Educación la política nacional de educación ambiental y vigilar porque se cumpla

2. Secretarias

2.1. Definicion

2.1.1. Las Secretarías de la Presidencia son dependencias de apoyo a las funciones del Presidente de la República.

2.2. Clases de secreatarias

2.2.1. Secretaria General de la Presidencia

2.2.2. Secretaria privada de la Presidencia

2.2.3. Secretaria De Coordinacion Ejecutiva De La Presidencia.

2.2.4. Secretaria De Comunicacion Social De La Presidencia.

2.2.5. Secretaria De Analisis Estrategico De La Presidencia.

2.2.6. Secretaria De Planificacion Y Programacion De La Presidencia.

3. Gobernadores departamentales

3.1. Definicion

3.1.1. El Gobierno de los departamentos está a cargo de un Gobernador, nombrado por el Presidente de la República. También habrá un gobernador suplente.

3.2. Funciones

3.2.1. Representar en su departamento, por delegación expresa, al Presidente de la República.

3.2.2. Presidir el Consejo Departamental de Desarrollo Urbano y Rural.

3.2.3. Propiciar e impulsar el pronto y eficaz cumplimiento de las políticas y acciones generales y sectoriales del Gobierno Central.

3.2.4. Requerir y contratar las asesorías específicas necesarias para el mejor cumplimiento de sus funciones.

3.3. Nombramiento

3.3.1. Los gobernadores departamentales titulares y suplentes serán nombrados por el Presidente de la República

3.4. Calidad

3.4.1. Guatemalteco

3.4.2. Mayor de 30 años

3.4.3. En el goce de sus funciones

3.5. Atribuciones

3.6. Funcionamiento

3.6.1. Las gobernaciones departamentales no pueden ejecutar programas o proyectos de inversión

3.6.2. Para su funcionamiento recibirán recursos del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado.

4. Regulación Legal

4.1. Constitución Política de la República de Guatemala

4.2. Decreto 114 - 97 Ley del Organimos Ejectutivo

5. Competencias y principios que rigen la función administrativa

5.1. Formulación y ejecución de las políticas de gobierno

5.2. Principio: el bien común y ejercer funciones con solidaridad

6. Presidente de la república

6.1. Definicion:

6.1.1. Jefe de estado de Guatemala.

6.2. Requusito:

6.2.1. Los guatemaltecos de origeorigen

6.3. Funciones:

6.3.1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes

6.3.2. Ejercer el mando de toda la fuerza pública

6.3.3. Presentar iniciativas de ley al Congreso de la República

6.3.4. Coordinar, en Consejo de Ministros, la política de desarrollo de la Nación

6.4. Prohibiciones para obtar al cargo

6.4.1. Los miembros del Ejército, salvo que estén de baja o en situación de retiro por lo menos cinco años antes de la fecha de convocatoria

6.4.2. Los ministros de cualquier religión o culto

6.4.3. Los Magistrados del Tribunal Supremo Electoral

7. Vicepresidente de la República

7.1. Definicion

7.1.1. el Vicepresidente de la República ejercerá las funciones de Presidente de la República en los casos y forma que establece la Constitución. Será electo en la misma planilla con el Presidente de la República, en idéntica forma y para igual período.

7.2. Requisitos

7.2.1. los guatemaltecos de origen que sean ciudadanos en ejercicio y mayores de cuarenta años.

7.3. Funciones

7.3.1. Participar en las deliberaciones del Consejo de Ministros con voz y voto

7.3.2. Presidir el Consejo de Ministros en ausencia del Presidente de la República

7.3.3. Presidir los órganos de asesoría del Ejecutivo que establezcan las leyes

7.3.4. Coordinar la labor de los Ministros de Estado

7.3.5. Coadyuvar, con el Presidente de la República, en la dirección de la política general del Gobierno

7.4. Prohibiciones

7.4.1. Los miembros del Ejército, salvo que estén de baja o en situación de retiro por lo menos cinco años antes de la fecha de convocatoria

7.4.2. Los ministros de cualquier religión o culto

7.4.3. Los Magistrados del Tribunal Supremo Electoral

8. Consejo de ministros

8.1. Funciones

8.1.1. Discutir y proponer al Presidente de la República su parecer sobre las políticas, planes y programas de gobierno

8.1.2. Concurrir con el Presidente de la República a declarar o no la lesividad de los actos o contratos administrativos, para los efectos de la interposición del recurso de lo contencioso administrativo.

8.1.3. Conocer y emitir opinión sobre los asuntos que someta a su consideración el Presidente de la República

8.2. Requisitos para ser Ministro de estado

8.2.1. Ser guatemalteco

8.2.2. Hallarse en el goce de los derechos de ciudadanos

8.2.3. Ser mayor de treinta años

8.3. Funciones de los Ministros

8.3.1. Ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su Ministerio

8.3.2. Nombrar y remover a los funcionarios y empleados de su ramo, cuando le corresponda hacerlo conforme a la ley

8.3.3. Presentar anualmente al Presidente de la República, en su oportunidad, el proyecto de presupuesto de su Ministerio

8.3.4. Dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su Ministerio

8.4. Prohibiciones de los Ministros

8.4.1. Los parientes del Presidente o del Vicepresidente de la República, así como los de otro Ministro de Estado, dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad

8.4.2. Los que habiendo sido condenados en juicio de cuentas no hubieren solventado su responsabilidad

8.5. Actuacion ministerial

8.5.1. Los Ministros tienen autoridad y competencia en toda la República para los asuntos propios de su ramo; Los ministros se reputarán como en falta temporal cuando se encuentren fuera del territorio de la República o imposibilitados por enfermedad u otra incapacidad, para el ejercicio de sus funciones,