RESPONSABILIDAD PARENTAL.

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RESPONSABILIDAD PARENTAL. par Mind Map: RESPONSABILIDAD PARENTAL.

1. Contenido del cuidado personal, la representación legal y de la administración de bienes.

1.1. CUIDADO PERSONAL: El cuidado personal se concreta en el trato íntimo de protección y cuidado que los padres han de dar a los hijos, para hacer de ellos personas equilibradas en los aspectos físico, intelectual, emocional y afectivo, por lo cual la crianza y educación forman parte del conjunto de derechos y deberes que conforman el cuidado personal, así como la formación moral y religiosa, corrección y asistencia, así como también la convivencia, relaciones y trato. Un único aspecto que debe considerarse en la anterior definición es en cuanto a la corrección de los niños, niñas y adolescentes, que aún se sustenta en las disposiciones de la LEPINA, debe entenderse que este derecho de corrección, no es más que una manifestación de la función que atañe al padre y a la madre por la responsabilidad que los mismos tienen sobre su hijo, constituye una especie de orientación, en sus extremos, en la búsqueda de una cesación de la conducta inadecuada del niño, niña o adolescente, pero no porque no se adecue al prototipo que las sociedades generalmente sientan sobre la base de convencionalismos sociales, sino aquella conducta dirigida en contra del bienestar y mayor interés del mismo.

1.2. REPRESENTACIÓN LEGAL: La representación es una institución mediante la cual, una persona queda obligada o adquiere un derecho como consecuencia inmediata o directa del acto jurídico, celebrado en su nombre o por un tercero debidamente facultado para tal efecto. Su utilidad es manifiesta, permite el desarrollo del comercio y facilita las relaciones jurídicas. Además es necesaria para que determinadas personas, puedan actuar en la vida del Derecho.

1.3. ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES. La finalidad de la administración es conservar el patrimonio de los hijos para entregárselos a su libre administración, cuando concluyan el desarrollo progresivo de sus facultades; la ventaja prestada a la administración de los bienes del niño, niña y adolescente que trajo la LEPINA, es que él (el niño, niña o adolescente) mismo puede en determinados momentos verse involucrado en la toma de decisiones de esa administración, siempre que trate de hacer valer los derechos que consagra a favor del niño, niña y adolescente las disposiciones de la LEPINA. Por ejemplo, si se encubre la venta de los propios bienes a favor del niño, niña o adolescente, éste puede buscar, siempre bajo el consenso de sus padres, la decisión que favorezca a su bienestar, y si en caso el padre o la madre se opusieren, el juez respectivo puede solventar y buscar el mejor interés del niño.

2. La responsabilidad parental: es el conjunto de deberes y derechos que corresponden a los progenitores sobre la persona y bienes del hijo, para su protección, desarrollo y formación integral mientras sea menor de edad y no se haya emancipado.

3. Elementos de la responsabilidad parental

3.1. * responsabilidad: eje del conjunto de deberes y derechos.

3.2. * De ambos progenitores: principio de coparentalidad; en un ámbito de igualdad sin preferencia de genero sobre el otro.

3.3. * Finalidad: la protección, desarrollo y formación integral de los niños, niñas y adolescentes.

4. Finalización de la responsabilidad parental.

4.1. - Por la muerte real o presunta de los padres o por la del hijo.

4.2. - Por la adopción del hijo, salvo en el caso del inciso segundo del articulo 170.

4.3. - Por el matrimonio del hijo

4.4. - Por haber cumplido el hijo la mayoría de edad.