INCOTERMS (2010) APLICACIÓN DERECHO COLOMBIANO

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INCOTERMS (2010) APLICACIÓN DERECHO COLOMBIANO par Mind Map: INCOTERMS (2010) APLICACIÓN DERECHO COLOMBIANO

1. INCOTERM para cada necesidad

1.1. Responder a cada necesidad en función de las capacidades que tiene cada una de las partes en la compraventa internacional

1.1.1. Vendedor que no tiene capacidad operativa alguna para exportar

1.1.2. vendedor que tiene la capacidad operativa suficiente para ubicar las mercaderías en cualquier lugar o territorio

1.1.3. Comprador que no tiene capacidad operativa alguna para lograr traer por sus propios medios las mercaderías hasta su país

1.1.4. INCOTERMS

1.1.4.1. Obligaciones de las partes en la compraventa

1.1.4.2. Permite a las partes según sus capacidades, satisfacer sus necesidades en el comercio mundial

2. Aplicación INCOTERMS CCI Derecho colombiano

2.1. Se aplican única y exclusivamente cuando las partes han hecho referencia expresa a estos usos comerciales

2.1.1. Manera expresa y clara indicando el número de documento y la fecha de su expedición

2.1.2. Surge al momento de la celebración del contrato

2.1.3. Delimitando el alcance de sus obligaciones y de su responsabilidad por la pérdida o deterioro de las mercaderías

3. Regulación INCOTERMS compraventa marítima Cod.Comer colombiano

3.1. Ordenamiento jdco colombiano incorpora una definición propia de algunos de los usos comerciales internacionales

3.1.1. Art 1693 FAS-libre al Costado

3.1.2. Art 1694 FOB- libre a Bordo

3.1.3. Art 1697 CIF-costo seguro y flete

3.1.4. Art 1698 C&F Costo y Flete

3.2. Incorporar un término INCOTERM al contrato de compraventa suscrito en el país

3.2.1. Hace referencia para evitar posibles confusiones en la interpretación del mismo

3.2.2. Aclare a qué grupo de normas pertenece el término incorporado al contrato

4. INCOTERMS 2010 Cámara de Comercio Internacional

4.1. Dos nuevas reglas INCOTERMS (DAT y DAP) que sustituyen las reglas INCOTERMS 2000 DAF, DES, DEQ y DDU

4.1.1. DAT (entrega en terminal) a disposición del comprador, descargada del vehículo de llegada. Puede ser un puerto

4.1.2. DAP (entregada en el lugar) a disposición del comprador, preparada para la descarga.

4.1.2.1. Vehículo de llegada puede ser un barco y el lugar de destino puede ser un puerto. Vendedor corre con todos los costes

4.2. Clasificación de las 11 reglas INCOTERMS 2010

4.2.1. Reglas para cualquier modo o modos de transporte

4.2.1.1. EXW En Fábrica

4.2.1.2. FCA Franco transportista

4.2.1.3. CPT Transporte pagado hasta

4.2.1.4. CIP Transporte y seguro pagados hasta

4.2.1.5. DAT Entregada en terminal

4.2.1.6. DAP Entregada en lugar

4.2.1.7. DDP Entregada derechos pagados

4.2.2. Reglas para transporte marítimo y vías navegables interiores

4.2.2.1. FAS Franco al costado del buque

4.2.2.2. FOB Franco a bordo

4.2.2.3. CFR Coste y flete

4.2.2.4. 11.CIF Coste, seguro y flete

4.2.2.5. Punto de entrega y el lugar al que la mercancía se transporta al comprador son ambos puertos

4.3. De la borda del buque a “a bordo” del buque

4.3.1. ART 1694 cod.comer

4.3.1.1. Vendedor debe entregar las mercaderías cargadas efectivamente en el buque

4.3.2. Nuevos INCOTERMS 2011

4.3.2.1. Riesgo de pérdida o deterioro de las mercaderías

4.3.2.1.1. Durante toda la operación de carga en el buque estará en cabeza del vendedor, independientemente de si las mercaderías han pasado o no la borda del buque

4.4. Reglas para el comercio nacional e internacional

4.4.1. Pueden aplicarse tanto a los contratos de compraventa internacionales como a los nacionales

4.4.1.1. Por dos razones

4.4.1.1.1. Las empresas utilizan habitualmente las reglas INCOTERMS para contratos de compraventa puramente nacionales

4.4.1.1.2. Mayor disposición en Estados Unidos a utilizar las reglas INCOTERMS en el comercio interior

4.5. Comunicación electrónica

4.5.1. Otorgan ahora a los medios de comunicación electrónicos la misma eficacia que la comunicación en papel

4.5.1.1. En la medida que las partes así lo acuerden o cuando sea la costumbre

4.5.2. Lex electrónica que sirva como base segura de las negociaciones por medios electrónicos

4.5.3. Aceptación del pleno valor probatorio que deben tener las comunicaciones electrónicas

4.5.3.1. Regulación armónica y coherente que sirva para suplir las necesidades de ese comercio electrónico

4.6. Cobertura del seguro

4.6.1. Obligaciones de información relacionadas con el seguro

4.6.1.1. Los contratos de transporte y de seguro y aclara las obligaciones de las partes al respecto

4.7. Gastos por manipulación en la terminal

4.7.1. Antes

4.7.1.1. Reglas INCOTERMS CPT, CIP, CFR, CIF, DAT, DAP y DDP

4.7.1.1.1. El vendedor debe encargarse del transporte de las mercancías hasta el destino acordado

4.7.1.1.2. Vendedor normalmente incluye los costes del flete en el precio total de venta.

4.7.2. Ahora

4.7.2.1. El comprador deberá cancelar los costes de descarga incluyendo los gastos de gabarra y de muellaje

4.7.2.1.1. Salvo que tales costes y gastos fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte

4.8. Cadena de ventas

4.8.1. Incluyen la obligación de “procurar la mercancía embarcada”

4.8.1.1. Obligación de embarcar la mercancía en las reglas INCOTERMS pertinentes

5. Descripción nuevos términos publicación 2010

5.1. Reglas para cualquier modo o modos de transporte

5.1.1. EXW (Ex-Works) - En Fábrica (lugar convenido) (Cualquier tipo de transporte)

5.1.1.1. “En fábrica”

5.1.1.1.1. Vendedor realiza la entrega cuando pone la mercancía a disposición del comprador en los locales del vendedor o en otro lugar designado

5.1.1.2. Representa la obligación mínima

5.1.1.2.1. para el vendedor

5.1.1.3. Obligaciones vendedor

5.1.1.3.1. Obligado a adoptar todas las medidas

5.1.1.3.2. Necesarias y que sean razonables para la conservación de las mercaderías

5.1.1.4. Obligaciones comprador

5.1.1.4.1. recibir las mercaderías una vez son puestas a su disposición en el punto acordado

5.1.2. FCA (Free Carrier) - Libre (o franco) transportista (lugar convenido) (Cualquier tipo de transporte)

5.1.2.1. “Franco Transportista”

5.1.2.1.1. El vendedor entrega la mercancía al porteador o a otra persona designada por el comprador en los locales del vendedor o en otro lugar designado

5.1.2.2. Obligaciones vendedor

5.1.2.2.1. Tiene obligación de tramites aduaneros

5.1.2.2.2. Carece de obligación respecto del contrato de transporte puede contratar el transporte a riesgos y expensas del comprador

5.1.2.2.3. Proveer el empaque y embalaje

5.1.2.2.4. Entregar las mercaderías y la factura correspondiente al comprador

5.1.2.3. Obligaciones comprador

5.1.2.3.1. Licencias de importación de las mercaderías

5.1.2.3.2. Pagar precio acordado en el contrato al momento de la entrega de las mercaderías

5.1.3. CPT (Carriage Paid To) - Transporte pagado hasta (lugar de destino convenido) (cualquier modo de transporte)

5.1.3.1. Transporte agado hasta

5.1.3.1.1. Vendedor entrega la mercancía al transportador o a otra persona designada por el vendedor en un lugar acordado

5.1.3.1.2. Vendedor debe contratar y pagar los costes del transporte para llevar la mercancía hasta el lugar de destino acordado

5.1.3.2. Riesgo de perdida

5.1.3.2.1. Pasa al comprador el vendedor deberá entregar las mercaderías al transportador designado en la fecha o periodo acordados en el contrato

5.1.3.3. Obligaciones vendedor

5.1.3.3.1. Entregar las mercaderías y la factura comercial

5.1.3.3.2. Pagar costes de operaciones de verificación y proveer embalaje y empaque

5.1.3.4. Obligaciones comprador

5.1.3.4.1. Recibir mercaderías cuando se entreguen en el lugar y fechas pactados

5.1.3.5. Riesgo de pérdida

5.1.3.5.1. Comprador asume el resigo desde el momento mismo en que las mismas son entregadas al transportador en los términos acordados en el contrato

5.1.4. CIP (Carriage and Insurance Paid to) - Transporte y seguro pago hasta (lugar de destino convenido) (Cualquier modo de transporte)

5.1.4.1. “Transporte y seguro pagados hasta”

5.1.4.1.1. Vendedor entrega la mercancía al porteador o a otra persona designada por él mismo en un lugar acordado

5.1.4.1.2. Pagar los costes del transporte y seguros necesarios para llevar la mercancía hasta el lugar de destino designado

5.1.4.2. Obligaciones vendedor

5.1.4.2.1. Obtener a su propio riesgo cualquier licencia de exportación

5.1.4.2.2. Pagar costes de trámites aduaneros necesarios para la exportación

5.1.4.3. Obligaciones comprador

5.1.4.3.1. Costes de tramites aduaneros

5.1.4.3.2. Pagar costes de inspección previa al embarque

5.1.5. DAT (Delivered at Terminal) - Entregado en terminal (lugar de destino convenido) (Cualquier modo de transporte)

5.1.5.1. Entregada en terminal

5.1.5.1.1. Vendedor realiza la entrega cuando la mercancía, una vez descargada del medio de transporte de llegada se pone a disposición del comprador en la terminal designada en el puerto o lugar de destino acordados

5.1.5.2. Obligaciones vendedor

5.1.5.2.1. DAT exige que el vendedor despache la mercancía para la exportación, cuando sea aplicable

5.1.5.2.2. Descargar mercancía

5.1.5.2.3. Pagar costes de trámites aduaneros necesarios para la exportación

5.1.5.3. Obligaciones comprador

5.1.5.3.1. Hacerse cargo de la mercancia cuando se haya entregado

5.1.5.3.2. Costes de tramites aduaneros

5.1.5.4. Riesgos

5.1.5.4.1. Vendedor corre con todos los riesgos que implica llevar la mercancía hasta la terminal en el puerto o en el lugar de destino designados y descargarla

5.1.6. DAP (Delivered at Place) - Entregado en lugar determinado (lugar de destino convenido) (Cualquier modo de transporte)

5.1.6.1. Entregada en lugar

5.1.6.1.1. Vendedor realiza la entrega cuando la mercancía se pone a disposición del comprador en el medio de transporte de llegada preparada para la descarga en el lugar de destino designado

5.1.6.2. Obligaciones vendedor

5.1.6.2.1. Pagar los costes de las operaciones de verificación

5.1.6.2.2. Entregar la mercancía y factura comercial

5.1.6.3. Obligaciones comprador

5.1.6.3.1. Pagar el precio de la mercancía según lo dispuesto en el contrato

5.1.6.4. Riesgos

5.1.6.4.1. Vendedor corre con todos los riesgos que implica llevar la mercancía hasta el lugar designado

5.1.7. DDP (Delivered Duty Paid) - Entregada derechos pagados (lugar de destino convenido)

5.1.7.1. Entregada derechos pagados

5.1.7.1.1. Vendedor entrega la mercancía cuando ésta se pone a disposición del comprador, despachada para la importación en los medios de transporte de llegada, preparada para la descarga en el lugar de destino designado

5.1.7.2. Obligaciones vendedor

5.1.7.2.1. Debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de exportación

5.1.7.2.2. El vendedor debe pagar los costes de las operaciones de verificación. El IVA o cualquier otro impuesto

5.1.7.2.3. entregar la mercancía poniéndola a disposición del comprador en los medios de transporte

5.1.7.2.4. Obligación máxima para el vendedor

5.1.7.3. Obligaciones comprador

5.1.7.3.1. Hacerse cargo de la mercancía cuando se haya entregado

5.1.7.4. Riesgos

5.1.7.4.1. Vendedor corre con todos los costes y riesgos que implica llevar la mercancía hasta el lugar de destino y tiene la obligación de despacharla tanto para la importación y exportación

5.2. Reglas para transporte marítimo y vías navegables interiores

5.2.1. FAS (Free Along Ship) - Libre (o franco) al costado del buque (puerto de carga convenido) (Transporte marítimo o fluvial)

5.2.1.1. Franco al costado del buque

5.2.1.1.1. Vendedor realiza la entrega cuando la mercancía se coloca al costado del buque designado por el comprador

5.2.1.2. Obligaciones vendedor

5.2.1.2.1. Entregar la mercancía o ponerla al costado del buque designado por el comprador

5.2.1.2.2. Notificar al comprador que la mercancía se ha entregado o que el buque no se ha hecho cargo de la mercancía en el plazo acordado

5.2.1.2.3. La responsabilidad llega hasta la entrega de mercaderías al costado del transporte contratado para llevar las mercaderías

5.2.1.3. Obligaciones comprador

5.2.1.3.1. Pagar los costes de cualquier inspección obligatoria previa al embarque,

5.2.1.4. Riesgo

5.2.1.4.1. El riesgo de pérdida o daño a la mercancía se transmite cuando la mercancía está al costado del buque, y el comprador corre con todos los costes desde ese momento en adelante

5.2.2. FOB (Free On Board) - Libre (o franco) a bordo (puerto de carga convenido) (Transporte marítimo o fluvial)

5.2.2.1. Franco a bordo

5.2.2.1.1. Vendedor entrega la mercancía a bordo del buque designado por el comprador en el puerto de embarque designado

5.2.2.2. Obligaciones vendedor

5.2.2.2.1. Obligación de contratar el transporte internacional (servicio adicional)

5.2.2.2.2. Pagar los costes de las operaciones de verificación

5.2.2.3. Obligaciones comprador

5.2.2.3.1. Contratar, a sus propias expensas, el transporte de la mercancía desde el puerto de embarque designado

5.2.2.4. Riesgo

5.2.2.4.1. El riesgo de pérdida o daño a la mercancía se transmite cuando ésta está a bordo del buque

5.2.3. CFR (Cost and Freight) - Costo y flete (puerto de destino convenido) (Transporte marítimo o fluvial)

5.2.3.1. Coste y flete

5.2.3.1.1. Vendedor entrega la mercancía a bordo del buque o procura la mercancía así entregada.

5.2.3.2. Obligaciones vendedor

5.2.3.2.1. Deberá encargarse de contratar el transporte internacional hasta el puerto de destino acordado y pagar el flete hasta ese destino

5.2.3.2.2. Pagar los costes de los trámites aduaneros necesarios para la exportación

5.2.3.3. Obligaciones comprador

5.2.3.3.1. Los costes y gastos relativos a la mercancía mientras está en tránsito hasta su llegada al puerto de destino

5.2.3.3.2. los costes de descarga, incluyendo los gastos de gabarra y de muellaje

5.2.3.4. Riesgo

5.2.3.4.1. Se transmite cuando la mercancía esté a bordo del buque

5.2.3.4.2. El riesgo y los costes se transmiten en lugares diferentes

5.2.4. CIF (Cost, Insurance and Freight) - Costo, seguro y flete (puerto de destino convenido)

5.2.4.1. Costo, seguro y flete

5.2.4.1.1. Vendedor entrega la mercancía a bordo del buque o procura la mercancía así entregada

5.2.4.2. Obligaciones vendedor

5.2.4.2.1. Entregar los documentos que prueben la entrega de las mercaderías en los términos acordados en el contrato

5.2.4.2.2. El conocimiento de embarque y la póliza de seguro

5.2.4.2.3. Pagar el flete y todos los costos de cargar la mercancía a bordo

5.2.4.3. Obligaciones comprador

5.2.4.3.1. Pagar los costes de cualquier inspección obligatoria previa al embarque,

5.2.4.3.2. Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial

5.2.4.4. Riesgo

5.2.4.4.1. El riesgo de pérdida o daño a la mercancía se transmite cuando la mercancía está a bordo del buque

6. Introducción

6.1. El contrato

6.1.1. Regulador primigenio de la relación

6.1.2. “el contrato es ley para las partes”

6.1.3. Campo de comercio internacional y la compraventa internacional

6.1.3.1. El contrato se convierte en el medio de producción de normas, deberes, obligaciones y derechos, reflejando el ppio de autonomía de la voluntad

6.1.4. Flexibilización

6.1.4.1. Difícil encontrar que la compraventa internacional este bien documentada

6.1.4.1.1. Consignada en una factura comercial o en orden de compra

6.1.4.2. Acudir a una regulación diferente de la propuesta por las partes

6.1.4.2.1. Usos y practicas mercantiles

6.2. Usos y practicas mercantiles

6.2.1. Regularidad en el modo de comportamiento de los agentes del comercio y en las convenciones que estos acuerdan

6.2.1.1. Rigen las relaciones en un mercado particular

6.2.1.2. Deben ser respetados por todos aquellos que deciden interactuar en esos mercados

6.2.2. Cámara Comercio Internacional

6.2.2.1. Compilar usos que se consideren más importantes para la comunidad internacional de comerciantes

6.2.2.1.1. Proposito

6.2.3. Usos convencionales

6.2.3.1. Acuerdo particular y determinado (expreso o tácito) para el empleo de un uso específico en una transacción concreta.

6.2.3.1.1. INCOTERMS 2000

6.2.3.1.2. Reglas uniformes sobre crédito documentario RUU600

6.2.3.1.3. Reglas de York y Amberes en el campo de transporte marítimo

6.2.3.1.4. Acuerdos de las partes (expresos o tácitos)

6.2.4. Usos normativos

6.2.4.1. Costumbre mercantil entendida como prácticas comerciales

6.2.4.1.1. Conductas generada por la sociedad de comerciantes en un sector de trafico negocial ampliamente

6.2.5. Practicas negociales

6.2.5.1. Creadoras de un patrón común de comportamiento de obligatorio cumplimiento en un contrato

6.2.5.1.1. Habitualidad de la practica en contrato anteriores = vinculantes para los contratos= contenido del contrato

6.2.6. Caso de conflictos

6.2.6.1. Acudir a otros cuerpos de normas como la Convención de Viena o la ley local o nacional aplicable al contrato

6.3. Compraventa internacional y contratación internacional

6.3.1. Usos tienen carácter obligatorio

6.3.1.1. . Las partes quedarán obligadas por cualquier uso en que hayan convenido y por cualquier práctica que hayan establecido entre ellas

6.3.1.1.1. Principios UNIDROIT

6.4. Convención Viena 1980

6.4.1. Parte I

6.4.1.1. No dispone de reglas relativas al conflicto de leyes

6.4.2. Parte II

6.4.2.1. derechos y obligaciones de compradores y vendedores.

6.4.2.2. Acciones que pueden interponerse en los casos de incumplimiento de una o ambas de las partes en obligaciones contractuales o legales.

6.4.3. Parte III

6.4.3.1. Reglas relativas al ámbito de aplicación de la Convención

6.4.4. Regulados

6.4.4.1. Formación del contrato

6.4.4.1.1. Deberes y obligaciones dimanantes del incumplimiento de las partes

6.4.5. No regulados

6.4.5.1. Se rigen por la Convención pero no que están expresamente resultas en ella

6.4.5.1.1. a) ppios generales en los que se basa la convención

6.4.5.1.2. b) ppio UNIDROIT

6.4.5.1.3. c) la ley local o nacional aplicable en virtud de las normas de Derecho Internacional privado

6.5. Principios Convención

6.5.1. Propósito fundamental

6.5.1.1. Guiar al juez o interprete de la Convención y del contrato hacia la aplicación del derecho uniforme

6.5.1.1.1. Evitar con ello la aplicación del derecho local o nacional

6.5.2. No trae lista detallada de ppios

6.5.2.1. Klaus Petter

6.5.2.1.1. Ppios UNIDROIT pueden ser usados para interpretar o complementar instrumentos de derecho internacional uniforme

6.6. Principios aplicables a contratos internacionales (UNIDROIT)

6.6.1. Representan una nueva aproximación al derecho de los negocios internacionales

6.6.1.1. 1.Reglas claras y toma en cuenta las diferencias entre los ordenamientos de los diferentes países del mundo

6.6.1.2. 2.Reglas muy similares a las existentes en los diferentes sistemas jdcos

6.6.1.3. 3.Sigue criterios adoptados por la Convención de Viena sobre compraventa Internacional de Mercaderías de 1980

6.6.1.4. 4.Poseen argumento de autoridad

6.6.2. Constituyen un instrumento de obligatoria observancia para todos

6.6.2.1. Independiente de su inclusión o no en el contrato como norma aplicable.

6.6.3. Controversia que se le propone en las normas del contrato,

6.6.3.1. UNIDROIT en busca de las soluciones normativas requeridas

6.7. Ley local

6.7.1. Si no es posible hallar una solución dichos temas deberán ser regulados por la ley local aplicable al caso concreto

6.7.1.1. El juez o árbitro deberá aplicar la ley que tenga los vínculos más estrechos con el contrato

6.7.2. Contrato de compraventa internacional de mercaderías

6.7.2.1. La ley aplicable al contrato se determinaría por el lugar de entrega de las mercaderías del vendedor al comprador.

7. Términos comerciales internacionales (INCOTERMS)

7.1. Son un conjunto de usos internacionales, recopilados por la Cámara de Comercio Internacional

7.1.1. Determinan el alcance de las clausulas comerciales incluidas en el contrato de compraventa internacional

7.2. Propósito de simplificar las operaciones de venta de un país a otro

7.3. Finalidad

7.3.1. Establecer un conjunto de reglas internacionales para la interpretación de los usos comerciales más utilizados en las transacciones internacionales

7.4. Uso

7.4.1. Agiliza la celebración del contrato y evita el riesgo de tener disposiciones divergentes entre las formas de las partes

8. Regulación INCOTERMS

8.1. Obligaciones generales de las partes

8.1.1. Vendedor deberá entregar la mercancía y la factura comercial de conformidad con el contrato de compraventa

8.1.2. Comprador deberá pagar el precio de la mercancía según lo dispuesto en el contrato de compraventa

8.1.3. Incompleta deja por fuera la obligación del vendedor de transferir la propiedad de las mercaderias

8.1.4. Obligación para el vendedor de embalar la mercancía. Debe ser apropiado para el tipo de transporte que se va a utilizar

8.1.5. Obtener licencias y otras formalidades necesarias para poder exportar e importar las mercaderías

8.1.5.1. Seguro cuando se necesite

8.1.5.2. Transferir a la otra parte todos los documentos que prueben el cumplimiento de tales obligaciones para su correspondiente verificación

8.2. Licencias, autorizaciones, acreditaciones de seguridad y otros

8.2.1. Licencia de exportación o importación y otra organización oficial y llevar a cabo todos los trámites aduaneros necesarios

8.2.1.1. Exportación e importación de la mercancía

8.3. Contratos de transporte

8.3.1. Transporte local

8.3.1.1. País origen de las mercaderías

8.3.1.1.1. Lugar o ciudad de origen hasta el puerto de embarque. Ej: Bogotá- barranquilla

8.3.1.1.2. Vendedor debe contratar el transporte local en el país de origen de las mercaderías

8.3.1.2. País destino de las mercaderías

8.3.1.2.1. Puerto de desembarque al lugar de destino final. Ej: Rotterdam a París)

8.3.1.2.2. Vendedor debe contratar el transporte local en el país de destino de las mercaderías

8.3.2. Transporte internacional

8.3.2.1. Vendedor estará obligado a celebrar un contrato de transporte en los siguientes términos

8.3.2.1.1. CPT (Carriage paid to -Transporte pagado hasta)

8.3.2.1.2. CIP (Carriage and Insurance Paid to - Transporte y seguro pagados hasta)

8.3.2.1.3. DAT (Delivered at Terminal - Entregada en terminal)

8.3.2.1.4. DAP (Delivered at Place - Entregada en lugar señalado)

8.3.2.1.5. DDP (Delivered Duty Paid - Entregada con derechos pagados)

8.3.2.1.6. CFR (Cost and Freight - Costo y flete)

8.3.2.1.7. CIF (Cost, Insurance and Freight - Costo, seguro y flete).

8.3.2.2. Si el comprador no da instrucciones en sentido contrario con la debida antelación,

8.3.2.2.1. el vendedor puede: contratar el transporte

8.3.2.2.2. en las condiciones usuales a riesgo y

8.3.2.2.3. expensas del comprador

8.4. Contrato de seguro

8.4.1. La obligación de cubrimiento solo se encuentra presente en los términos

8.4.1.1. CIP (Carriage and Insurance Paid to - Transporte y seguro pagados hasta)

8.4.1.2. CIF (Cost, Insurance and Freight - Costo, seguro y flete).

8.4.2. El seguro deberá contratarse con aseguradores o con una compañía de seguros de buena reputación

8.4.2.1. Dará el derecho al comprador o la persona que tenga interés asegurable sobre la mercancía a reclamar directamente al asegurador

8.5. Entrega de las mercaderias

8.5.1. La obligación de entrega se cumple al entregar las mercaderías al transportador acordado o designado por el comprador

8.5.1.1. Mercaderías son puestas a bordo del buque como en los términos

8.5.1.1.1. FOB (Free On Board - Libre a bordo)

8.5.1.1.2. CIF (Cost, Insurance and Freight

8.5.2. La obligación se cumple cuando la mercadería ha llegado a su lugar de destino

8.5.2.1. DDP (Delivered Duty Paid - Entregada con derechos pagados)

8.5.2.1.1. Se entiende entregada la mercancía cuando ésta se pone a disposición del comprador

8.6. Transmisión de riesgos

8.6.1. Momento exacto en que el riesgo de pérdida o deterioro de las mercaderías se transmite del vendedor al comprador

8.6.1.1. INCOTERMS

8.6.1.1.1. Establecen que la transmisión del riesgo se presenta en el momento mismo de la entrega de las mercaderías

8.6.2. Casos:

8.6.2.1. Entrega de la mercadería no es posible por culpa del comprador

8.6.2.1.1. La transmisión del riesgo sucede desde el momento mismo que se había pactado para la entrega de las mismas