1. Clases de conciliación
1.1. En equidad
1.1.1. Se basa en principios de informalidad y celeridad.
1.1.2. Tiene los mismos efectos que en derecho
1.1.3. Es un reconocimiento
1.1.4. Debe ser mayor de edad y ciudadano en ejercicio, a demás de someterse a pruebas de conocimiento
1.2. Judicial
1.2.1. En procesos jurisdiccionales en derecho
1.3. Extrajudicial
1.3.1. Fuera del proceso, en equidad o en derecho
1.4. En derecho
1.4.1. Es un requisito de procedibilidad la citación se dará de forma sumaria, se debe identificar el objeto de convocación, las partes y las consecuencias de la no comparecencia. Se suspende el termino de caducidad y prescripción, se invierte la carga de la prueba y también podrá hacerse en materia administrativa.
2. Centros de conciliación
2.1. Se basan por principios como la celeridad, idoneidad, participación, responsabilidad, gratuidad, autonomía de la voluntad e informalidad.
2.2. La formacion del certificado de conciliación se dara como minimo 1 anual, y debe tener 3 años de funcionamiento y cualquier ciudadano puede interponer queja
3. Acta
3.1. Requisitos: Lugar, hora y fecha.
3.2. Identificar el conciliador y el centro
3.3. Identificar las partes y las pretenciones.
3.4. Características del acta
3.4.1. Si no hay acuerdo, se emite constancia de no acuerdo.
3.4.2. Si no asisten las partes, constancia, si no, hay 2° audiencia
3.4.3. Incompetencia en el objeto , 10 días a la radicación de la solicitud.