1. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.
2. Artículo 123
2.1. Apartado A
2.1.1. Entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo:
2.1.2. Fracciones I - IV
2.1.2.1. Horas de trabajo, jornadas laborales y días de decanso.
2.1.3. Fracción V
2.1.3.1. Mujeres Embarazadas
2.1.4. Fracciones VI - VIII, X y XXIII
2.1.4.1. Salario mínimo y otras prestaciones.
2.1.5. Fracción IX
2.1.5.1. Utilidades empresariales para el trabajador
2.1.6. Fracción XI - XV
2.1.6.1. Obligaciones de la empresa y del patrón
2.1.7. Fracciones XVI - XVIII y XXV - XXIX
2.1.7.1. Derechos del trabajador.
2.1.8. Fracciones XVIII - XXII
2.1.8.1. Diferencias y conflictos
2.1.9. Fracciones XXX y XXXI
2.1.9.1. Utilidad Social y aplicación de leyes
2.2. Apartado B
2.2.1. Entre los Poderes de la Unión y sus trabajadores:
2.2.2. Fracción I
2.2.2.1. Jornadas Diarias
2.2.3. Fracción II
2.2.3.1. Días de Descanso
2.2.4. Fracción III
2.2.4.1. Vacaciones
2.2.5. Fracción IV - VI
2.2.5.1. Salarios y prestaciones
2.2.6. Fracción VIII - X
2.2.6.1. Derechos del Trabajador
2.2.7. Fracción XI
2.2.7.1. Seguridad Social
2.2.8. Fracción XII
2.2.8.1. Conflictos y diferencias
2.2.9. Fracción XIII, XIIIbis y XIV
2.2.9.1. Unidades Federales