LEGISLACION EN ORGANISMOS DE APOYO Y SUSTENTABILIDAD

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1. CARACTERISTICAS

1.1. Acciones realizadas por los particulares, sin propósito de lucro, encaminadas al desarrollo integral del individuo. Protección de personas en estado de necesidad, desprotección o desventaja física o mental para lograr su incorporación a una vida digna

1.2. Se encuentran exentas del pago de impuestos sobre herencias, legados y donaciones. Gozan de estímulos, subsidios y facilidades administrativas que confieren las leyes. Pueden ser permanentes o transitorias. Pueden servir en epidemias, guerras, terremotos, inundaciones o cualquier siniestro. Hoy en día atienden casi cualquier necesidad que presente la sociedad

1.3. No debe exceder el 25% del importe de los servicios de asistencia social, se pueden realizar modificaciones como cambiar, ampliar o disminuir su objeto asistencial, su administración, su domicilio legal, etcétera.

1.4. Reguladas por la Ley de Instituciones de Asistencia Privada y la Junta de Asistencia Privada: encargadas de supervisar que dichas instituciones cumplan cabalmente con la función para la cual fueron creadas y de garantizar su permanencia, revisan el manejo adecuado del patrimonio que es destinado para su labor de asistencia social.

2. FORMAS DE OPERACION

2.1. Apoyo voluntario: realizan actividades de asistencia privada en beneficio de la Institución,

2.2. Se envia a la Junta, a más tardar el primero de diciembre de cada año, los presupuestos de ingresos, egresos y de inversiones en activo fijos, así como el Programa de trabajo correspondiente al periodo reportado

2.3. La contabilidad se presenta en libros o sistemas informáticos, donde estén registradas todas las operaciones realizadas; adicionalmente se presentan ante la Junta estados financieros y la balanza de comprobación mensual.

2.4. Los representantes de las IAP se denominan Patronos y son las personas designadas por el fundador o por la Junta para representar de manera legal y administrativa a la Institución

2.4.1. Tienen la facultad de poderes para pleitos y cobranzas, ejecutar actos de dominio o administración de bienes

2.4.2. Facultados para solicitar donativos y organizar colectas, rifas, tómbolas, loterías y toda clase de actividad lícita, con la condición de que todo lo recolectado sea íntegramente destinado al objeto social de la Institución

2.5. Prohibido adquirir más bienes inmuebles que los indispensables para el cumplimiento de su objetivo asistencial

2.6. No persiguen fines lucrativos, ni realizan operaciones financieras que no se encuentren relacionadas con alcanzar el objetivo de su estatuto, ni realizan actividades para obtener fondos que el fundador haya prohibido expresamente, ni conceden préstamos de dinero con garantías simples (firmas) y operaciones en donde haya fluctuaciones en el mercado

3. JUNTA DE ASISTENCIA PRIVADA

3.1. Autoridad rectora

3.2. Organo descentralizado del Estado con autonomía de gestión técnica, operativa y presupuestal

3.3. Constitución de la Junta

3.3.1. El presidente es elegido por el gobernador o por el jefe de gobierno, en turno, elegido de una terna que el consejo directivo designa, su cargo tiene una duración de tres años, integrado por 5 representantes del gobierno (titulares de varias Secretarías) y cinco representantes de las Instituciones de Asistencia Social

3.4. Atribuciones

3.4.1. 1. Realizar la vigilancia de todas las IAP en función de la Ley. 2. Establecer políticas en materia de Asistencia Privada que fomenten el cuidado y desarrollo de las Instituciones. 3. Incentivar la participación de las Instituciones en función de las políticas establecidas. 4. Fomentar la creación de redes institucionales en función del financiamiento, capacitación y asistencia técnica. 5. Vincular a las Instituciones con organismo financieros públicos, privados, nacionales e internacionales. 6. Promover la creación de nuevas IAP. 7. Impulsar el otorgamiento de apoyos fiscales por parte de las autoridades competentes. 8. Representar y defender a las Instituciones entorno a lo previsto por la Ley, así como organizar servicios de asesoría jurídica, fiscal y administrativa. 9. Crear el directorio de las IAP. 10. Otras disposiciones jurídicas aplicables que le confiera la Ley.

3.5. Para poder desarrollar sus funciones tendrá el apoyo de las Instituciones, por medio de una cuota que permitirá cubrir sus gastos de operación, la cual será pagada mes con mes.

3.6. Facultades para inspeccionar y supervisar a las Instituciones, para verificar el cumplimiento de las obligaciones que establece la Ley en el ejercicio de sus funciones, cada Estado del país tiene una normatividad específica que rige el desempeño de las IAP.

3.7. Supervisiones que verifican el cumplimiento del objeto para el que fueron creadas, la contabilidad, los documentos, la existencia de bienes, la legalidad de las operaciones que realizan, el establecimiento, los servicios asistenciales que prestan, así como el respeto a los derechos humanos de los beneficiarios

3.8. Garantiza el cumplimiento de las obligaciones y preserva la voluntad de la fundación de las IAP a lo largo de su funcionamiento, a través de la vigilancia, asesoría, apoyo y coordinación

4. CONSTITUCION DE LAS IAPS

4.1. EN BASE a las necesidades, recursos y conocimientos

4.1.1. FORMAN parte del Tercer Sector

4.2. Constituidas por un conjunto de personas o grupos que realizan actos de asistencia social con un patrimonio propio y personalidad jurídica, sin fines de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.

4.2.1. Se rigen por la Ley de Instituciones de Asistencia Privada y el establecimiento de la Junta de Asistencia Privada.

4.2.1.1. se constituyen por personas interesadas o por un (una) albacea, que desee realizar asistencia social

4.2.1.1.1. El nombre o denominación puede ser elegido libremente, pero debe ser diferente al de otras IAP y organizaciones que realicen asistencia social y seguido de las palabras Institución de Asistencia Privada o su abreviatura IAP: Existe 16 IAP en México

4.2.2. Las IAP deben presentar a la Junta de Asistencia Privada una solicitud por escrito y la siguiente documentación

4.2.2.1. Requisitos:

4.2.2.1.1. Programa de trabajo

4.2.2.1.2. Proyecto de presupuesto del primer año

4.2.2.1.3. Documentos para entregar a la Junta

4.2.2.1.4. Proyecto de Estatutos

4.3. TIPOS DE IAP

4.3.1. 1. Asociación:• Personas físicas y morales que aporten cuotas o recauden donativos para sostener la Institución.

4.3.2. 2. Fundación:• Personas físicas y morales que constituyen una Institución destinada a la asistencia social, que puede recabar donativos para sostenerse.

4.4. CONSTITUCION DE LAS IAPS

4.4.1. EN BASE a las necesidades, recursos y conocimientos

4.4.1.1. FORMAN parte del Tercer Sector

4.4.2. Constituidas por un conjunto de personas o grupos que realizan actos de asistencia social con un patrimonio propio y personalidad jurídica, sin fines de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.

4.4.2.1. Se rigen por la Ley de Instituciones de Asistencia Privada y el establecimiento de la Junta de Asistencia Privada.

4.4.2.1.1. se constituyen por personas interesadas o por un (una) albacea, que desee realizar asistencia social

4.4.2.2. Las IAP deben presentar a la Junta de Asistencia Privada una solicitud por escrito y la siguiente documentación

4.4.2.2.1. Requisitos:

4.4.3. TIPOS DE IAP

4.4.3.1. 1. Asociación:• Personas físicas y morales que aporten cuotas o recauden donativos para sostener la Institución.

4.4.3.2. 2. Fundación:• Personas físicas y morales que constituyen una Institución destinada a la asistencia social, que puede recabar donativos para sostenerse.

5. NORMATIVIDAD

5.1. De acuerdo a las Leyes de Instituciones de Asistencia Privada de cada uno de los Estados (16 estados actualmente)

5.1.1. LEY DE ASISTENCIA SOCIAL PARA EL ESTADO DE HIDALGO. ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN ALCANCE UNO DEL PERIÓDICO OFICIAL, DEL 30 DE JULIO DE 2018. Ley publicada en el Alcance al Periódico Oficial, el 30 de julio de 2012. (F. de E. 6 de agosto de 2012).

5.1.1.1. se rigen en un marco legal que determina la forma y manera de constituirse, así como su funcionamiento y rendición de cuentas; esto les permite tener mayor transparencia y corresponsabilidad. También tiene la finalidad de distinguirlas claramente de las organizaciones privadas de organismos públicos dependientes de la administración pública, en caso de que atiendan temas similares .

6. TIPOS DE INSTITUCIONES

6.1. 1.- Salud y adicciones

6.1.1. Salud: Se trabaja con personas de escasos recursos económicos y brindan apoyo con servicios médicos generales y especializados, y estudios de gabinete. compra de medicamentos.

6.1.2. Adicciones: apoya a personas con dependencias a sustancias adictivas, mediante la atención y recuperación; ofrecen diferentes tipos de servicios, desde alojamiento, hasta pláticas preventivas en torno a la problemática.

6.2. 2.- Adultos mayores

6.2.1. trabaja con personas de escasos recursos mayores de 60 años que se encuentran en estado de abandono, maltrato físico o rechazo por parte de la familia; ofrecen servicios de casa hogar, albergues, guarderías y capacitación.

6.3. 3.- Niños y jóvenes

6.3.1. buscan el desarrollo integral de los niños y jóvenes de escasos recursos, para que puedan tener las mismas oportunidades que el resto de la población. El apoyo se centra en albergues, educación, salud, capacitación, actividades recreativas y educativas

6.4. 4.- Educación y desarrollo comunitario

6.4.1. capacitar a la población, preferentemente de escasos recursos, en el trabajo, para generar las condiciones necesarias para su desarrollo, sobre todo a nivel laboral. Éstas abarcan todos los niveles educativos y, en muchos de los casos, entregan constancias de estudios.

6.5. Discapacidad y rehabilitación

6.5.1. realizan actividades con personas discapacitadas, en su mayoría de escasos recursos, se ofrece el servicio de albergue, terapias, apoyo psicológico y capacitación para el empleo, y se busca que los beneficiarios tengan calidad de vida y opciones para subsistir en ella

6.5.2. Donantes y prendaria

6.5.2.1. Instituciones que brindan apoyos económicos o en especie, y los Centros de Desarrollo Comunitarios. Las primeras se ocupan de ofrecer apoyos como: microcréditos, becas y créditos hipotecarios, en las segundas se ofrecen servicios educativos, recreativos, asistencia médica, capacitación y asesoría.