SECTOR SOLIDARIO EN COLOMBIA

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1. REGIMEN TRIBUTARIO COOPERATIVO

1.1. IVA

1.1.1. Gravamen que recae sobre el consumo de bienes y servicios Responsables: Personas Jurídicas y Naturales responsables del Régimen común y Usuarios aduaneros. La base gravable del IVA tiene como regla general ser sobre el valor total de la operación (crédito o contado) a una tarifa general del 16%

1.1.1.1. Se aplica a: Bienes corporales muebles Servicios prestados Importación de bienes corporales muebles

1.1.1.1.1. Excepciones: Expresamente descritas en el estatuto Tributario Art. 424 a 427 Bienes excluidas del impuesto sobre las ventas Art. 428 importaciones que no causan impuesto Art. 476 Servicios excluidos del impuesto sobre las ventas

1.2. GMF

1.3. IMPUESTO AL PATRIMONIO

1.3.1. Las entidades cooperativas en calidad de ser personas jurídicas se encuentran obligadas a contribuir con este impuesto siempre que cumplan con el hecho generador.

1.3.1.1. Personas naturales y jurídicas declarantes del impuesto de renta, con patrimonio líquido igual o superior a $3.000.000.0000. La tarifa es de 1.2% sobre el patrimonio líquido

1.3.1.1.1. Se excluye: Valor patrimonial neto de las acciones o aportes poseídos en sociedades nacionales y primeros $220.000.000 del valor de la casa o apartamento de vivienda

2. Gravamen Movimientos Financieros

2.1. Se aplica a Entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera: Cuentas de Ahorros Depósito Derechos sobre cartera Movimientos contables

3. REGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL

3.1. El régimen tributario especial es un tratamiento que otorga incentivos tributarios a las empresas que en su naturaleza son sin ánimo de lucro y que el desarrollo de sus actividades económicas está marcado por generar beneficios sociales para la comunidad. Los beneficios tributarios concedidos a estos contribuyentes se encuentran contenidos explícitamente Titulo VI, Libro I del Estatuto Tributario que comprende los artículos 356 a 364.

3.1.1. Impuesto de renta

3.1.1.1. El Impuesto de Renta es el principal receptor de los beneficios otorgados a los contribuyentes del régimen tributario especial

3.1.2. Contribuyentes

3.1.2.1. Las cooperativas, sus asociaciones, uniones, ligas centrales, Organismos de grado superior de carácter financiero. Las asociaciones mutualistas. Instituciones auxiliares del cooperativismo. Confederaciones cooperativas.

3.1.3. Tarifa

3.1.3.1. Se determina la tarifa para los contribuyentes del artículo 19 del Estatuto Tributario, siendo una tarifa Única aplicable en el impuesto de renta del veinte por ciento (20%).

3.1.4. Beneficio neto o excedente

3.1.4.1. Se denomina beneficio neto o excedente a la diferencia entre la totalidad de ingresos y egresos que tengan relación de causalidad con los ingresos o con el cumplimiento del objeto social.

3.1.5. Exención en el impuesto de renta

3.1.5.1. Significa reducir a cero la base gravable sobre la cual se aplica el impuesto de las entidades cooperativas produciendo una tasa de tributación de cero por ciento, con el previo cumplimiento de las condiciones exigidas.

3.1.6. Otros beneficios tributarios en el impuesto de renta

3.1.6.1. No se les aplican el sistema de renta por comparación patrimonial. No están sujetos a calcular la renta presuntiva. No están obligados al cálculo del anticipo del impuesto de renta. No están obligados a realizar los ajustes por inflación para efectos fiscales.

3.1.7. Retención en la fuente a título de renta

3.1.7.1. Es el recaudo del impuesto en el mismo ejercicio en que se causa.

4. TIPOLOGÍA DE LAS COOPERATIVAS

4.1. La legislación cooperativa, ley 79 de 1988, define

4.1.1. Según el desarrollo de sus actividades

4.1.1.1. • Cooperativas especializadas • Cooperativas multiactivas • Cooperativas integrales

4.1.2. Según tipo de actividad económica que desarrollen.

4.1.2.1. • Agrícolas, de consumo, vivienda, seguros, ahorro y crédito, servicios públicos, desarrollo comunitario, transporte, educación, salud, trabajo asociado, administraciones públicas y de turismo.

4.1.3. Según el móvil principal de sus asociados dentro de ellas

4.1.3.1. • Cooperativas de consumidores • Cooperativas de trabajadores productores • Cooperativas mixtas

5. PROCEDIMIENTO GENERAL PARA LA CONSTITUCIÓN Y RECONOCIMIENTO DE PERSONERÍA JURÍDICA DE UNA COOPERATIVA EN COLOMBIA. capítulo II, de la Ley 79 de 1988

5.1. Realizar la asamblea de constitución. ƒ* Elaboración y aprobación de los estatutos en asamblea general. ƒ* Los asociados fundadores deben acreditar un curso de cooperativismo (20 horas) previo a la solicitud de personería jurídica. ƒ* Nombramiento de los miembros del Consejo de Administración, de la Junta de Vigilancia, del

5.2. Gerente y Revisor Fiscal. ƒ * Registro e inscripción ante la cámara de comercio con jurisdicción en el domicilio principal de la empresa asociativa. ƒ * Cumplir con los controles de legalidad ante las Superintendencia de Economía Solidaria. ƒ* Inscripción en el Registro Único Tributario de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

6. ESTRUCTURA DEL SECTOR COOPERATIVO

6.1. CONFORMADO POR CINCO ORGANISMOS O ENTIDADES PÚBLICAS

6.1.1. Superintendencia de Economía Solidaria

6.1.1.1. Creada por la ley 454 de 1998, con los objetivos principales de: ejercer control, inspección y vigilancia sobre las entidades que cobija su acción para asegurar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias y de las normas contenidas en sus propios estatutos

6.1.2. Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria

6.1.2.1. En 1998 con la ley 454 de 1998, Este departamento cumple con la función de formular la política de Gobierno Nacional respecto a las organizaciones de la economía solidaria dentro del marco constitucional.

6.1.3. Consejo Nacional de Economía Solidaria

6.1.3.1. Fue reestructurado en 1998 con la ley 454, este organismo formula y coordina, a nivel nacional las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos generales pertinentes al sistema de economía solidaria.

6.1.4. Fondo de Fomento de la Economía Solidaria

6.1.4.1. Se creó con la ley 454 de 1998, Su función es la de otorgar créditos para los proyectos de desarrollo de las entidades de economía solidaria, administrando los recursos que tiene a su disposición, con los aportes de las entidades afiliadas.

6.1.5. Fondo de Garantías para las cooperativas Financieras y de Ahorro y Crédito1

6.1.5.1. Es un organismo de carácter financiero vinculado al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el cual está a cargo de mantener la confianza de los ahorradores de las entidades cooperativas financieras inscritas

6.2. ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO

6.2.1. Presentan diferentes objetivos y modos de organización, por lo cual surgen varios tipos de entidades

6.2.1.1. CORPORACIÓN

6.2.1.1.1. La corporación está formada por una reunión de individuos y tiene por objeto el bienestar de los asociados, sea físico, intelectual y moral. No persigue fines de lucro

6.2.1.2. FUNDACIÓN

6.2.1.2.1. Es un establecimiento que persigue un fin especial de beneficencia o de educación pública, para lo cual se destinan bienes determinados.

6.2.1.3. COOPERATIVAS

6.2.1.3.1. Es cooperativa la empresa asociativa sin ánimo de lucro, los trabajadores, son simultáneamente los aportantes y los gestores de la empresa, con el objeto de producir eficientemente bienes o para satisfacer las necesidades de sus asociados.

6.2.1.4. ASOCIACIONES MUTUALISTAS

6.2.1.4.1. Las Asociaciones Mutuales son personas jurídicas de derecho privado, sin ánimo de lucro, constituidas libre y Democráticamente por personas naturales

6.2.1.5. INSTITUCIONES AUXILIARES DEL COOPERATIVISMO

6.2.1.5.1. Son instituciones creadas por los organismos cooperativos, directamente o en forma conjunta, orientadas exclusivamente al cumplimiento de actividades de apoyo o complementación de su objeto social.

6.2.1.6. ORGANISMO DE SEGUNDO GRADO

6.2.1.6.1. Es la asociación de varias cooperativas para el mejor cumplimiento de sus fines económicos o sociales

6.2.1.7. ORGANISMO DE TERCER GRADO

6.2.1.7.1. Son asociaciones de los organismos cooperativos de segundo grado y las instituciones auxiliares del cooperativismo, que se unen con el fin de unificar la acción de defensa y representación del movimiento nacional e internacional

6.2.1.8. FONDOS MUTUOS DE INVERSIÓN

6.2.1.8.1. Son personas jurídicas que se constituyen con el concurso de aportes de trabajadores y contribuciones de la empresa en procura de fomentar una cultura de ahorro a mediano y largo plazo

6.2.1.9. PRECOOPERATIVAS

6.2.1.9.1. Se consideran Precooperativas los grupos que, bajo la orientación y con el concurso de una entidad promotora, se organicen para realizar actividades permitidas a las cooperativas y, que por carecer de capacidad económica, educativa, administrativa, o técnica, no es ente en posibilidad inmediata de organizarse como cooperativa

6.2.1.10. FONDOS DE EMPLEADOS

6.2.1.10.1. Son empresas asociativas, de derecho privado, sin ánimo de lucro, constituidas por trabajadores dependientes y subordinados.

7. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE UNA COOPERATIVA EN COLOMBIA

7.1. Asamblea genera

7.2. Consejo de administración

7.3. Gerente

7.4. Junta de vigilancia

7.5. Revisor fiscal

7.6. Comités especiales

8. RESEÑA HISTORICA

8.1. El cooperativismo en la humanidad nace a partir de la necesidad de conseguir alimento y protección, con el paso del tiempo los movimientos de trabajo fueron desarrollando un fundamento ideológico basado en diferentes doctrinas

8.2. REPRESENTANTES

8.2.1. Roberto Owen (1771 – 1858) Carlos Foverier (1772 – 1837) Peter Cornelius Plockboy (1954 – 1725) Jhon Bellers (1654 – 1725) Michell Demon (1802 – 1850) Felipe Bauchez (1796 – 1865) Luis Blanc (1812 – 1882)

8.3. Durante la revolución industrial surge una sociedad en Rochadle, Inglaterra que marca la historia del cooperativismo: “De los probos pioneros de Rochadle”. (1844). Este grupo de trabajos unieron sus esfuerzos para ser sus propios proveedores, ya que las condiciones laborales eran muy desfavorables. El movimiento se expandió por toda Europa permitiendo la conformación de diferentes tipos de cooperativas.

8.4. El cooperativismo llego a América a finales del siglo XIX y siendo apoyado por el gobierno, se conforma la Asociación nacional de empresas cooperativas, la cual existe actualmente, este modelo llego a Colombia en el siglo XX con el general Rafael Uribe (1859 – 1914) considerado precursor del cooperativismo en nuestro país. Luego fue oficialmente aprobado por la ley 134 de 1931 en el gobierno de Enrique Olaya herrera. Bajo esta ley se comienza la conformación de cooperativas y asociaciones mutuales.

8.5. PRIMERAS COOPERATIVAS

8.5.1. Cooperativa nacional de crédito. UCONAL (1959), Asociación colombiana de cooperativas ASCOOP (1960). Central de cooperativas de crédito y desarrollo social COOPDESARROLLO (1958).

8.6. En la crisis económica de 1998, el gobierno reestructuró las cooperativas permitiendo el crecimiento de estas entidades que con el tiempo han ido evolucionando significativamente, tanto así que conforman una parte importante dentro de la estructura económica solidaria del país.

9. MARCO LEGAL DEL SECTOR COOPERATIVO EN COLOMBIA

9.1. La constitución nacional determina en el artículo 58 la protección y promoción de formas asociativas y solidarias de propiedad y garantiza la personería jurídica.

9.1.1. NORMAS ESPECIFICAS

9.1.1.1. Ley 79 de 1988

9.1.1.1.1. Determina el contexto legal

9.1.1.2. Ley 454 de 1998

9.1.1.2.1. Ley complementaria que introduce la economía solidaria

9.2. MARCO NORMATIVO

9.2.1. ESTATUTO TRIBUTARIO Articulo 19

9.2.1.1. Se determinan las disposiciones aplicables a las entidades sin ánimo de lucro y al sector cooperativo respecto a su tratamiento tributario especial.

9.2.2. DECRETO REGLAMENTARIO 4400 del 2004

9.2.2.1. Se hace un desarrollo más profundo sobre la aplicación del régimen tributario especial para las cooperativas, corporaciones, fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro. Este decreto fue modificado por el Decreto 640 del 2005.