Clases de Sucesión

Clases de sucesión

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Clases de Sucesión por Mind Map: Clases de Sucesión

1. SUCESIÓN TESTAMENTARIA.

1.1. Se ve por manifestada la voluntad expresa del causante mediante el estamento, en previsión de su muerte se dispuso voluntariamente sus bienes señalando a quienes y en qué forma deberán de ser trasmitidos, siendo pues la voluntad unilateral de causante en la más alta expresión de su derecho de propiedad.

1.1.1. Características: • El causante ha dispuesto de sus bienes para después de su muerte conforme a la ley. • La última voluntad expresada del causante en lo tocante a la transmisión de sus bienes • Emana el derecho de una persona a ser llamada por la ley a aceptar o repudiar una asignación. • La vocación sucesoria a esta se califica como voluntaria. • La voluntad que el causante expresa es unilateral.

1.1.1.1. Ejemplo: Antonio fallece, este con estado civil viudo, teniendo 2 hijos mayores de edad perfectamente capaces y dignos legalmente, antes de su muerte había instituido un testamento, a los que nombra a sus hijos como herederos universales, debiendo hacerse la repartición de bienes, derechos y obligaciones transmisibles en partes igual, es decir, 50% cada uno del total del patrimonio del causante.

2. SUCESIÓN PARTE TESTADA Y PARTE INTESTADA.

2.1. Una sucesión es parte testamentaria y parte intestada cuando las asignaciones que hace el testador ya sean a título universal o a título singular no recaen sobre todos sus bienes, no agotan su patrimonio, no completan el total hereditario, correspondiendo entonces a sus herederos abintestato la parte de que no dispuso es decir que dicho testamento no contiene institución de herederos.

2.1.1. Características: • El testamento no agota todo el patrimonio del causante. • El heredero no instituye heredados.

2.1.1.1. Ejemplo: Jorge muere dejando legalmente inscrito un testamento estando en su patrimonio herencial designados sus 5 hijos, dividida la herencia en partes iguales, una para cada uno, pero al sumarse las partes no se constituye la unidad herencial, y que los hijos se dan cuenta de que al padre se le olvido constituir en dicho testamento una de sus haciendas, por lo tanto este bien se encontraba fuera de la unidad herencial estipulada en dicho testamento.

3. SUCESIÓN CONTRACTUAL.

3.1. Es un pacto celebrado en vida por el causante mediante el cual el instituido adquiere, desde el momento de la celebración del contrato, la seguridad de que va a recibir la herencia a la muerte del instituyente.

3.1.1. Características: • Es un pacto entre el constituyente y constituido. • Se da la disposición de hereditario por vía de contrato.

3.1.1.1. Ejemplo: Marío en vida acuerda con sus hijos como repartir sus bienes específicamente y quienes formaran parte de la herencia para que posteriormente se proceda a la repartición de la herencia.

4. Otros tipos de sucesiones (Según la naturaleza del testamento).

4.1. • Definitiva (Según sea pura y simple) y Provisional (Si está sujeta a condición). • Judicial o contenciosa (ante el juez) y Notarial o voluntaria (ante notario y por escritura pública). • Vacante (No hay asignatarios que acepten la herencia) y con Asignatarios (Hay herederos que comparezcan y acepten la herencia).

5. Debemos entender por sucesión a la transmisión del patrimonio, para el cual se encuentran establecidos reglas y normas, luego de la muerte del causante.

6. SUCESIÓN ORDINARIA.

6.1. Todos los bienes del difunto en esta clase de sucesión intestada están sometidos, en cuanto a su transmisión, al mismo régimen, y quienes los reciben se llaman herederos ordinarios y se transmiten a aquellos que están llamados por la ley a suceder quienes tienen vocación sucesoria legítima.

6.1.1. • Carece de un Testamento. • Sus herederos se disponen por ministerio de ley. (Art. 988.CC)

6.1.1.1. Ejemplo: A la muerte de Ernesto, sólo viven sus 3 hijos Luis, Marta y Juan, en este caso los 3 heredan ya que ley los confiere como los primeros llamados a suceder.

7. SUCESIÓN ABINTESTATO, INTESTADA O LEGÍTIMA.

7.1. Es el tipo de sucesión hereditaria que tiene lugar cuando el difunto no dispuso de sus bienes o cuando dispuso no lo hizo conforme a derecho o que en su contenido se de ineficacia o sea imposible su ejecución, es decir, que no han tenido efecto.

7.1.1. Características. • La ley tiene facultad de hacer las asignaciones por causa de muerte, y la que concede la vocación sucesoria. • El heredero sustituye jurídicamente al causante a todos los efectos. • Puede existir el testamento pero recae en nulidad o invalidez y queda sin efectos. • Se establece por ministerio de ley. (Art. 988.CC- Son llamados a la sucesión intestada: 1º Los hijos, el padre, la madre y el cónyuge, y en su caso el conviviente sobreviviente; 2º Los abuelos y demás ascendientes; los nietos y el padre que haya reconocido voluntariamente a su hijo; 3º Los hermanos; 4º Los sobrinos; 5º Los tíos; 6º Los primos hermanos; y, 7º La Universidad de El Salvador y los hospitales.)

7.1.1.1. Ejemplo: Que a la muerte de Julio, exista un testamento otorgado por un tercero, este sería nulo porque se trata de un acto personal, no puede realizarse por otra persona que diga estar en nombre del testador.

8. SUCESIÓN ANOMALA

8.1. Cuando la ley no atiende al origen de los bienes que el causante tenía para establecer las reglas a que estará sujeta la transmisión intestada del patrimonio, esos bienes son asignados a los parientes que están comprendidos en el orden preferente, a los que están llamados a suceder.

8.1.1. Características: • No se atiende el origen de los bienes. • Es una sucesión intestada. • Se establecen los herederos por ministerio de ley

8.1.1.1. Ejemplo. El señor Brandon fallece, dejando a su cónyuge y sus 3 hijos mayores de edad, así mismo padres y hermanos, el causante antes de su muerte este no constituyo ningún testamento. Los llamados a heredar a suceder a titulo universal serian su cónyuge e hijos, quienes para el caso si aceptan dicha herencia, se deberán repartir los bienes, derecho y obligaciones por partes iguales