REALISMO JURIDICO

Realismo Jurídico Clase de Teoría general del derecho

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REALISMO JURIDICO por Mind Map: REALISMO JURIDICO

1. ¿PROFUNDIZACIÓN O CAÍDA DEL REALISMO JURÍDICO COMO TEORÍA DESCRIPTIVA DE NORMAS?

1.1. El positivismo legal, entendido como una forma de acercarse a la ley, es generalmente optimista sobre la posibilidad de lograr este objetivo. Describe tu tema como un conjunto de reglas. La gente generalmente piensa que las normas son el contenido significativo de ciertas declaraciones del lenguaje, y la teoría legal será un meta-discurso. Relativo al contenido descriptivo de estos contenidos. Riccardo Guastini, uno de ellos El distinguido filósofo de nuestro tiempo, considerado un verdadero positivismo jurídico,

1.1.1. ONTOLOGÍA TEXTUAL DEL DERECHO\\ UNA INCONSISTENCIA ONTOLÓGICA

1.1.1.1. Algunas facciones del realismo jurídico asumen la teoría jurídica, debe referirse necesariamente a un determinado tipo de evento de lenguaje, en grado de ontología jurídica como hecho legal. En acción Tomando a Ross como ejemplo, la teoría legal se refiere a una serie de instrucciones válidas (como el comportamiento específico del lenguaje). Por lo tanto, la ley solo se aplica a ciertos tipos de hechos, Riccardo Guastini reiteró esta visión muchas veces. Para el La ley como conjunto de normas se simplifica en la ontología,eventos, incluyendo eventos de idiomas.

1.1.1.2. Riccardo Guastini, para él la ley como un conjunto de normas se simplifica en el cuerpo en ciertos eventos, estos eventos están constituidos por hechos lingüísticos en este sentido particular, para los realistas, la interpretación legal es un voluntario obvio no actividad cognitiva. Ahora, los jueces usarán el argumento de defensa externa de la premisa normativa de su toma de decisiones al elegir, es decir, usarán el estándar para elegir una defensa para el significado de la cláusula normativa.

1.1.1.3. En este orden de pensamiento, es posible mantener la opinión de que en el pensamiento de Guastini y los tres niveles de análisis (es decir, superficial, medio y profundo) siempre conducen a la misma entidad, a saber: representación del lenguaje, texto paradigmático.

1.1.2. 1.- A partir del análisis superficial, las normas legales relacionadas con el sistema serán al menos el texto legislativo que cumpla con el estándar mínimo de validez formal, que será un acto lingüístico con capacidad de discurso normativo, tal vez una prescripción, sin semántica específica contenido, esto plantea problemas relacionados. Como resultado de determinar qué comportamiento del lenguaje, las regulaciones deben considerarse correctas, quién debe hacerlas cumplir y bajo qué condiciones presumen usar la especificación Constituir estas normas..

1.1.3. DESCRIPCIÓN DEL DERECHO VIGENTE

1.1.3.1. Basandose en los tres niveles de Riccardo Guastini

1.1.3.1.1. 2.-En el nivel intermedio, las normas legales pertenecen a la ley como una posible explicación de decisión, proporcionando así un marco para la posibilidad de los jueces, las normas que pertenecen al sistema legal son todas normas que constituyen interpretaciones legalmente aceptables de cláusulas normativas. Guastini dijo que el potencial decisivo del marco proviene de las reglas del lenguaje, las diversas técnicas de interpretación utilizadas y el dogma circulado en la doctrina.

1.1.3.1.2. 3.-En el nivel profundo, algunas personas dicen que las normas legales pertenecen al orden legal solo cuando el significado es poder judicial monótono, dominante y estable. Cumplir con los requisitos reglamentarios, sin embargo, no solo las normas invocadas por los jueces como el significado de las cláusulas normativas pertenecen al sistema legal, sino que, al menos en muchos casos, también se aplican habitualmente a las normas junto con las técnicas interpretativas.

1.1.4. EL EMPIRISMO, EL ANÁLISIS PROFUNDO Y DERECHO COMO CONJUNTO DE NORMAS

1.1.4.1. Guastini insiste en que una gran parte de la ley actual se compone de normas que ya no están definidas por la "extra ordinem ", sino por jueces y juristas teóricos. "Porque Los juristas y (en muchos sistemas legales) jueces simplemente no tienen tiempo para autorizar normas. Por lo tanto, las reglas no son válidas, pero de hecho las reglas siguen siendo válidas.

1.1.4.2. Las dudas de los realistas legales provienen del énfasis en el hecho de que las disposiciones legislativas no están claramente definidas. Las decisiones de los jueces porque siempre son vulnerables a múltiples interpretaciones, este documento se basa en la práctica legal: en esta práctica, el juez recurre a varios métodos de interpretación sin ningún criterio decisivo para elegir.

1.1.4.3. Constituyen la ley en un análisis profundo. Si se reconoce a este nivel que la ley se compone de las normas actuales y las normas derivadas de ellas, entonces se debe concluir que la ley actual incluye todos, las normas que pueden determinarse por las normas legales de traducción legales actuales o supuestas, pero si es así, el análisis de segundo y tercer nivel colapsará.

1.1.5. CONCLUSION:

1.1.5.1. Se dirige específicamente a la estrategia de compatibilidad de Riccardo Guastini, Para las afirmaciones de los teóricos legales, sólo cuando ciertos factores decisivos en la interpretación abstracta se vuelvan dominantes y estables, las proposiciones de los teóricos legales serán correctas, también es importante reconocer los tres niveles que plantea Guastini puesto que son de suma importancia para la vida jurídica.

2. NOCIONES FUNDAMENTALES DEL REALISMO JURÍDICO

2.1. En este artículo, expondremos el contenido principal del realismo jurídico, que es una de las respuestas más interesantes a la pregunta "¿Qué es la ley?"

2.1.1. Eso es precisamente lo que sucede al hablar del término "Realismo", voz que no es unívoca y se encuentra un tanto desvirtuada en la medida en que nadie desea ser excluido del grupo de los realistas, nadie quiere admitir que su esfuerzo mental para llegar a una solución acerca de un problema, sea un juego con fantasmas, un caminar en la oscuridad.

2.1.2. La realidad existe en hechos tangibles, mientras que otros desconfían de la experiencia irracional, creyendo que debe ser descubierta en la verdad eterna y universal, y que la experiencia sensorial de corta duración es solo un reflejo de sus conceptos básicos, como el realismo platónico. ¿Es eso cierto? Como lo simboliza un famoso párrafo publicado en la República

2.1.2.1. Según Bertrand RUSSELL, este realismo contemporáneo nació en 1900 y es una revuelta contra el idealismo y el psicismo. Esta idea está enraizada en la filosofía y recibida por Edmund · La influencia de la fenomenología de Edmund HUSSERL y el pragmatismo de William James.

2.1.3. CONCEPCIONES REALISTAS DEL DERECHO

2.1.3.1. Realismo jurídico Alemán

2.1.3.1.1. Aunque la doctrina generalmente no considera el realismo legal alemán tan estrictamente como América del Norte y Escandinavia. Demuestre realismo legal tomando la ley como acción, como una lucha constante entre las fuerzas. Rudolf von JHERING puede decir el realismo de Alemania: para él, la vida y la verdad del derecho radica en la realización efectiva del derecho, es decir, el derecho mismo. Lo que no puede suceder en realidad solo se puede encontrar en el papel, pero la "apariencia de la ley" bloquea a Scheinrecht. En este sentido, la ley es un trabajo sin descanso, no solo un trabajo de poder público, sino también un trabajo de toda la gente.

2.1.3.1.2. La historia no nos muestra más que un espectáculo de todo el país: se ha esforzado por defender sus leyes al igual que ha desarrollado sus actividades en los campos de la economía y la producción de conocimiento. Todos tienen la obligación de mantener sus propias leyes, participar en este trabajo nacional y hacer todo lo posible para contribuir a la realización de la ley de tierras.

2.1.3.1.3. Los jueces desempeñan un papel central en la construcción legal. Esta ley no es la ley actual, sino solo el plan futuro que desea lograr.

2.1.3.1.4. Hans Alvert es un defensor disidente activo. Es un pensador incómodo. Siempre ha sido un poderoso crítico de la sociología alemana, como el positivismo, la filosofía hermenéutica y el dogmatismo religioso. Phillip HECK cree que el tema de hacer leyes a través de decisiones judiciales es el núcleo de la metodología legal. HECK es conocido por su papel destacado en la jurisprudencia de intereses, lo que plantea el problema práctico de que los jueces y los operadores legales deben tomar medidas ante la constante confrontación con la ley.

2.1.3.2. Realismo jurídico norteamericano

2.1.3.2.1. El realismo estadounidense es probablemente el realismo jurídico más famoso. Su ventaja no es solo que tienen una gran cantidad de juristas ilustrados, sino que hasta ahora sus ideas han tenido un gran impacto en todo el sistema legal estadounidense. El juez Oliver Wendell HOLMES abrió este camino y afirmó que la vida de la ley no es lógica, sino experiencia, y es el estudio de esta experiencia lo que conduce a la esencia de la ley y su existencia, aplicación en derecho, caso especifico, así es como la ley reconoce, delimita y protege efectivamente los diversos intereses que realmente emergen en la sociedad.

2.1.3.2.2. Jerome FRANK es otro escritor importante del movimiento de realismo estadounidense. El realismo legal de los Estados Unidos ha penetrado en el sistema legal de los Estados Unidos de América, de modo que el juez es el líder en su proceso judicial, y el juez anterior, es decir, el comportamiento del juez, se ha convertido en una ocasión minoritaria, más importante que la ley misma.

2.1.3.2.3. En Pound, el poder judicial siempre incluye la protección legal de los intereses más amplios de las personas, los colectivos y la sociedad. La clasificación de los jueces requiere un conocimiento sociológico completo de ellos, así como pautas de evaluación para determinar cómo protegerlos.

2.1.3.3. Realismo jurídico escandinavo

2.1.3.3.1. Se basa en el dualismo sujeto-objeto. Esta tesis insiste en que en el proceso cognitivo, el contacto del objeto no está relacionado con el cambio de conciencia, sino con una realidad diferente de la suya, y puede ser reconocido por el mundo sensible de la experiencia, y todos los fenómenos se registran en coordenadas espaciales.

2.1.3.3.2. Para los realistas escandinavos, la esencia de la ley está determinada por un conjunto de hechos en lugar de un conjunto de normas u órdenes. La ley es solo un hecho social, y entre estos hechos, la ley es un El propósito de proteger a la sociedad. Solo cuando la ley o el orden social son efectivos o realmente utilizados, cumplidos u observados por la sociedad, la justicia es parte de la ley.

2.1.3.3.3. Uno de los principales representantes del realismo escandinavo es Axel Anders Hagstrom. Para esta norma, la norma es válida, es decir, existe mientras la norma sea Se considera vinculante y respetado en ciertos grupos sociales, especialmente aceptado por los responsables del trabajo judicial.

2.1.3.3.4. Después de OLIVECRONA que dice que el contenido de las normas legales puede definirse como un conjunto de pensamientos o acciones ficticias que las personas desean realizar en circunstancias ficticias. La aplicación de la ley incluye el uso de estos comportamientos ficticios como modelos a seguir cuando se producen situaciones correspondientes en la vida real.

2.1.4. CONCLUSIÓN:

2.1.4.1. La importancia del realismo jurídico (aunque esto también se puede predecir con otro realismo) es la importancia de salvar el valor de la práctica y la acción en un entorno teórico que está cada vez más lejos de la realidad, en comparación con la situación real, el valor real de cualquier construcción teórica se genera cada semana, y en ciertas circunstancias, las reglas y pautas como recetas mágicas rara vez se usan

3. DENISE MORALES PORTILLO\\ 171306