1. Proporcionar a las trabajadoras embarazadas la protección señalada en las leyes
2. Presentarse bajo la influencia del alcohol o narcóticos.
3. Guardar consideración al trabajador, no mal trato
4. Colaborar con las autoridades para lograr la alfabetización de los trabajadores
5. Proporcionar capacitación y adiestramiento
6. Cumplir con las normas que corresponde al establecimiento o empresa
7. Proporcionar a los trabajadores instrumentos para la ejecución del trabajo
8. Observar las medidas de salud y medio ambiente que acuerden las autoridades competentes
9. Observar buenas costumbres durante el servicio
10. Cumplir con las disposiciones de las normas de trabajo que le sean aplicables
11. TRABAJADOR
11.1. OBLIGACIONES DE DAR
11.1.1. Restituir los materiales no usados y conservar en buen estado instrumentos y útiles de trabajo.
11.1.2. Dar aviso inmediato de a cusa justificada que le impida asistir al trabajo
11.1.3. Prestar auxilios en caso de siniestro o riego inminente.
11.1.4. Desempeñar el servicio bajo la dirección del patrón o de sus representantes
11.2. OBLIGACIONES DE HACER
11.2.1. Poner en conocimiento en caso de padecer enfermedades contagiosas.
11.2.2. Comunicar a sus superiores las deficiencias, que puedan causar daños o perjuicios de cualquier tipo.
11.2.3. Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo.
11.2.4. Ejecutar el trabajo eficiente, de calidad, en forma en tiempo y lugar.
11.2.5. Guardar secretos técnicos, comerciales, de fabricación y de asuntos administrativos.
11.3. OBLIGACIONES DE NO HACER
11.3.1. Faltar sin causa justificada o permiso del patrón
11.3.2. Sustraer del trabajo, materias primas o elaboradas.
11.3.3. Acosar sexualmente a cualquier persona o realizar actos inmorales en el lugar de trabajo.
11.3.4. Ir a trabajar en estado de embriagues o bajo la influencia de narcóticos o droga, salvo prescripción médica y con conocimiento del patrón.
11.3.5. Portar armas en horas laborales, a no ser que la naturaleza de su trabajo lo exija.
11.3.6. Hacer cualquier tipo de propaganda o colectas en horas y lugar de trabajo.
11.3.7. Suspender labores sin autorización
12. OBLIGACIONES COMPLEJAS
13. OBLIGACIONES COMPLEJAS
14. Instalar y operar fabricas conforme a las normas de seguridad
15. Desempeñar el servicio bajo la dirección del patrón o cuya autoridad estarán subordinados
16. Someterse a los reconocimientos médicos previstos en el reglamento
17. PATRÓN
17.1. OBLIGACIONES DE DAR
17.1.1. Proporcionar a los trabajadores instrumentos para la ejecución del trabajo
17.1.2. Proporcionar capacitación y adiestramiento
17.1.3. Proporcionar al trabajador el lugar para guardar pertenencias de trabajo
17.1.4. Instalaciones adecuadas para el desarrollo de las personas discapacitadas
17.1.5. Disponer de medicamentos y material de curación
17.1.6. Proporcionar medicamentos cuando existan enfermedades tropicales y endémicas.
17.1.7. Otorgar permiso sin goce de sueldo a los trabajadores ausentes
17.2. OBLIGACIONES DE HACER
17.2.1. Cumplir con las normas que corresponde al establecimiento o empresa
17.2.2. El salario es conforme las normas de la empresa o establecimiento
17.2.3. Expedir una constancia escrita de los días trabajados y el salario
17.2.4. Colaborar con las autoridades para lograr la alfabetización de los trabajadores
17.2.5. Instalar y operar fabricas conforme a las normas de seguridad
17.2.6. Proporcionar a las mujeres embarazadas la protección que establezcan los reglamentos.
17.3. OBLIGACIONES DE NO HACER
17.3.1. Negarse a aceptar trabajadores por razón de origen étnico, nacional, género, discapacidad etc
17.3.2. Ejecutar actos que restrinjan los derechos del trabajador
17.3.3. Hacer propaganda política o religiosa
17.3.4. Realizar actos de hostigamiento/Acoso sexual
17.3.5. Presentarse bajo la influencia del alcohol o narcóticos.
17.3.6. Guardar consideración al trabajador, no mal trato
17.4. OBLIGACIONES DE TOLERAR
17.4.1. Permitir a los trabajadores el tiempo necesario para ejercer el voto en las elecciones
17.4.2. Otorgar permiso de paternidad
17.4.3. Permitir al trabajador faltar para desempeñar una comisión en el sindicato o Estado.
17.4.4. Permitir la inspección y vigilancia de la autoridad.