1. El artículo 5 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito define a los títulos de crédito como los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consigna. Es decir, se trata de documentos que expresan en su contenido un derecho literal y autónomo. Esto significa que cada tenedor del documento tiene un derecho propio, sin importar quién lo haya tenido antes. Para ejecutar estos derechos, solamente es cuestión de tener estos documentos.
2. Requisitos
2.1. Escenciales
2.1.1. Sin estos no existe el titulo de credito, sin este no hay un titulo valido.
2.1.1.1. Letra de cambio en blanco.
2.2. No escenciales
2.2.1. Pueden omitirse sin que los titulos pierdan su validez.
2.2.1.1. Anotacion de vencimiento de una letra de cambio.
2.3. Adicionales
2.3.1. Son aquellos que pueden agregarse a los requisitos normales,
2.3.1.1. Numero de la letra de cambio, la clausula sin protesto o sin gasto.
3. Formas de transmisión
3.1. Por endoso
3.2. Por cesión
3.3. Por herencia
3.4. Por adjudicacion judicial
4. Concepto
5. Características
5.1. Incorporacion
5.1.1. Une 2 o mas cosas entre si para formar una sola.
5.1.1.1. En este caso el derecho y el titulo
5.2. Legitimacion
5.2.1. Es la función que tiene el título de investir al adquirente del derecho que le transmite el anterior tenedor.
5.3. Literalidad
5.3.1. Es el derecho porque su existencia y ejecución se regula al tenor del documento y en la extensión que del mismo resulta.
5.4. Autonomia
5.4.1. Se dice que el derecho incorporado a un título de crédito es autónomo, porque al ser transmitido aquel título atribuye a su nuevo tenedor un derecho propio e independiente.
6. Clasificación
6.1. Atendiendo a la ley que los rige
6.1.1. Nominados
6.1.1.1. Los que estan regulados por la ley.
6.1.1.1.1. Letra de cambio y pagare
6.1.2. Innominados
6.1.2.1. No estan regulados legalmente, han sido consagrados por usos mercantiles.
6.2. Atendiendo a su objeto
6.2.1. Personales
6.2.1.1. Facultad de atribuir a su tenedor ser miembro de una corporacion.
6.2.1.1.1. Acciones en la sociedad anónima
6.2.2. Obligacionales
6.2.2.1. Su objetivo es un derecho de credito, atribuye a su titular a exigir el pago de sus obligaciones a sus suscriptores.
6.2.2.1.1. Títulos emitidos en serie por la sociedad anónima
6.2.3. Reales
6.2.3.1. Titulo que facilita la circulacion de mercancia que este en almacenes generales de deposito.
6.2.3.1.1. Certificados de deposito
6.3. Por su forma de creación
6.3.1. Singulares
6.3.1.1. Creados en un solo acto
6.3.1.1.1. Letra de Cambio o Cheque
6.3.2. Seriales
6.3.2.1. Se crean en serie
6.3.2.1.1. Como las obligaciones en la sociedad anónima
6.4. Por la sustantividad del documento
6.4.1. Principales
6.4.1.1. Como la accion en sociedad
6.4.2. Accesorios
6.4.2.1. Dependen del principal
6.4.2.1.1. Cupones que llevan anexos para el cobro de dividendos
6.5. Por la operación que documentan
6.5.1. De crédito
6.5.1.1. Los que documentan una operacion de pago para diferir.
6.5.1.1.1. Letra de cambio y el pagare
6.5.2. De pago
6.5.2.1. Constituyen medios aptos para realizar pagos.
6.5.2.1.1. Cheque