SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALESpor Hary Moncada
1. Las responsabilidades del Sistema General de Riesgos Laborales son compartidas entre la empresa, la ARL y el trabajador, así: La empresa, afilia a todos sus trabajadores al Sistema, desarrolla programas de prevención y control de los riesgos laborales. La ARL, asesora y brinda asistencia técnica a la empresa para el desarrollo de los programas de prevención. También atiende a los trabajadores que se accidentan o enferman por causas propias del desarrollo de su trabajo El trabajador cuida su salud y cumple las normas de seguridad y salud en el trabajo, definidas por la empresa.
2. El Sistema General de Seguridad Social en Salud está integrado por: El Estado, a través del Ministerio de Salud y Protección Social, quien actúa como organismo de coordinación, dirección y control; las Entidades Promotoras de Salud (EPS), responsables de la afiliación y el recaudo de las cotizaciones y de garantizar la prestación del Plan Obligatorio de Salud a los afiliados; y las instituciones prestadores de salud (IPS), que son los hospitales, clínicas y laboratorios, entre otros, encargadas de prestar la atención a los usuarios.También hacen parte del SGSSS las Entidades Territoriales y la Superintendencia nacional de Salud.
3. La afiliación al SGRL es de carácter obligatorio para: Los Trabajadores dependientes. Los Jubilados o pensionados que se reincorporen como trabajadores dependientes. Los Servidores públicos Los Vinculados con contrato de prestación de servicios con una duración superior a un mes. Los Estudiantes que deben ejecutar trabajos que signifiquen fuente de ingreso para la respectiva institución o cuyo entrenamiento o actividad formativos son requisito para la culminación de sus estudios. Los Trabajadores independientes que laboran en actividades de alto riesgo. Los miembros de las agremiaciones o asociaciones cuyos trabajos signifiquen fuente de ingreso para la institución. Los afiliados a las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado. Los miembros activos del Subsistema Nacional de Primera Respuesta. (Defensa Civil Colombiana, Cruz Roja Colombiana, Cuerpos de Bomberos). Los Aprendices del Sena, fase práctica.
4. No se considera un accidente de trabajo, cuando este sucede por fuera de las instalaciones de trabajo, durante horario no laboral, en medio de permisos remunerados o sin remunerar, durante la asistencia de citas médicas u otros permisos otorgados por elempleador y que no sean provenientes de una actividad de trabajo.
5. un accidente de trabajo se define como; todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte
6. Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados, no sólo a atender, sino también a prevenir y proteger a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.
7. Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar.
8. Los trabajadores con vínculo laboral vigente (dependencia laboral), son afiliados por parte del empleador mediante el diligenciamiento del formulario de afiliación a la Administradora de Riesgos Laborales –ARL, en la que se encuentra afiliada la empresa. El empleador es el responsable del pago total de la cotización, y debe efectuar las cotizaciones obligatorias al Sistema General de Riesgos Laborales, durante la vigencia de la relación laboral.
9. La cobertura en Riesgos Laborales se inicia al día siguiente de la afiliación del trabajador por parte de la empresa a la Administradora de Riesgos Laborales. Recordar que el trabajador debe estar afiliado a la Administradora de Riesgos Laborales antes de iniciar sus labores en la empresa.
10. Las prestaciones asistenciales son los servicios de salud a que tiene derecho un trabajador en el momento de sufrir un accidente o detectar una enfermedad laboral. Dichas prestaciones son: Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica. Servicios de hospitalización. Servicio odontológico. Suministro de medicamentos. Servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento. Prótesis y órtesis, su reparación y reposición sólo en casos de deterioros Rehabilitación física y profesional. Gastos de traslado
11. Las entidades encargadas de la Dirección, Control y Vigilancia del Sistema están conformado por: Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio del Trabajo, el Consejo Nacional de Riesgos Laborales, la Superintendencia Nacional de Salud y la Superintendencia Financiera de Colombia; Las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), públicas y privadas; Los empleadores; Los trabajadores.