1. EL valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos se debe basar en los precios de mercado si estuvieran disponibles, teniendo en cuenta los términos y condiciones sobre los que esos instrumentos de patrimonio fueron concedidos.
1.1. *Para las transacciones que se midan al valor razonable de los instrumentos del patrimonio que se conceden, el valor razonable se debe estimar a la fecha en que se conceden. *Para las transacciones que se miden al valor razonable de los bienes y servicios que se reciben, el valor razonable se debe estimar a la fecha que se reciben esos bienes o servicios.
2. EL valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos se debe basar en los precios de mercado si estuvieran disponibles, teniendo en cuenta los términos y condiciones sobre los que esos instrumentos de patrimonio fueron concedidos.
3. Valor razonable
4. Tratamiento contable
5. Especificar la información financiera que debe incluir una entidad al realizar una transacción de pago basados en acciones. Un pago basado en acciones es una transacción en el cual la entidad recibe o adquiere bienes o servicios
6. Objetivo
7. Alcance
7.1. Se aplica a las transacciones en las que una entidad haya concedido instrumentos de patrimonio o incurrido en una obligación de transferir efectivo u otros activos por importes que se basen en el precio de las acciones de la entidad o de otros instrumentos de patrimonio de ella.
8. 1: La naturaleza y alcance de los acuerdos de pagos basados en acciones que se hayan producido a lo largo del ejercicio. 2: Cómo se ha determinado durante el ejercicio el valor razonable de los bienes y servicios recibidos o el valor razonable de los instrumentos de patrimonios concedidos. 3: El efecto de las transacciones con pagos en acciones sobre el resultado de la entidad durante el ejercicio, así como su posición financiera.