SUBCOMPONENTE DE SEMOVIENTES EQUINOS Y CANINOS DE LA POLICÍA NACIONAL / SUBCOMPONENTE DE SANID...

SUBCOMPONENTE DE SEMOVIENTES EQUINOS Y CANINOS DE LA POLICÍA NACIONAL / SUBCOMPONENTE DE SANIDAD POLICIAL

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SUBCOMPONENTE DE SEMOVIENTES EQUINOS Y CANINOS DE LA POLICÍA NACIONAL / SUBCOMPONENTE DE SANIDAD POLICIAL por Mind Map: SUBCOMPONENTE DE SEMOVIENTES EQUINOS Y CANINOS DE LA  POLICÍA NACIONAL  /  SUBCOMPONENTE DE SANIDAD POLICIAL

1. Generalidades

1.1. Objetivos

1.2. Disposición y manejo del personal de las unidades carabineros y guías caninos.

1.3. Unificar criterios para la eficiencia y eficacia de procesos administrativos.

1.4. Uso de los semovientes en los servicios policiales.

1.5. Aplicación del plan sanitario y nutricional.

1.6. Alcance

1.7. Informar a los directores y comandantes los métodos y procedimientos para el manejo administrativo de semovientes equinos y caninos

2. Manejo y control administrativo de los semovientes

2.1. Información general

2.2. La Policía Nacional, para el cumplimiento de la misión constitucional, cuenta con diferentes especialidades del servicio, dentro de las cuales se hayan carabineros guías caninos.

2.3. Remonta y Veterinaria

2.4. Dependencia encargada de centralizar el manejo administrativo de los semovientes equinos y caninos a nivel nacional.

2.5. Gestionar y verificar la correcta utilización del presupuesto.

2.6. Liberar los diferentes procedimientos administrativos que se realicen en las unidades de carabineros y guías caninos.

2.7. Verifica la existencia, estado físico, sanitario y empleo de los semovientes equinos y caninos.

3. Manejo del almacén de remonta y veterinaria

3.1. Dirección de Carabineros y Seguridad rural

3.1.1. Encargado de los bienes empleados con semovientes.

3.2. Bienes que correspondan a su naturaleza

3.2.1. Alimentos, suplementos, medicamentos, materiales, insumos y suministros para semovientes.

3.2.2. Equipos médicos veterinarios.

3.2.3. Maquinaria agrícola

3.2.4. Atalajes

3.2.5. Elementos de seguridad industrial

3.2.6. Bienes de consumo

4. Dispositivos médicos

4.1. Cualquier instrumento, aparato, artefacto, equipo biomédico otro artículo similar o relacionado, utilizado sólo en combinación, incluyendo sus componentes, partes, accesorios y programas informáticos.

4.1.1. Clasificación

4.1.1.1. Clase I

4.1.1.1.1. Dispositivos médicos de bajo riesgo

4.1.1.2. Clase IIA

4.1.1.2.1. Dispositivos médicos de riesgo moderado

4.1.1.3. Clase IlB

4.1.1.3.1. Dispositivos médicos de riesgo alto

4.1.1.4. Clase III

4.1.1.4.1. Dispositivos médicos de muy alto riesgo

5. Generalidades

5.1. Describe la administración de los bienes de sanidad policial, en lo referente al manejo de dispositivos médicos e insumos con características de peligrosidad.

6. Alta de equinos, caninos y material genético

6.1. Por donación

6.1.1. Los requisitos a cumplir son

6.1.1.1. Carta de ofrecimiento por parte de la donante dirigida al jefe del grupo remonta y veterinaria DICAR.

6.1.1.2. Evaluación del semoviente equino y/o canino de acuerdo a los formatos establecidos para tal fin en la Suite Visión Empresarial.

6.1.1.3. Elaborar un acta de aceptación de la donación.

6.1.1.4. Acta y tarjeta de la filiación.

6.1.1.5. Actas de avalúo y entrada de bienes por donación a los inventarios de la policía nacional de los semovientes equinos y caninos.

6.1.2. Por nacimiento

6.1.2.1. La reproducción estará sujeta a los programas aprobados por el grupo remonta y veterinaria DICAR.

6.2. Por compra y /o reposición de la empresa aseguradora

6.2.1. Necesidades de semovientes equinos y caninos a nivel nacional, determinando así las características.

6.2.1.1. Características cuantitativas y cualitativas a reponer por parte de la empresa aseguradora.

6.2.2. Evaluación de semovientes

6.2.3. Cronograma anual de adquisiciones, en donde se establezcan

6.2.3.1. Los plazos para cotizaciones

6.2.3.2. Estudio de mercado

6.2.3.3. Junta de aprobación

6.2.3.4. Trámites de alta y trámites ante la empresa.

6.2.4. El vendedor de los semovientes deberá presentar los siguientes documentos para el ingreso a los inventarios de la Policía Nacional.

6.2.4.1. Cuenta cobro relacionado por cada semoviente.

6.2.4.2. Raza, color, fecha y lugar de nacimiento

6.2.4.3. Alzada y microchip si lo tiene.

6.2.4.4. Formato establecido por la empresa aseguradora para las reposiciones.

6.2.4.5. Fotocopia de documentos de identidad.

6.2.4.6. Registro único tributario y cámara de comercio.

7. Manejo y almacenamiento de material radioactivo

7.1. Se debe ubicar en un área seguras.

7.2. Etiquetado:

7.2.1. Los materiales y elementos destinados para el rotulado, tales como etiquetas y rótulos adhesivos, deben ubicarse en una zona segura y dispuesta exclusivamente para tal fin.

7.2.2. La Ley 55 de 1993 “Por medio de la cual se aprueba el Convenio No. 170 y la Recomendación No. 177 sobre la Seguridad en la Utilización de los Productos Químicos en el trabajo.

7.2.3. Se debe realizar la clasificación y etiquetado tomando como base el Sistema Internacional de la Organización de las Naciones Unidas, adoptado en la Norma Técnica Colombiana 1692

7.2.3.1. Es aconsejable dividir el área de almacenamiento en sectores.

8. Estimación del deterioro del subcomponente de semovientes

8.1. Los bienes equinos, mulares y caninos de la Policía Nacional serán susceptibles a pruebas de deterioro teniendo en cuenta 3 variables

8.1.1. Sanitarias

8.1.1.1. Realizar un examen clínico minucioso al equino por parte del médico veterinario.

8.1.2. Adiestramiento

8.1.2.1. Realizar una revisión minuciosa al equino por parte del preparador de ganado equino.

8.1.3. Reproducción

8.1.3.1. Realizar una revisión minuciosa al equino destinado para la reproducción por parte del responsable del procedimiento reproducir semovientes o un médico veterinario que haga sus veces

8.2. Deterioro semovientes caninos

8.2.1. Las variables a evaluar a esta clase de bienes son las siguientes:

8.2.1.1. Sanidad

8.2.1.1.1. Durante los dos últimos meses, el canino ha venido presentando una patología o afectación clínica.

8.2.1.1.2. Durante el último mes el canino fue sometido a procedimiento quirúrgico, y su post-operatorio le impida su uso para el servicio policial.

8.2.1.1.3. Que el canino cumpla su vida útil para el servicio e ingrese a su etapa senil

8.2.1.1.4. Que el canino presente una fractura o fisura que impida su uso para el servicio policial.

8.2.1.1.5. Que el canino presente resultado positivo a prueba de Elisa para detección de anticuerpos del Virus de Distemper (Moquillo).

8.2.1.2. Adiestramiento

8.2.1.2.1. Que el canino presente vicios

8.2.1.2.2. Que el canino presente deficiencias en adiestramiento.

8.2.1.2.3. Que el canino no esté debidamente asociado a la sustancia con que fue entrenado.

8.2.1.3. Reproducción

8.2.1.3.1. Que el canino reproductor presente problemas de subfertilidad o infertilidad que le impida su desempeño reproductivo.

8.2.1.3.2. Que la hembra reproductora presente problemas de subfertilidad o infertilidad que le impida su desempeño reproductivo.

8.2.1.3.3. Que la hembra reproductora no desarrolle habilidad materna.

8.2.1.3.4. Que los reproductores no transmitan características de trabajo.

8.2.1.3.5. Que los reproductores transmitan problemas congénitos.

9. Almacenamiento de dispositivos médicos

9.1. El establecimiento debe contar con áreas de almacenamiento

9.1.1. Divididas o separadas

9.2. Para el almacenamiento de sustancias peligrosas, no mezclar sustancias que sean incompatibles a fin de minimizar los riesgos.

9.3. Se deberá agrupar los productos que tengan la misma clase de riesgo.

10. Distribución del subcomponente de semovientes

10.1. Remesa de semovientes

10.1.1. Remesa de semovientes a centros geriátricos.

10.1.1.1. Los semovientes no aptos para el servicio deberán permanecer en las unidades de Carabineros y Guías Caninos ser trasladados a los centros geriátricos.

10.1.1.2. La autorización de traslado a los centros geriátricos se realizará siempre y cuando se tenga la capacidad de albergue y sostenimiento.

10.1.1.3. Solo se autoriza el traslado de semovientes no aptos para el servicio policial por:

10.1.1.3.1. Edad avanzada

10.1.1.3.2. Problemas médico veterinarios crónicos irreversibles

10.1.1.3.3. Características de conformación física

10.1.2. Remesa por traslado de semovientes a la Clínica Veterinaria del Grupo Remonta y Veterinaria DICAR.

10.1.2.1. El traslado de semovientes para tratamiento en la clínica veterinaria, se podrá realizar por dos razones:

10.1.2.1.1. Traslado por urgencia médico veterinaria

10.1.2.1.2. Remisión de semovientes por enfermedad crónica

10.1.3. Otros traslados de semovientes entre las unidades de Carabineros y Guías Caninos .

10.1.3.1. Motivos:

10.1.3.1.1. Traslado del guía al cual se encuentra asignado el canino.

10.1.3.1.2. Redistribución de semovientes por creación de nuevas unidades.

10.1.3.1.3. Redistribución de semovientes de acuerdo a zonas climáticas y disponibilidad de personal.