1.1. Art.66.- Derecho a la vida, vida digna, integridad personal, igualdad y no discriminación. libre desarrollo personal, libertad de expresión y opinión, elección libre de religión, libre elección sobre cuantos hijos tener, y los demás establecidos en la CRE
1.2. Art. 67.- La familia considerada como núcleo fundamental de la sociedad que gozará de derechos que beneficien sus necesidades y fines. Cada integrante con igualdades de oportunidades.
1.3. Art68.- Dos personas que no conformen un matrimonio, gozarán de los mismo derechos que una familia estable. La adopción procede solo con personas de distinto sexo.
1.4. Art69.- Dicho articulo establece derechos que deben ser garantizados a las familias, uno de ellos maternidad y paternidad responsables y demás enmarcados en la CRE.
1.5. Políticas, mecanismos y programas para garantizar la igualdad entre hombre y mujer, uno de los deberes del Estado.
2. DERECHOS DE LA NATURALEZA
2.1. Art71.- La CRE, es la primera constitución en reconocer el derecho a que se respete de manera integral y en todos sus ciclos y funciones de forma permanente a la Pacha mama. una responsabilidad de Estado y de la sociedad.
2.2. Art72.- Derecho a la restauración, indemnización por daños graves por parte de quien los cause.
2.3. Art73. Medidas de precaución y restricción para garantizar el mantenimiento eficaz de la naturaleza en responsabilidad del Estado y su sociedad.
2.4. Art74.- Los pueblos comunidades y nacionalidades indígenas tienen derecho a gozar del buen vivir que les brinde el ambiente y sus riquezas ambientales.
3. DERECHOS DE PROTECCIÓN
3.1. Art75.- Acceso gratuito inmediato, directo y eficaz a la justicia juntamente con la tutela judicial efectiva, imparcial con interés a cada derecho reconocido.
3.2. Art76. Derecho al debido proceso, con el fin de proteger y garantizar un proceso justo, imparcial, proporcional en cada persona, nadie podrá ser juzgado ni sometido a ningún proceso sin antes respetar este derecho y el orden establecido en este articulo de la CRE.
3.3. Art77.- Una persona que se encuentre privada de libertad con un posible juzgamiento se deberá dar seguimiento y cumplir con las garantías básicas que se establecen en este artículo.
3.4. Art78.- Garantía de la "no revictimización" a victimas de infracciones penales. protegiendo y garantizando su seguridad.
3.5. Art79.- No es posible la extradición de los ecuatorianos.
3.6. Art80.- No podrán prescribir ni procede amnistía por parte del estado los delitos como genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra, desaparición forzada y demás establecido en el articulo.
3.7. Art.81.- Procedimientos especiales y expeditos dicho esto en otras palabras procedimientos con tramite especial en menor tiempo, para delitos intrafamiliar, sexual, violencia, que cometan contra personas de atención prioritaria y crímenes de odio
3.8. Art82.- Aplicación de normas claras, previas, con acceso al publico que respeten la CRE, para ejercer el derecho a la seguridad jurídica
4. Artículo 1 al 82 CRE
5. Autor Dayana Cabezas Andrade
6. Art. 7.- por nacimiento en el Ecuador, padres ecuatorianos y comunidades, pueblos y nacionalidades del Ecuador.
7. Art.8.-Por naturalización según la situación que se enumera en el articulo.
8. Art.9.-Extranjeros y ecuatorianos, gozan de igualdad de deberes y derechos de la norma suprema
9. Art.21.- Independencia a la identidad cultural
9.1. Art.22.- Derecho a crear y ejercer actividades culturales y artísticas
9.2. Art. 23.- Intercambio cultural, cohesión social e igualdad en diversidad.
9.3. Art.24.- Derecho a la recreación, deporte y descanso, incentivo para el desarrollo y equilibrio afectivo, social y cultural.
9.4. Art.25.- Beneficios científicos y saberes ancestrales, un derecho que debe ser garantizado.
10. Art.16.-Acceso a derechos de manera individual o colectiva establecidos en dicho articulo.
10.1. Art.17.- La comunicación considerada como un derecho y ya no un servicio, ya que la libertad de expresión refleja la igualdad material.
10.2. Art. 18.-Información libre y veraz, con el fin de garantiza DDHH juntamente con los mecanismos que exige la constitución y la ley.
10.3. Art. 19.- La comunicación con fines educativos y culturales
10.4. Art. 20.- incentivación para la confidencialidad y secreto profesional de cierta información.
11. PERSONAS USUARIAS Y CONSUMIDORAS
11.1. Art52.-La ley establecerá los mecanismos de control de calidad y los procedimientos de defensa de las consumidoras y consumidores
11.2. Art53.- medición y satisfacción para personas usuarias y consumidores, incluyendo la practica de sistema de atención y reparación, esto es deber de las empresas e instituciones.
11.3. Art54. serán responsables civil y penalmente por mala practica en su trabajo
11.4. Art55.- creación de asociaciones para informar y hablar sobre los derechos que pertenecen a las personas usuarias y consumidores
12. PUEBLOS COMUNIDADES Y NACIONALIDADES INDIGENAS
12.1. Art56.- Reconocimiento de los pueblos comunidades y nacionalidades indígenas y afroecuatorianos como parte fundamental del territorio ecuatoriano
12.2. Art57.- Se establecen Derechos Humanos reconocidos en la CRE Y Tratados y convenios internacionales, descritos como derechos colectivos en macados en dichos articulo.
12.3. Art58.- De la misma manera se reconocen derechos colectivos para afroecuatorianos.
12.4. Art.59.- derechos colectivos para pueblo montubios
12.5. Art60.- Podrán construir circunscripciones territoriales los pueblos indígenas, afroecustorianos y montubios
13. DERECHOS DE PARTICIPACIÓN
13.1. Art61.- Derecho de los ciudadanos para gozar de un estatus democrático y soberano, al elegir y ser elegido, asuntos de interés publico, y demás establecidos en el artículo de la CRE.
13.2. Art62. El derecho al voto universal como pleno ejercicio de una país democrático, el voto obligatorio se guiará conforme a las disposiciones del artículo.
13.3. Art63. Elegir un presidente, vicepresidente y representantes nacionales es un derecho que garantiza el Estado ecuatoriano
13.4. Art64. los derechos políticos se suspenden por interdicción judicial y sentencia ejecutoriada.
13.5. Art 65.- Participación de hombre y mujeres para representaciones nacionales, ningún sector será discriminado y el Estado promoverá mecanismos para garantizarlo.
14. Art.35.-
15. Art. 10.-Igualdad de derechos y derechos sin discriminación alguna a las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas.
16. Art.11.-Principios de igualdad, no discriminación, inmediata y directa aplicación de normas, proporcionalidad, no restricción normativa, aplicación de justicia, principios con responsabilidad del Estado.
17. DERECHOS DEL BUEN VIVIR Art.12.-Derecho al agua, reconocido como un derecho humano irrenunciable.
17.1. Art.-15.- Promoción de la soberanía energética sin afectar a la soberanía alimentaria
17.2. Art.14.-Población que garantice el Buen vivir en todos sus aspectos.
17.3. Art.13.-Seguridad, acceso, sanidad y permanencia a alimentos nutritivos.
18. Art. 4.- La geografía y territorio ecuatoriano estará limita según los tratados vigentes. Sin embargo, será inviolable e irreductible.
19. Art. 5.- Prohibición de bases militares de otros países, "el Ecuador un territorio de paz"
20. Art. 6.- Los ciudadanos ecuatorianos gozarán de derechos, su nacionalidad se obtendrá por nacimiento o naturalización.
21. Hábitat y vivienda Art. 30.- Toda persona tiene derecho a un vivienda digna, segura y saludable
21.1. Art.31.- desarrollo y gestión democrática para garantizar el servicio a la ciudad.
22. SALUD Art. 32.- la atención sanitaria como un derecho y una obligación del Estado. Garantizado mediante políticas establecida en dicho articulo.
23. TRABAJO Art. 33.- Derecho fundamental para el desarrollo personal y económico, además de derecho es un deber económico del Estado.
23.1. Art.34.-La seguridad social es un derecho irrenunciable con ciertos principios establecidos en dicho articulo.
24. Art.35.- Adultos mayores, niños niñas, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, ppl y personas con enfermedades catastróficas, se consideran personas con atención prioritaria.
25. ADULTOS MAYORES Art.36.-Atencion prioritaria en espacios públicos y privados
25.1. Art. 38.- Políticas publicas y programas de atención prioritaria que garantiza el Estado.
25.2. Art.37.-Jubilación, atención prirotaria, remuneración, rebajas, exenciones y exoneraciones, las garantizará el Estado.
26. JÓVENES Art. 39 A través de políticas, programas e instituciones creadas por el Estado, los derechos de los jóvenes considerados como el futuro del país, serán garantizados.
26.1. Art. 40.-
27. MOVILIDAD HUMANA Art 40.- Ejercicio de derecho a la libre circulación, a migrar, prohibiendo la condición ilegal de una persona, garantizando los mismo derechos.
27.1. Art. 41.Conforme a los tratados y convenios internacionales se garantiza el derecho al asilo y refugio, el Estado protege con la no devolución.
27.2. Art42.- Los desplazamientos arbitrarios están prohibidos. y se garantiza la asistencia humanitaria a personas con atención prioritaria.
28. MUJERES EMBARAZADASArt. 43.-
28.1. Derecho a: no discriminación, servicios maternales gratuitos, protección prioritaria y salud integral.
29. NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES Art 44.- derecho de atención prioritaria, desarrollo integral, todos sus derechos enfocados bajo el principio de su interés superior ante cualquier situación
29.1. Art.45.- El Estado desde su concepción, protegerá su derecho a la vida y demás derechos establecidos en dicho artículo.
29.2. Art.46.- Adopción de medidas que adopta el Estado para proteger a los niños, niñas y adolescentes.
30. PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
30.1. Art.47.- Garantizar derechos por medio de la igualdad de oportunidades y desarrollo integral.
30.2. Art48. Adopción de medidas para la seguridad, inclusión social, participación y ejercicio de sus derechos.
30.3. La Seguridad Social brindará atención permanente para el cuidado de personas con discapacidad, juntamente con capacitación para las personas que estén a cargo.
31. PERSONAS CON ENFERMEDADES CATASTROFICAS.-
31.1. Art.50.- El deber del Estado es garantizar de manera oportuna la atención especializada y gratuita a todos los niveles de enfermedad
32. PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD
32.1. Art51.-Comunicación con familiares, recursos de DDHH, declaraciones judiciales sobre su trato y otros derechos establecidos en dicho artículo
33. EDUCACIÓN.- Art. 26.- La educación es reconocida como un derecho humano irrenunciable e importante para la realización personal, garantizado por la CRE.
33.1. Art.29.- la libertad de enseñanza incluye escoger para sus hijos educación acorde a sus principios, tradiciones y culturas.
33.2. Art. 27 y 28.- El derecho a la educación es un derecho colectivo, universal y no solo individual, con igualdad de condiciones sin discriminación alguna.
34. Art. 1.- El Ecuador un Estado que se enfoca en garantizar derechos constitucionales, principios y la importancia de la voz de un pueblo plurinacional e intercultural, poniendo a la Constitución como norma suprema, rígida y garantista.
35. Art. 2.- Proteger y respetar la cultura y soberanía nacional.
36. Art. 3.- Los derechos deberán ser cumplidos y respetados a través de garantías, uno de los deberes primordiales del Estado.