1. CAPÍTULO 3: De la conferencia nacional.
1.1. ARTÍCULO 8: la secretaría promoverá ante los gobiernos de los estados, municipios y del Distrito Federal y es encargado de establecer as bases para la política, plantación y programación de todo el territorio nacional de la actividad turística.
1.1.1. ARTÍCULO 9: la secretaría podrá celebrar convenios de coordinación con los estados y municipios.
2. CAPÍTULO 4: De la comisión ejecutiva de turismo.
2.1. ARTÍCULO 13: la comisión estará integrada por: 1-Secretaria de gobernación. 2- S. Relaciones exteriores 3- S. de marina 4- S. de desarrollo social. Etc....
3. CAPÍTULO 2: De la colaboración y coordinación de acciones.
3.1. ARTÍCULO 4: Entidades de la administración pública federal con estados y municipios y el Distrito Federal, cumplimiento política ambiental y ordenamiento turístico como las rutas terrestres, mantenimiento o ampliaciones de construcciones nuevas o remplazos.
3.1.1. ARTÍCULO 5: Debido al artículo 4 los convenios ejercen un reglamento que deberán ser ejecutados de acuerdo a la ley.
4. CAPÍTULO 1: Disposiciones preliminares.
4.1. ARTÍCULO 1: Observancia general en el territorio nacional, sus disposiciones son de orden público e interés social.
4.1.1. ARTÍCULO 2: interpretan un reglamento, 1: Atractivo Turístico; las características naturales, culturales o artificiales de un destino o región turístico. 2: Circuitos Turísticos; recorrido determinado por la secretaría entre diversos destinos o región turística. 3: Conferencia Nacional; Secretarios turísticos y funcionarios turísticos. 4: Desarrolló Turístico; Crecimiento de la actividad turística con el propósito de obtener mejor nivel de vida para la población. 5: Destino Turístico; obtiene el destino ubicado de los atractivos turísticos.