PRINCIPALES TRAMITES JURIDICO CONTABLES PARA LA LEGALIZACION DE SOCIEDADES EN EL SALVADOR

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PRINCIPALES TRAMITES JURIDICO CONTABLES PARA LA LEGALIZACION DE SOCIEDADES EN EL SALVADOR por Mind Map: PRINCIPALES TRAMITES JURIDICO  CONTABLES PARA LA  LEGALIZACION DE SOCIEDADES EN EL  SALVADOR

1. Es una tarjeta que contiene un número de identificación tributaria otorgado a una persona natural o jurídica; Este es permanente y lo consigna el fisco para facilitar su identificación y control, y este deberá ser de uso obligatorio para efectuar trámites en cualquier de los organismos y dependencias del Estado que lo requiera.

2. Arte. 22. (Codigo de Comercio) La escritura social constitutiva deberá contener: Nombre, Edad, Ocupación, Nacionalidad y Domicilio de las personas naturales; y nombre, naturaleza, nacionalidad y domicilio de las personas jurídicas, que integran la sociedad. 1. Domicilio de la sociedad que se constituye. 2. Naturaleza. 3. Finalidad. 4. Razón social o denominación según el caso 5. Duración o declaración expresa de constituirse por tiempo indeterminado. 6. Importe del Capital Social; cuando el capital sea variable se indicara el mínimo. 7. Expresión de lo que cada socio aporta en dinero o en otros bienes, y el valor atribuido sistemas. 8. Régimen de administración de la sociedad, con expresión de los nombres, facultades y obligaciones de los organismos autorizados. 9. Manera de hacer distribución de utilidades y, en su caso, la aplicación de pérdidas entre los socios. 10. Modo de constituir reservas

3. Marco Legal. Ley de impuesto a la transferencia de bienes muebles y a la prestación de servicios. Art.20.serán sujetos pasivos o deudores del impuesto, sea en calidad de contribuyentes o de responsables: • Las personas naturales o jurídicas; • Las sucesiones; • Las sociedades nulas, irregulares o de hecho • Los fideicomisos; y • Las asociaciones cooperativas. • Plazos y Sanciones por incumplimiento

4. OBJETIVO: Presentar las diferentes instancias a las cuales el empresario debe acudir para la legalización de empresas en El Salvador

5. 1. Selección del nombre de la Sociedad

5.1. La sociedad anónima se constituye bajo una denominación el cual la formara libremente sin más limitaciones que la de ser distinta de la de cualquier otra sociedad antes e inmediatamente después de las palabras “sociedad anónima” o se abreviara “SA” la omisión de este requisito acarrea responsabilidad ilimitada y solidaria para los accionistas y administradores. Código de comercio (Art. 73, 94,101, 191, 297)

6. 3. Elaboración de Escritura de Constitución

6.1. La escritura de constitución es un pacto celebrado entre dos o más personas que estipulan poner en común, bienes o industrias, con la finalidad de repartir entre sí, los beneficios que provengan de los negocios a que van a dedicarse (Art. 17 Código de Comercio )

7. 5. Solicitud de Número de identificación Tributaria

7.1. Marco Legal. LEY DE REGISTRO Y CONTROL ESPECIAL DE CONTRIBUYENTES AL FISCO Art. 1. Establece el Registro y Control Especial de contribuyentes al fisco, en el cual deberá inscribirse todas las personas naturales o jurídicas, los fideicomisos y las sucesiones que están obligados al pago de los impuestos de Renta y están en la obligación de tener inscritos todos sus bienes

8. 8. Inscripción en Alcaldía Municipal

8.1. 1.Presentar formulario de trámites empresariales. 2.Anexar copia de escritura de constitución certificada. 3.Copia certificada de NIT de la Sociedad. 4.Copia certificada de credencial del Representante Legal o Apoderado, anexando DUI y NIT autenticados del Representante Legal. 5.Presentar saldo General Inicial original, firmado y sellado por Contador Público autorizado. 6.Cancelar el porcentaje por el valor del capital social inicial. En el caso de sociedades que se constituyen con el monto de capital social mínimo (de USD 2,000.00).

9. 10. Inscripción en Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS).

9.1. 1.Presentar formulario de Inscripción (boleta) con todos los espacio llenos, firmada por Representante Legal o Apoderado. 2.Anexar copia certificada por notario de escritura de constitución de la sociedad. 3.Anexar copia certificada de NIT de la sociedad. 4.Presentar copia certificada de Credencial o Poder de Representante Legal. 5.Copia certificada de DUI y NIT de representante legal. 6.Presentar nomina de empleados, mínimo 1 empleado. 7.Presentar croquis de ubicación lugar de domicilio de la empresa.

10. 11. Inscripción en AFP (Confia y / o Crecer)

10.1. 1. Presentar escrito con todos los detalles de la empresa, enviarlos a la AFP de elección. 2. Enviar copia de NIT e IVA a la AFP seleccionada. 3. Sí los empleados no están afiliados a ninguna AFP indicarles lo hagan a la AFP de su preferencia (AFP CONFIA o AFP CRECER).

11. 2. Emitir cheque a nombre de la Sociedad para el Pago del Capital Inicial

11.1. Para la emisión del cheque, el usuario tiene las siguientes opciones: Al tener una cuenta corriente en un banco local, podrá emitir desde esa cuenta un cheque un nombre de la sociedad, el cual deberá ser certificado por el banco. Al no tener una cuenta corriente en un banco local, deberá remesar el dinero al banco de su elección y solicitar la emisión de un cheque de caja, estos no requieren ser certificados. Base legal: Código de comercio (Art. 106) El capital inicial mínimo para constituir las sociedades anónimas, de responsabilidad limitada y en comandita por acciones es de US $ 2,000.00 y debe pagarse como mínimo: El 5% al ​​constituirse la sociedad y el 95 % restante en un plazo máximo de 1 año

12. 4. Inscripción de escritura de constitución al registro de comercio

12.1. Código de Comercio Art. 25.- La personalidad jurídica de las sociedades se perfecciona y se extingue por la inscripción en el Registro de Comercio de los documentos autorizados. Dichas inscripciones determinan, frente a terceros, las facultades de los representantes y administradores de las sociedades, de acuerdo a su contenido. Las sociedades inscritas no pueden ser declaradas nulas con efectos retroactivos, en perjuicio de terceros

13. 6. Solicitud de Registro Único de Contribuyente

13.1. Plazos y Sanciones por incumplimiento. Arte. 235.- (Código Tributario, inciso 2do.) A) No inscribirse en el registro de contribuyentes estando obligados a ello. Sanción: Multa de tres salarios mínimos mensuales; b) Inscribirse fuera del plazo establecido para tal efecto (15 días). Sanción dos salarios mínimos mensuales. Documentos a presentar Presentar el Formulario F-210. Escritura de constitución, en original y copia autenticada por Notario. DUI y NIT originales del representante legal De no presentar el representante legal se requiere Autorización autenticado por Notario. Documento a obtener: Registro Único de Contribuyente

14. 7. Inscripción de Balance Inicial al Registro de Comercio

14.1. Marco Legal Ley del Registro de Comercio Art. 13 numeral 18 En el Registro se inscribirán: Los balances generales certificados de comerciantes. Código de Comercio Art. 467, romano IV). Los documentos que se asientan en el Registro serán: Balance de aquellos que están sujetos a tal obligación sin necesidad de que se autentiquen sus firmas

14.2. Documentos a presentar Saldo en original y fotocopia firmado y sellado por contador y auditor autorizado, dicha fotocopia en tamaño de oficio con una reducción del 74% Recibo de pago en original y dos copias Documento a obtener: Saldo inicial certificado por contador público debidamente inscrito en el registro de comercio.,

14.3. Inscripción de Balance Inicial al Registro de Comercio y Solicitud de Matricula de comercio 1. Ley reguladora del ejercicio de la contaduría (Art.17 e), 21) Para la solicitud de inscripción de Matrícula de Empresa, la ley establece como requisito adjuntar el balance inicial, es por ello que debe elaborarse. El balance inicial es elaborado por un contador y debe ser firmado por el representante legal, el auditor y el contador.

15. 9. Inscripción en la Dirección General de Estadísticas y Censos

15.1. 1. Presentar formulario de Inscripción. 2. Presentar copia de Escritura de constitución.Copia de NIT de la empresa. 3. Copia de balance general inicial si se hace en el mismo año. 4. Si se inscribe en un año diferente presentar Balance general al 31 de diciembre de año terminado.

16. CODIGO TRIBUTARIO

16.1. La contabilidad • Artículo 209.- Los libros de contabilidad del sujeto pasivo, constituirán elemento de prueba siempre que sus asientos estén soportados con las partidas contables que contengan la documentación de respaldo que permita establecer el origen de las operaciones registradas, cumplan con lo establecido por este Código, el Código de Comercio y las leyes especiales respectivas. Preferencia en materia probatoria • Artículo 210.- Cuando exista contradicción entre la información suministrada en las declaraciones de impuestos y la obtenida de los estados financieros del sujeto pasivo

17. Ley Reguladora del Ejercicio de la Contaduría Pública

17.1. Dentro de la Ley Reguladora del Ejercicio de la Contaduría, en su artículo 17, especifica que los contadores públicos intervendrán en forma obligatoria en los siguientes casos: Autorizar las Descripciones de los Sistemas Contables

18. Ley del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y Prestación de Servicios

18.1. En lo que se refiera al impuesto generado por la transferencia, importación, internación, exportación, y al consumo de los bienes muebles corporales ; prestación, importación , internación, exportación y el autoconsumo de prestación de servicios.