Marco Legal de la Publicidad y las Promociones

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Marco Legal de la Publicidad y las Promociones por Mind Map: Marco Legal de la Publicidad y las Promociones

1. Mentira Explicita

1.1. • Es una afirmación que contradice a los hechos sin ambigüedad. • Mentira explicita, falsedad, tergiversación son sinónimos. • Un ejemplo es la afirmación general de Walmart de que siempre tiene los precios más bajos. Tal aseveración se contradice con la existencia de un solo caso en que una tienda rival ofrezca el mismo producto a precio más bajo.

2. Declaración engañosa

2.1. Un mayor grado de verdad consiste en no engañar explícitamente, pero tampoco proporcionar toda la información, para que el público no pueda comprender plenamente las limitaciones. de la oferta.

2.2. Una declaración engañosa es aquella que por omisión de palabras o argumentos empleados, sugiere un significado que contradice los hechos.

3. Audiencia significativa

3.1. La audiencia de un anuncio es el público expuesto a él. Una verificación exhaustiva consiste en comprobar que toda la audiencia ha sido engañada antes de considerar falsa una afirmación, sin embargo, la CFC y los tribunales adoptan criterios de veracidad más exigentes.

4. Regulación de formas publicitarias específicas.

4.1.  La publicidad que atente contra la dignidad de las personas

4.2.  La publicidad engañosa

4.3.  La publicidad subliminal

4.4.  La publicidad desleal

4.5. Publicidad comparativ

5. Variación de las promociones de ventas

5.1. Afirmaciones equivocas.

5.2. Las afirmaciones “hasta fin de existencias”, “hasta agotar existencias” o similares limitan la oferta realizada por el promotor, con lo que su obligación de entregar el objeto desaparecería cuando se terminase las existencias.

5.3. Regulación de los medios publicitarios.

5.4. Esta se dedica a regulación de ciertos medios publicitarios, específicamente los más influyentes en la población, pues ahí tienen mayor incidencia los fraudes, engaños, abusos, etc.

5.5. Áreas con regulación específica en la televisión.

5.6. La televisión es el medio de comunicación más regulado en los diferentes países, debido a su gran capacidad seductora y que alcanza a casi toda la población. En estos ámbitos se presentan cuatro niveles de regulación: prohibición total expresada por la ley, prohibición parcial prescrita en la ley, restricción autoimpuesta de forma voluntaria, y práctica permitida.

5.7. Publicidad e información del medio

5.8. La publicidad en televisión debe ser fácilmente identificable y diferenciarse claramente de los programas gracias a medios acústicos o ambos.

5.9. Emplazamiento de productos

5.10. Es una aparición planificada y pagada de una marca en una película o programa de televisión.

5.11. Programa patrocinado

5.12. Es aquel donde se muestra la marca de una empresa a cambio de que esta se anuncie durante la emisión.

5.13. Infomercial

5.14. Es el anuncio con formato y duración similares a un programa completo.

5.15. Telemarketing

5.16. Es la promoción de cualquier producto o servicio a través de las líneas telefónicas. El control de la FCC sobre el marketing telefónico se ha ampliado mucho en la ley de protección del teléfono y los consumidos. Entre las disposiciones específicas la ley prohíbe:

5.16.1. Llamar a domicilio los que no desean ser llamados.

5.16.2. Realizar llamadas mediante sistemas automáticos de marcar o con mensajes pregrabados.

5.16.3. Llamar antes de las ocho de la mañana y después de las nueve de la noche.

5.16.4. Llamar a servicios de urgencias o habitaciones de los hospitales.

5.16.5. Enviar faxes no solicitados o sin identificación

5.17. Publicidad y venta por correo

5.18. El servicio postal de estados unidos tiene jurisdicción sobre la venta por correo. Es el organismo encargado de imponer el cumplimiento de la ley como:

5.18.1. Fraude: este organismo trata de evitar prácticas fraudulentas por correo. Algunos ejemplos son ventas falsas, loterías ilegales, organizaciones benéficas ficticias etc.

5.18.2. Mercancía no encargada: está prohibido enviar productos no encargados a consumidores para luego coaccionarles o incluso cobrárselos.

5.18.3. Envíos postales salvo cancelación: son mercancías remitidas regularmente a los consumidores, salvo que estos renuncien explícitamente a recibirlas.

5.18.4. Agilidad de los envíos: prevé ciertas normas sobre la agilidad con que las mercancías deben ser remitidas por correo.

6. El significado de la verdad en la comunicación

6.1. • No existe una manera sencilla y objetiva de demostrar la verdad. • La verdad es relativa en la comunicación • Existe la regulación estatal y la regulación federal. • Se creó a la CFC PARA supervisar eso.

7. Evaluación de la verdad

7.1. • ¿Qué es la verdad? La verdad tiene muchos grados y exige la revisión de diferentes situaciones. Hay ciertos criterios de veracidad para determinar si la publicidad es engañosa.

8. Materia y Daño

8.1. La materia de una afirmación puede ser sustancial o accidental en función de su influencia en la decisión de compra de un individuo.

8.2. El daño se refiere a los perjuicios que el consumidor puede sufrir debido a un mensaje engañoso.

8.3. Es necesario aportar pruebas para poder indemnizar a la parte perjudicada en una cuantía proporcionada al daño causado.

8.4. Pérdida de beneficios, daño financiero.

9. Publicidad comparativa

10. Publicidad testimonial

10.1. Figurantes

10.2. Famosos

10.3. Expertos

11. Regulación de las promociones de ventas

11.1.  Rebajas: consisten en ofrecer artículos en el mismo establecimiento a su precio inferior al fijo antes de esta promoción.

11.2.  Saldos: son productos con un valor de mercado manifiestamente disminuidos debido a su deterioro, desperdicio, desuso u obsolencia.

11.3.  Liquidaciones: Son ventas de carácter excepcional y finalidad extintiva de determinados existencias que, anunciadas con esta denominación u otra equivalente tiene lugar en ejecución de una decisión judicial o administrativa, o son realizadas por el comerciante en alguno de los casos siguientes:

11.3.1. Cesación total o parcial de la actividad de comercio. En el supuesto de cese parcial debe indicarse la clase de mercancías objeto de liquidación.

11.3.2. Cambio de ramo de comercio o modificación sustancial en la orientación del negocio.

11.3.3. Cambio de local o realización de obras de importación en el mismo.

11.3.4. Cualquier supuesto de fuerza mayor que cause grave obstáculo al normal desarrollo de las actividades comerciales.

11.3.5. La duración máxima de las liquidaciones es de tres meses, salvo en los casos de cesación total de la actividad, que es de un año.

11.3.6. Durante los tres años siguientes al fin de la liquidación cesación, el vendedor no podrá comercializar en la misma localidad el mismo producto.

11.4.  Obsequios: Es el ofrecimiento de bienes o servicios de forma gratuita o a precios especialmente reducida, ya sea con estrategia automática o bien mediante la participación en sorteos o concursos.

11.4.1. Se prohíbe la oferta conjunta que obliga a comprar dos o más artículos, salvo en los siguientes casos:

11.4.2. Cuando existe relación funcional entre los artículos ofertados. Ejemplo, un pegamento que actúa al mezclar dos componentes

11.4.3. Cuando es habitual vender ciertos artículos en cantidades superiores a un determinado mínimo. Por ejemplo media docena de huevo.

11.4.4. Cuando se ofrece, simultáneamente, la posibilidad de adquirir los artículos por separado y a su precio habitual. Por ejemplo, un paquete de doce litros de leche que es divisible en envases de litro.

11.4.5. Cuando se trata de lotes o grupos de artículos presentados conjuntamente por razones estéticas o están previstos para obsequios. Por ejemplo, una cesta navideña.

11.5.  Ventas directas: son aquellas en que un fabricante o mayorista ofrece la mercancía al consumidor sin más intermediarios, en unas condiciones económicas habitualmente mejores gracias a la reducción de canal de distribución.