Marco Legal de la Discapacidad en Guatemala

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1. Leyes

1.1. Artículo 4. Las disposiciones de la presente ley son de orden público, por tanto, los principios en ella establecidos son de carácter irrenunciable.

1.2. Artículo 5. Todas las medidas o acciones que adopten personas individuales o jurídicas, en cuanto a favorecer el desarrollo integral de las personas

1.3. Artículo 7. El Estado, las Organizaciones de y para personas con discapacidad y la familia, velarán por el cumplimiento de la presente ley

1.4. Artículo 8. La familia de la persona con discapacidad promoverá y ejercerá los derechos y obligaciones de la misma,

1.5. Artículo 9. La interpretación y aplicación de las disposiciones de la presente ley deberán hacerse en armonía con los principios de normalización y democratización,

1.6. Artículo 12. La obligación primordial del desarrollo de la persona con discapacidad corresponde a los padres, tutores o personas encargadas,

1.7. Artículo 15. Las instituciones públicas y privadas que brindan servicios a personas con discapacidad deberán proporcionar información veraz, oportuna, accesible y utilizable

1.8. Artículo 13. Las instituciones públicas y las privadas deberán proveer, a las personas con discapacidad, los servicios de apoyo y las ayudas técnicas requeridas

1.9. Artículo 17. Las municipalidades y las gobernaciones departamentales apoyarán a las instituciones públicas y privadas en el desarrollo, ejecución y evaluación de programas, proyectos y serviciosque promuevan la igualdad de oportunidades

1.10. Artículo 19. La familia como institución social colaborará a que la persona con discapacidad, desarrolle una vida digna