PROGRAMA DE PROTECCION ADULTO MAYORpor Rocio Camacho
1. OBJETIVOS:
2. BENEFISIARIOS: El subsidio económico es entregado a la población de la tercera edad que cumpla con los requisitos establecidos.
3. El Programa de Protección Social al Adulto Mayor, “Colombia Mayor”, tiene como objetivo aumentar la protección a los adultos mayores que se encuentran desamparados, que no cuentan con una pensión, o viven en la indigencia o en la extrema pobreza, a través de la entrega de un subsidio económico mensual.
4. RESPONSABLES DEL PROGRAMA: Este programa nace a raíz de la preocupación del Presidente de los Colombianos, Juan Manuel Santos Calderón, por solucionar la crítica situación, por la que en 2012, atravesaban 3 millones 957 mil adultos mayores que no se encontraban pensionados, ni contaban con ningún tipo de protección del estado.
5. CENTROS DE ATENCION AL ADULTO MAYOR: Centros de promoción y protección social para personas adultas mayores: Son establecimientos que prestan servicios de protección y cuidado integral de las personas adultas mayores ofreciendo alternativas de desarrollo, propiciando espacios favorables para la socialización, recreación, capacitación, productividad y desarrollo de proyectos de vida digna, bajo cualquiera de las siguientes modalidades: a. Centros residenciales para personas adultas mayores: Son aquellos destinados a la vivienda permanente o temporal de las personas mayores, donde se ofrezcan servicios de hospedaje, alimentación, recreación, actividades productivas, de protección y cuidado integral de las personas adultas mayores. Estos centros también pueden ofrecer servicios de centro día, atención domiciliaria o tele-asistencia. b. Centros día para personas adultas mayores: funcionan en horario diurno, generalmente de ocho horas diarias, entre las 6 a.m y 6 p.m., durante cinco o seis días a la semana, orientados a la protección y al cuidado integral de las personas adultas mayores. Son también llamados Centros Vida. c. Centros de atención domiciliaria para personas adultas mayores: Son aquellos orientados a prestar servicios domiciliarios con el fin de proporcionar bienestar a las personas adultas mayores, en su lugar de residencia. d. Centros de tele-asistencia domiciliaria: ofrecen atención especializada a través del contacto telefónico inmediato con una persona idónea para la asistencia en crisis personales, sociales o médicas de las personas adultas mayores, con el propósito de brindarles seguridad y mejorar su calidad de vida.
6. Los adultos mayores que se encuentren en protección de los Centros de Bienestar del Adulto Mayor, los que viven en la calle o de la caridad pública, así como los indígenas de escasos recursos que residen en resguardos, a los que no se les aplica la encuesta Sisben, serán identificados mediante un listado censal elaborado por la entidad o la autoridad competente. La entidad territorial o el resguardo seleccionará a los beneficiarios, que cumplan con los requisitos.
7. Para solicitar la inscripción el adulto mayor debe presentarse con su cédula de ciudadanía original y la fotocopia ampliada (al 150%) de la misma.
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9. BEPS: El Programa BEPS de Col pensiones es una alternativa con la que podrás recibir un ingreso de por vida en la vejez. Consiste en un ahorro voluntario que puedes comenzar hoy para que al llegar a la edad de retiro comiences a recibir un ingreso de por vida.
10. REQUISITOS PARA ACCEDER: Para ser beneficiario de este subsidio económico se necesita cumplir con los siguientes requisitos: 1.Ser colombiano. 2.Tener como mínimo, tres años menos de la edad que rija para adquirir el derecho a la pensión de vejez de los afiliados al Sistema General de Pensiones. 3.Cumplir los puntajes SISBEN definidos para ser beneficiario del programa y carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir. Se trata de personas que se encuentran en una de estas condiciones: viven solas y su ingreso mensual no supera medio salario mínimo mensual vigente; o viven en la calle y de la caridad pública; o viven con la familia y el ingreso familiar es inferior o igual al salario mínimo mensual vigente; o residen en un centro de Bienestar del Adulto Mayor; o asisten como usuarios a un Centro Diurno. 4. Haber residido durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.
11. OTRAS CARACTERISTICAS:
12. El ministerio de Trabajo escogerá a los beneficiarios de los Centros de Bienestar del Adulto Mayor, previa convocatoria y verificación de requisitos.
13. Las inscripciones se realizan en las Alcaldías Municipales, en la Oficina de Atención al Adulto Mayor, en todos los municipios del país. En la ciudad de Bogotá el trámite se adelanta en las Subdirecciones Locales de la Secretaría de Integración Social, antiguos COL.