LA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

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1. 4. Modificación del estatuto, aumento y reducción del capital

1.1. Los acuerdos mediante los cuales se modifique el estatuto, se aumente o reduzca el capital social, deberán ser adoptados por la junta general de socios, elevados a escritura pública e inscritos en los registros públicos.

2. 5. Estados financieros y aplicación de resultados

2.1. Corresponde al gerente elaborar la memoria y los estados financieros, así como efectuar la propuesta de aplicación de las utilidades, si se obtuvieron.

2.2. La junta general de socios aprueba los estados financieros y el balance, y determina el destino de las utilidades obtenidas.

3. 6. Disolución, liquidación y extinción

3.1. Los procedimientos de disolución, liquidación y extinción generan la terminación de la sociedad.

3.1.1. 6.1 Disolución

3.1.1.1. La disolución se acuerda por acuerdo de la junta general de socios, convocada por el gerente cuando exista alguna de las causales de disolución establecidas en el artículo 407º de la Ley General de Sociedades.

3.1.2. 6.2 Liquidación

3.1.2.1. La liquidación es el procedimiento conducente a la extinción del patrimonio de la sociedad, mediante el cual se procede al cobro de todos los créditos de la sociedad y al pago de todos los pasivos. Se inicia una vez tomado el acuerdo de disolución.

3.1.3. 6.3 Extinción

3.1.3.1. Una vez efectuada la liquidación, se debe solicitar la inscripción de la extinción de la sociedad en los registros públicos.

4. 1. MARCO LEGAL

4.1. La S.R.L. está regulada por las disposiciones contenidas en los artículos 283° al 294° de la Ley General de Sociedades. Asimismo, le son aplicables algunas disposiciones de las sociedades anónimas, como las referidas a la convocatoria y celebración de las juntas de socios.

5. 2. DEFINICION

5.1. La S.R.L. es una persona jurídica conformada por dos y hasta veinte personas, naturales o jurídicas, que se asocian para desarrollar una actividad comercial en conjunto y beneficiarse con las ganancias de esa actividad. Su capital está dividido en participaciones, acumulables, iguales e indivisibles.

5.1.1. 2.1 Número de socios

5.1.1.1. Puede estar conformada por un mínimo de dos y un máximo de veinte socios.

5.1.2. 2.2 Beneficio de la responsabilidad limitada

5.1.2.1. Su patrimonio personal por las obligaciones asumidas en nombre de la sociedad, las cuales son pagadas únicamente con el patrimonio social.

5.1.2.2. Aunque existen excepciones a este beneficio, como en los casos en los que la sociedad ha incurrido en las causales de irregularidad previstas en el artículo 423º de la Ley General de Sociedades.

5.1.3. 2.3 Capital social y particiones

5.1.3.1. El capital social se divide y representa en participaciones que son distribuidas entre los socios en proporción a los aportes que hayan realizado. Es con relación a estas participaciones que se distribuyen las utilidades y otros beneficios entre los socios.

6. 3. Órganos internos

6.1. Como todas las personas jurídicas, la S.R.L. requiere de órganos internos que adopten y ejecuten las decisiones y acciones necesarias para su actividad. La S.R.L. cuenta con los siguientes órganos:

6.1.1. 3.1 La junta general de socios o participaciones

6.1.1.1. Es el órgano máximo de decisión de la sociedad. Está conformada por todos los socios quienes adoptan los acuerdos de mayor trascendencia para la sociedad. Los acuerdos pueden adoptarse de cualquier manera que permita verificar su autenticidad.

6.1.2. 3.2 La gerencia

6.1.2.1. La gerencia es el órgano de representación legal y de ejecución de la sociedad. La junta de socios puede designar a uno o más gerentes.