1. Artículo 3
1.1. Igualdad ante la ley
1.1.1. Este artículo establece que todas las personas tienen derecho a la igualdad ante la ley y a la protección igualitaria de la ley, sin discriminación alguna. Además, se prohíbe la discriminación por motivos de raza, color, género, idioma, religión, opinión política u otra índole.
2. Artículo 7
2.1. Libertad personal
2.1.1. Este artículo establece que ninguna persona será sometida a detención o prisión arbitrarias, y que toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad personales. También se prohíbe la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
3. Artículo 19
3.1. Libertad de expresión
3.1.1. Este artículo establece que toda persona tiene derecho a la libertad de expresión, incluyendo la libertad de buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro medio de su elección.
4. Artículo 21
4.1. Derecho de reunión pacífica
4.1.1. Este artículo establece que toda persona tiene derecho a la libertad de reunión pacífica y a la libertad de asociación con fines lícitos. Además, se prohíbe la obligación de pertenecer a una asociación y la restricción del derecho de asociación.
5. Artículo 25
5.1. Participación política
5.1.1. Este artículo establece que todos los ciudadanos tienen derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos, ya sea directamente o por medio de representantes libremente elegidos. También se garantiza el derecho a votar y a ser elegido en elecciones periódicas, genuinas, libres e imparciales.