Responsabilidad Civil Extracontractual

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Responsabilidad Civil Extracontractual por Mind Map: Responsabilidad Civil Extracontractual

1. Daño

1.1. Afectacion a una situacion Juridica Favorable

1.2. Que puede ser una agresion o una lesion

1.3. Ademas, existe un perjuicio, que es el resultado que me genero el daño

1.4. Caracteristicas

1.4.1. Caracter cierto

1.4.1.1. Un daño presente o futuro

1.4.1.2. Los daños hipoteticos no son indemnizables

1.4.1.3. El caracter cierto hace referencia a que existe una afectacion

1.4.2. Caracter personal

1.4.2.1. Victima

1.4.2.1.1. Directa

1.4.2.1.2. Indirecta

1.4.2.2. Persona

1.4.2.2.1. Familiar

1.4.2.2.2. Afectiva

1.4.2.3. peticion para si

1.4.2.3.1. indemnizacion para uno mismo

1.4.2.4. Para otro

1.4.2.4.1. En beneficio de un tercero

1.4.2.5. por otro

1.4.2.5.1. Una madre y sus hijos se ven afectados, ella realiza el proceso pero cada uno obtiene su indemnizacion de manera individual, ese suceso de que cada uno reciba de manera individual se llama VERTEBRACION ( a cada uno se le da lo que le toca)

1.4.2.6. Colectivo

2. Relacion de Causalidad

2.1. QUIEN?

2.2. Factica

2.2.1. Hechos

2.3. Juridica

2.3.1. Norma

2.4. El derecho civil no responde a tipicidad

2.5. TEORIA DE LA EQUIVALENCIA DE LAS CONDICIONES

2.5.1. Existe una culpa infinita

2.5.1.1. Hay una cadena causal y todos son culpables, es eminentemente factica, no responde a factores juridicos

2.5.2. Todos los hechos y condciones son equivalentes para el resultado

2.6. TEORIA SINE QUA NON

2.6.1. solo se enfoca en el hecho que genero el daño, es decir, si se miran todos los factores y se quita uno y si por ese que quitaron ya no se configura el daño, ese sera el responsable y culpable.

2.7. TEORIA DE LA CAUSALIDAD ADECUADA

2.7.1. La mas utilizada en colombia

2.7.2. un observador omnisciente (juez)

2.7.3. El observador hace un calculo de que hubiese pasado si otra persona razonable se encontraba en la misma posicion

2.7.4. Criticas: Hay mucha discrecionalidad del juez

2.8. TEORIA DE LA IMPUTACION OBJETIVA

2.8.1. Colocarle un limite a la teoria de la equivalencia de las condicones

2.8.2. Es obejtiva

2.8.3. CRITERIO DE ADECUACION

2.8.3.1. hay situaciones que se encuentran en la relacion causal pero no aportan nada entonces no son importantes . Tiene que tener un incidente en el daño para que sea relevante

2.8.4. CRITERIO DE PROHIBICION DE REGRESO

2.8.4.1. cuando ya he encontrado el origen del daño no tengo que revisar otros factores porque ya se quien ocasiono el hecho causal

2.8.5. Existen unos principios

2.8.5.1. Riesgo

2.8.5.1.1. Riesgo permitido

2.8.5.2. Confianza

2.8.5.2.1. Confio en el hecho de que la otra persona va a actuar de manera adecuada.

2.8.6. CRITERIO DEL INCREMENTO DEL RIESGO

2.8.6.1. yo como agente aumento el riego (no uso casco cuando voy en la moto)

2.8.7. CRITERIO

2.8.7.1. Fin de proteccion de la norma, riesgo general de la vida

2.8.8. CRITERIO DE PROVOCACION

2.8.8.1. Quien ha puesto en marcha una situacion que necesita la intervencion de un tercero

2.8.8.1.1. EJEMPLO: Un papa dejo a su bebe a medio dia dentro del carro, y el bebe se esta ahogando, el que cuida el parqueadero rompre los vidrios del carro para salvar al niño, el papa del niño debe pagarle los daños causados a la persona que salvo al niño, el que salvo al niño no debe pagar nada.

2.8.9. CRITERIO SUPESTO DE COMPETENCIA DE LA VICTIMA

2.8.9.1. Situacion en la que dos o mas personas ausmen la responsabilidad de lo que vaya a suceder.

2.8.9.1.1. EJEMPLO: El ascensor dice 5 personas y se montan 8, si pasa algo las personas seran responsables de eso.

3. CAUSA EXTRAÑA

3.1. Es el genero Art 2357

3.2. El demandado es el que lo alega

3.3. ESPECIES

3.3.1. Fuerza Mayor

3.3.2. Hecho exclusivo de la victima

3.3.3. Hecho de un tercero

3.4. ELEMENTOS PARA QUE SE CONFIGURE LA CAUSA EXTRAÑA

3.4.1. Imprevisible

3.4.1.1. normalidad y frecuencia

3.4.1.2. Caracter expecional y sorpresivo

3.4.1.3. Probabilidad y realizacion

3.4.2. Externo

3.4.3. Irresistible

3.5. FUERZA MAYOR

3.5.1. hecho de la naturaleza o del gobernante

3.5.1.1. EJ: (Terremoto o los actos que realizo el presidente en el covid)

3.5.2. Imprevisible y tener todos los elementos que este exige sino no se configura

3.5.3. externo : Que no sea nada que venga de mi, ni de ningun conocido. Tiene que ser ejecutado por una persona con la cual no tengo ningun tipo de vinculo.

3.6. HECHO DE LA VICTIMA

3.6.1. Sea la victima la que se haya realizado el daño o haya contribuido

3.6.2. Que una persona se suicide en un centro psiquiatrico no es un hecho exclusivo de la victima, el centro tiene un deber con su paciente.

3.6.3. Existe una exoneracion parcial o total.

3.7. HECHO DE UN TERCERO

3.7.1. no se tiene un vinculo juridico o relacion con las partes y es por un tercero que se produce un daño y a este se le atribuye

3.7.1.1. EJEMPLO: El caballo de Mariana patea a Juan Camilo prque el perro de Sara mordio el caballo, el demandada posiblemente sera Mariana pero en realidad la culpable es Sara por el hecho de su perro, entonces mariana debe alegar eso.

4. FUNDAMENTO

4.1. JUSTICIA DISTRIBUTIVA

4.1.1. no solo se habal de culpa sino que tambien se habla de riesgo, aunque exista una accion correcta se produjo un daño.

4.2. ¿POR QUE?

4.3. RIESGO

4.3.1. Accion correcta que haya causado algun daño

4.3.2. Actividad de Riesgo

4.3.2.1. Construccion

4.3.2.2. Armas de Fuego

4.3.2.3. Residuos toxicos o biologicos

4.3.2.4. conducir

4.3.2.5. Atracciones mecanicas

4.3.2.6. Daños al medio Ambiente

4.3.2.7. fuegos Artificiales

4.3.2.8. Electricidad

4.3.3. La actividad de riesgo debe estar realizada correctamente desde lo juridico y lo tecnico, sino sera apliaco el regimen de culpa.

4.3.4. Exime de riesgo

4.3.4.1. CAUSA EXTRAÑA y la Teoria del guardian

4.3.4.1.1. TEORIA DEL GUARDIAN

4.3.5. Beneficio

4.3.5.1. Hay una contraprestacion

4.3.6. Creado

4.3.6.1. No hay una contraprestacion

4.3.7. Profesion

4.3.7.1. Actividades q de por si ya son riesgosas

4.4. por que una persona es llamada a responder?

4.4.1. Riesgo

4.4.2. Culpa

4.5. REGIMEN DE JUSTICIA CORRECTIVA O SUBEJTIVA

4.5.1. Accion incorrecta

4.5.1.1. CULPA

4.5.1.1.1. Violacion al deber objetivo de cuidado

4.5.1.2. Concreto

4.5.1.2.1. Hay una norma que portege lo vulnerado y dice que la accion esta mal, en la culpa la aACCION SIEMPRE TIENE QUE SER INCORRECTA, contenido obligatorio vulnerado

4.5.1.3. Culpa probada

4.5.1.3.1. el demandante alega y prueba la accion incorrecta del demandado

4.5.1.4. Culpa presunta

4.5.1.4.1. el demandado alega que actuo con diligencia y cuidado y si lo prueba y es valido lo exime de culpa.

4.5.2. una persona razonable que hubiese hecho en la misma situacion

5. Responsabilidad de personas juridicas

5.1. ART 2341

5.2. Que es persona juridica?

5.2.1. Es un ente juridico

5.3. TEORIA ORGANICISTA

5.3.1. Solo aplica cuando la cabeza se equivoca, porque se considera que la persona juridica es como un cuerpo huamano, solo responde cuando el cerebro principal tome una mala decision.

5.3.2. EXISTIO EN COLOMBIA

5.4. TEORIA SISTEMICA 2341

5.4.1. Culpa organizacional

5.4.2. Se valora en conjunto

5.4.3. IN VIGILANDO E IN ELIGENDO

6. Responsabilidad Por hecho ajeno

6.1. Los menores de 7 años no cometen culpa

6.2. Toda persona es responsable, no sólo de sus propias acciones para el efecto de indemnizar el daño sino del hecho de aquellos que estuvieren a su cuidado.

6.3. hay dos tipos de culpa

6.3.1. Culpa del agente directo

6.3.2. culpa del que estaba a cargo

6.4. Personas de posicion de garante

6.4.1. Padres

6.4.1.1. Hijos

6.4.1.1.1. Patria potestad

6.4.1.1.2. Custodia

6.4.1.1.3. In educando

6.4.2. Tutor

6.4.2.1. Pupilo

6.4.2.1.1. el tutor ya no existe, el pupilo responde con su patrimonio

6.4.2.1.2. Culpa in educando

6.4.3. Director

6.4.3.1. Discipulo

6.4.3.2. culpa in educando

6.4.4. Empresario

6.4.4.1. Aprendices

6.4.4.1.1. Culpa Inligendo e invigilando

7. RESPONSABILIDAD POR MALICIA O NEGLIGENCIA

7.1. Explota en un curso de quimica un quimico

8. LA POSIBILIDAD DE LOS DAÑOS EN EL DERECHO DE FAMILIA

8.1. Inicia en inglaterra

8.1.1. PRINCIPIO IN MIUNITY.

8.1.1.1. lo que pasa en la casa se queda en la casa.

8.2. RELACIONES CONYUGALES

8.2.1. Infidelidad

8.2.2. Maltrato

8.2.2.1. Fisico

8.2.2.2. Psicologico

8.2.2.3. Economico

8.2.3. enfermedades sexuales

8.2.4. El ocultamiento de la paternidad

8.2.5. ruptura interspectiva de la relacion

8.2.6. Aborto sin consentieminto del padre

8.2.7. Visitas

8.2.8. Secuestro internacional de menores

8.3. RELACIONES PATERNOFILIALES

8.3.1. Tratos frios, violencia, no reconocmiento, daños causados durnate el embarazo.(Alcoholismo, drogadicción)

9. RESPONSABILIDAD PRECONTRACTUAL

9.1. IHEREING

9.1.1. Si me sustraigo de celebrar el contrato cuando genere responsabilidad

9.1.2. IN CONTRAHENDO

9.1.2.1. Se presume una buena fe objetiva

9.2. ETAPAS DE UN CONTRATO

9.2.1. Negociacion, perfecionamiento, ejecucion.

9.2.2. La culpa in contrahendo se da en la negociacion.

9.3. DEBERES DE CULPA IN CONTRAHENDO

9.3.1. Deber de informacion

9.3.2. Deber de transparencia

9.3.3. Deber de conficialidad

9.4. HECHOS GENERADORES- RESPONSABILIDAD IN CONTRAHENDO

9.4.1. 1. Ruptura interspectiva de las negociaiones

9.4.1.1. Se crea la idea de que se va a realizar el contrato

9.4.2. 2. Iniciar negociaciones de mala fe

9.4.2.1. Desde un pirncipio se que no voy a contratar, pretendo solamente sabotear.

9.4.3. 3. Violar el deber de conficialidad o secreto.

9.4.3.1. Secreto de insdustria o empresarial.

10. DAÑOS PATRIMONIALES Y DAÑOS NO PATRIMONIALES

10.1. DAÑOS PATRIMONIALES

10.1.1. Lucro cesante

10.1.1.1. Lucro cesante consolidado

10.1.1.1.1. Incendio, desde el hecho hasta la presentacion de la demanda

10.1.1.2. Lucro cesante furturo

10.1.1.2.1. desde la sentencia hasta el tiiempo de vida probable, deje de percibir mi suelo por culpa de un daño

10.1.2. Daño emergente

10.1.2.1. Futuro

10.1.2.1.1. Pañales

10.1.2.2. Presente

10.1.2.2.1. me daño la defensa, me paga la defensa.

10.2. DAÑOS NO PATRIMONIALES

10.2.1. Daño moral

10.2.2. Daño a la vida en relacion

10.2.3. FUNCION DE COMPENSACION

10.2.4. FUNCION DE PUNICION

10.2.5. FUNCION PREVENTIVA

11. PERDIDA DE LA OPORTUNIDAD O CHANCE

11.1. No se concede de manera oficiosa-

11.2. 1. perdida de la oportunidad de curacion

11.3. 2. P.O. DE OBTENER UN ASCENCO

11.4. 3. P.O DE ACCEDER A UN EMPLEO O CONCURSO.

11.5. 4. P.O DE BENEFICIO DE UNA NORMA

11.6. 5.P.O DE OBTENER UN CONTRATO

11.7. 6. P.O DE PARTICIPAR EN UN CONCURSO.

12. Hecho generador

12.1. Omision

12.1.1. No hacer algo

12.1.2. Es atribuible a una persona cuando tiene DEBER de proteccion sobre un bien juridico determinado

12.1.3. Posicion de garante

12.1.3.1. Cuidado especifico a un bien juridico determinado

12.1.3.2. Sino existe posicion de garante NO hay responsabilidad civil POR OMISION

12.1.4. Responsabilidad por el hecho ajeno

12.1.4.1. Omitir el DEBER objetivo de cuidado

12.2. Accion

12.2.1. Realizar algo

12.2.2. Teoria de la diferencia

12.2.2.1. se hace una evaluacion de como estaba lo afectado antes y despues del daño

12.2.2.2. Puede haber un daño a una persona o a una cosa

12.2.2.2.1. Lesiones

12.2.2.3. Daño patrimonial

12.2.2.3.1. cosas

12.2.2.4. Daño No patrimonial

12.2.2.4.1. La moral, el buen nombre, daño a la vida en relacion

12.2.3. Teoria del daño desproporcionado

12.2.3.1. las cosas hablan por si solas

12.2.3.1.1. Olvidar una gasa en el cuerpo de un paciente

12.2.4. Teoria Normativa del daño

12.2.4.1. El daño es aquello q esta descrito en la norma

12.2.5. Teoria de los intereses

12.2.5.1. No se protegen derechos fundamentales, de protegen intereses

12.2.5.2. Los intereses

12.2.5.2.1. Relacion con un bien o con una cosa

12.2.5.3. Limites

12.2.5.3.1. Ilicito

12.2.5.3.2. Haya un interes mas fuerte

13. Elementos

13.1. 1. Daño

13.1.1. ¿Que?

13.2. 2.Relacion de causalidad

13.2.1. ¿Quien?

13.3. 3.Fundamento

13.3.1. ¿Por que?

14. Hecho ocasional entre dos individuos

14.1. Debe superar el RIESGO general de la vida

15. Sujeto

15.1. Acreedor

15.1.1. Victima

15.2. Deudor

15.2.1. Dañador o agente

16. Objeto

16.1. Prestacion

16.1.1. Dar

16.1.1.1. Indeminzar suma de dinero

17. RESPONSABILIDAD POR EL HECHO DE LAS COSAS

17.1. RESPONSABILIDAD POR EDIFICIO EN RUINA

17.1.1. Falta de mantenimiento, cuando haya un defecto o averia que genere algun daño

17.1.1.1. Responde: Poseedor o tambien el guarda, dueño en general.

17.1.2. No habra responsabilidad por caso fortuito

17.1.3. Puede alegar causa extraña pero no puede alegar diligencia y cuidado para exonerarse.

17.1.4. Si el edificio pertenece a varias personas, se dividira entre ellos la indemnizacion (por sus cuotas de dominio)

17.2. RESPONSABILIDAD POR COSA QUE CAE O SE ARROJA DEL EDIFICIO

17.2.1. Mueble

17.2.2. Responderan todos los copropietarios a menos de que se evidencie el responsable o la persona que lo haya hecho con una mala intencion

17.3. Construccion (2356)

18. RESPONSABILIDAD DE LOS PADRES POR LOS DAÑOS OCASIONADOS POR SUS HIJOS

18.1. Malos habitos conocidos

18.2. Aca la diligincia y el cuidado no se sirven para exonerar. SOLO SE ALEGA LA CAUSA EXTRAÑA

18.3. Los padres serán siempre responsables del daño causado por las culpas o los delitos cometidos por sus hijos menores, y que conocidamente provengan de mala educación o de hábitos viciosos que les han dejado adquirir.

19. REGIMEN DE RESPONSABILIDAD POR LOS ANIMALES DOMESTICOS O FIEROS.

19.1. DAÑO CAUSADO POR ANIMAL DOMESTICO

19.1.1. El dueño de un animal es responsable de los daños causados por el mismo animal, aún después que se haya soltado o extraviado, salvo que la soltura, extravío o daño no puede imputarse a culpa del dueño o del dependiente, encargado de la guarda o servicio del animal.

19.1.2. UTILIDAD O BENEFICIO

19.2. ANIMALES DOMESTICADOS

19.2.1. VACAS

19.3. SOLO SE EXONERA POR CAUSA EXTRAÑA PARA LOS ANIMALES DOMESTICOS

19.3.1. REGIMEN OBJETIVO

19.4. GUARDA

19.4.1. Control, direccion, dominio de una determinada cosa.

19.4.2. si le oculto un vicio al guardian, ahi si sera culpa del dueño.

19.5. DAÑO CAUSADO POR ANIMAL FIERO

19.5.1. Cuando no represnta una utilidad.

19.5.2. NO HAY NINGUN TIPO DE EXONERACION

20. RESPONSABILIDAD PRE CONTRACTUAL

20.1. IN CONTRAHENDO (Buena fe objetiva)

20.2. Creo un concepto de culpa, si me sustraigo de celebrarlo cuando generara responsabilidad

20.3. ETAPA CONTRACTUAL

21. La obligacion de indemnizar

21.1. Se debe dejar a la victima si nada hubiese sucedido.

21.2. No protege derechos, solo recompensa

21.3. REPARACION INTEGRAL

21.3.1. La reparación integral comprende las medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición, en sus dimensiones individual, colectiva, material, moral y simbólica.

21.3.2. EQUIDAD

21.3.2.1. NO VOLVERSE MILLONARIO A PARTIR DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL.

21.3.3. Calculos actuariales

21.3.3.1. son los que sacan el calculo de la indemnizacion

21.3.4. REPARAR

21.3.4.1. cumplimiento in natura de la obliagcion

21.3.4.1.1. me dañaron la defensa, me pagan la defensa.

21.3.5. SUSTITUIR

21.3.5.1. le daño la defensa, pero sale mas caro la defensa que comprar el carro nuevo, se paga con un carro nuevo o con dinero.

21.3.6. REINTEGRAR

21.3.6.1. proteger derechos, obligacion de hcaer, ejemplo, el porfesor pida perdon.

21.3.7. INDEMNIZAR

21.3.7.1. entregar una suma de dinero, puede ser vitalicia o instantanea.

21.3.8. DONDE NO HAY PROPIEDAD PRIVADA NO HAY RESPONSABILIDAD CIVIL (CUBA)

21.4. DAÑO A LAS PERSONAS

21.4.1. Sobre un sujeto, vulneracion.

21.4.2. MUERTE

21.4.2.1. es un daño por rebote

21.4.2.2. legitimados?

21.4.2.2.1. Familiaridad, afecto.

21.4.2.3. No solo puede ser no patrimonial sino que tambien patrimonial, por una dependencia economica.

21.4.2.3.1. datos?

21.4.2.4. Corte, lucro cesante.

21.4.2.4.1. acreditar el salario de la persona (certificaciones bancarias, testimonios).

21.4.2.5. Consejo de estado

21.4.2.5.1. se presume que toda persona tiene un salario minimo.

21.4.3. LESION

21.4.3.1. Junta medica regional de invalidez

21.4.3.1.1. MAS DEL 50% se indemnizara el 100% y si es menos del 50% se indemniza lo que es.

21.4.3.2. Lo recibe la victima directa (patrimoniales)

21.4.3.3. EXISTEN LESIONES TRANSITORIAS Y PERMANENTES

21.5. DAÑO A LAS COSAS

21.5.1. Objeto de alguien, se tiene que mostrar la ligotimidad que tengo sobre la cosa, en bienes inmuebles se puede por medio de testimonio.

21.6. DEBER DE MITIGACION DEL DAÑO

21.6.1. La victima no puede agravar la situacion.

22. VALORACION Y CUANTIFICACION DE LOS DAÑOS NO PATRIMONAILES

22.1. CRITERIO OBJETIVO

22.1.1. la gravedad de la lesion va acorde y proporcional con la indemnizacion.

22.1.2. BAREMO JUDICIAL

22.1.2.1. prescedentes jurisprudenciales que sriven de orientacion para determinar el daño no patrionial

22.2. CRITERIO SUBJETIVO

22.2.1. afectacion de la victima de manera individual, se mira mucho mas a la persona.

22.2.2. Discrecionalidad del juez.

22.2.3. CORTE S DE J

22.2.3.1. tiene una suma fija, cercania y parentezco, cada 7 años cambia con discrecionalidad.

22.2.4. Consejo de estado

22.2.4.1. salario minimo.