EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN DE PRENDA

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1. 1. PRESENTA LA SOLICITUD

1.1. con los requisitos del art. 666 C.P.C

1.1.1. Incoar libelo de demanda, debe contener los siguientes elementos.

1.1.1.1. * El nombre, apellido del domicilio del acreedor del deudor prendario del tercero que allá dado la prenda y cualquier si este fuera el caso.

1.1.1.2. El monto de la acreencia, garantiza con la prenda y cualquiera otra cantidad cubierta con el privilegio.

1.2. • Al 8 días los legitimados pasivos (intimados personalmente) podrán hacer oposición a la venta de la prenda.

1.3. • Admitida la oposición

1.3.1. abrirá una articulación probatoria (art. 672 idem) de 20 dias y decidirá en 15 días siguientes.

1.4. .Junto con la admisión se pueden alegar cuestiones previas (art. 346 c.p.c)

2. 2. El juez ejerce una función revisora art. 667 c.p.c sobre la prenda.

2.1. si son liquidas de plazos vencidos o si operare la prescripción

2.1.1. DEPOSITO DE LA PRENDA ATREVES DE LA CONSTITUCIÓN

2.1.1.1. El examina lo recaudos presentados

2.1.1.2. Verifica el cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley

2.1.1.3. Procede a determinar si el crédito esta representados por cantidades vencidas liquidas, de plazo vencidos y si no ha transcurrido el tiempo para su prescripción

2.1.1.4. De resultar admisible la solicitud, el paso fundamental y subsiguiente será el depósito de la cosa dada en prenda si tal fuere el caso para que para que paguen dentro de 3 días apercibida la ejecución.

3. 3. ADMITE ORDENA EL DEPOSITO E INTIMACIÓN DEL DEUDO O TERCERO

3.1. INTIMACIÓN DE PRENDA

3.1.1. Cosiste en:

3.1.1.1. 1. Informe del alguacil sobre sus gestiones infructuosa para practicar la intimación

3.1.1.2. 2. Visto el informe el juez dispondrá que dentro de los 3 días, el secretario

3.1.1.2.1. AL 4 día comienza la fase de ejecución si no acreditaren por medio de instrumento haber pagado.

3.1.1.3. • Intimación por carteles (art. 650 in fine).