Proceso de celebración de los Tratados Internacionales

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Proceso de celebración de los Tratados Internacionales por Mind Map: Proceso de celebración de los Tratados Internacionales

1. REFERENCIAS

1.1. Naciones Unidas. (2013). Manual de tratados [Archivo en PDF]. Recuperado de https://treaties.un.org/doc/source/publications/THB/Spanish.pdf

1.2. Claudia. (2011). Etapas de celebración de los Tratados Internacionales. Recuperado de http://derechointernacional.foroactivo.com/t19-etapas-de-celebracion-de-los-tratados-internacionales

1.3. Calatayud, O. (2005). Los tratados internacionales y su aplicación en el tiempo. Recuperado de la base de datos Vlex

1.4. Convención de Viena de 1969. Recuperado de http://www.oas.org/xxxivga/spanish/reference_docs/convencion_viena.pdf

2. 1. Capacidad de los Estados

2.1. Todo Estado tiene capacidad para celebrar tratados

3. 2. Plenos Poderes

3.1. Implica que el superior del Estado podrán firmar un tratado en nombre de éste sin un instrumento de plenos poderes.

4. 3. Confirmación ulterior de un acto ejecutado sin autorización

4.1. En caso de no ser una persona autorizada para la celebración del Tratado Internacional, se deberá de contar con aprobación por parte del Estado

5. 4. Adopción del texto

5.1. Ésta se efectuara por consentimiento de todos los Estados participantes en su elaboración.

6. 5. Autenticación del texto

6.1. El texto del tratado quedará como auténtico y definitivo

6.1.1. Mediante el procedimiento que se prescriba en él o que convengan los Estados que hayan participado en su elaboración; o

6.1.2. A falta de tal procedimiento, mediante la firma, la firma "ad referéndum" o la rúbrica puesta por los representantes de esos Estados en el texto del tratado o en el acta final de la conferencia en la que figure el texto.

7. 6. Manifestación del consentimiento

7.1. Los Estados parte aceptarán y podrán manifestar su consentimiento a través de la firma, el canje de instrumentos que constituyan un tratado, la ratificación, la aceptación, la aprobación o la adhesión

8. 7. Ratificación, adhesión o aceptación

8.1. El consentimiento de un Estado en obligarse respecto de parte de un tratado solo surtirá efecto si el tratado lo permite o los demás Estados contratantes convienen en ello

8.2. Reservas

8.2.1. Éstas pueden formularse en el momento de firmar, ratificar, aceptar o aprobar un tratado o de adherirse al mismo.

9. 8. Entrada en vigor

9.1. La entrada en vigor se da desde la fecha en que se disponga o que acuerden los Estados y las organizaciones negociadores, de no estipularse, tan pronto como haya constancia del consentimiento de todos los negociadores o en una fecha posterior para un Estado determinado cuando así se estipule en el mismo Tratado.