Fase Intermedia en el Proceso Penal (Karem Alvarado)

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1. Audiencia Preliminar

2. La fase preparatoria o de investigación, concluye con el pedido que normalmente realiza el fiscal, en su acusación,  pero también puede concluir con una solicitud de sobreseimiento, porque de la investigación realizada surge la certeza de que no existe hecho punible o que la persona no está incursa en ese hecho, es así como puede sobrevenir de esa investigación un archivo de las actuaciones

3. El defensor puede oponerse al juzgamiento del Imputado mediante la interposición de las denominadas “excepciones” (art. 28 COPP) u obstáculos legales al ejercicio de la acción penal, es decir, razones cuya intención es dejar sin efecto la A cusación fiscal, por razones de forma o de fondo. Art. 312 COPP

4. Se  define  como  el  conjunto  de  actos  procesales  que  median  desde  la resolución que declara terminado el sumario hasta la resolución que decide la apertura o no de la causa a juicio oral.

4.1. Tambien es conocido como la fase de Control de la investigación, que se supone se ha llevado  a efecto  a  lo  largo  de  la  fase  preparatoria,  y que  sabemos  que  consiste  en  la acumulación de  un  inventario  de  evidencias,  que  servirán para  determinar  si  es  posible para someter a una persona determinada a un juicio de naturaleza penal.

5. Facultad y Carga de las ParHasta cinco días antes del vencimiento del plazo fijado para la celebración de la audiencia preliminar,  el  fiscal,  la  víctima, siempre  que  se  haya  querellado  o haya  presentado  una acusación   particular   propia,   y   el   imputado,   podrán   realizar   por   escrito   los   actos siguientes: 1. Oponer las excepciones previstas en este Código, cuando no hayan sido planteadas con anterioridad o se funden en hechos nuevos; 2. Pedir la imposición o revocación de una medida cautelar; 3. Solicitar la aplicación del procedimiento por admisión de los hechos; 4. Proponer acuerdos reparatorios; 5. Solicitar la suspensión condicional del proceso; 6. Proponer las pruebas que podrían ser objeto de estipulación entre las partes; 7. Promover las pruebas que producirán en el juicio oral, con indicación de su pertinencia y necesidad; 8. Ofrecer nuevas p ruebas de las cuales hayan tenido conocimiento con posterioridad a la pres entación de la acusación fiscaltes