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Reparto de Utilidades por Mind Map: Reparto de Utilidades

1. Patrones que se excluyen de la obligación a proporcionar el reparto de utilidades

1.1. Empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento; si además se dedican a la elaboración de un producto nuevo, quedan exceptuadas durante los dos primeros años de funcionamiento.

1.2. Las empresas que se fusionen, traspasen o cambien su nombre o razón social, no se consideran de nueva creación.

1.3. Las empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.

1.4. Las instituciones de asistencia privada reconocidas por las leyes, que no tengan fines de lucro.

1.5. Las instituciones públicas descentralizadas, con fines asistenciales o de beneficencia.

1.6. Las empresas con ingreso anual declarado al ISR inferior a 300,000 pesos.

2. ¿Cuándo debe ser pagado el reparto de utilidades?

2.1. La obligación se genera del 1 de abril al 30 de mayo tratándose de personas morales (empresas), y del 1 de mayo al 29 de junio si se trata de personas físicas. Para el cobro de utilidades se tiene el plazo de un año a partir del día siguiente en que se genere la obligación.

2.1.1. La obligación se genera del 1 de abril al 30 de mayo tratándose de personas morales (empresas), y del 1 de mayo al 29 de junio si se trata de personas físicas. Para el cobro de utilidades se tiene el plazo de un año a partir del día siguiente en que se genere la obligación.

2.1.2. La obligación se genera del 1 de abril al 30 de mayo tratándose de personas morales (empresas), y del 1 de mayo al 29 de junio si se trata de personas físicas. Para el cobro de utilidades se tiene el plazo de un año a partir del día siguiente en que se genere la obligación.

2.1.2.1. La obligación se genera del 1 de abril al 30 de mayo tratándose de personas morales (empresas), y del 1 de mayo al 29 de junio si se trata de personas físicas. Para el cobro de utilidades se tiene el plazo de un año a partir del día siguiente en que se genere la obligación.

3. Try MeisterTask!

4. ¿Cómo se determinan de manera individual las utilidades para los trabajadores? La mitad de las utilidades conforme a los días trabajados y la otra mitad de acuerdo con el monto de los salarios percibidos.

5. ¿Cuál es el fundamento para el Reparto de Utilidades?

5.1. Se establece en la fracción IX, apartado A, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 120 de la Ley Federal del Trabajo.

6. Todos los trabajadores que hayan laborado para la empresa, dentro del periodo de un año.

7. ¿Quiénes tienen derecho a recibirlo?

8. ¿Quiénes no son sujetos de recibir el Reparto de Utilidades?

8.1. Directivos, Administradores, Gerentes y Gerentes Generales

8.2. Socios y Accionistas de la Empresa

8.3. Trabajadores Eventuales que hayan laborado menos de 60 días del periodo contabilizado

8.4. Profesionistas, Técnicos y otros que se hayan prestado sus servicios por honorarios sin una relación subordinada.

8.5. Trabajadores domésticos

9. ¿El trabajador que labora para la empresa, por menos de un año puede recibir el pago de utilidades?

9.1. El trabajador que laboró para la empresa, por un periodo inferior a un año, tiene derecho a percibir parte proporcional de reparto de utilidades, por el tiempo que este haya prestado sus servicios a la empresa.